Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2000 (29/12/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

Pag. 196496
MORDAZA, 28 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 29 de diciembre de 2000

RESOLUCION Nº 1366-2000-JNE Vistos, los Oficios Nºs. 108 y 124-00-MDA, recibidos el 11 de octubre y 28 de noviembre del 2000, respectivamente, remitidos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Agallpampa, provincia de Otuzco, departamento de La MORDAZA, comunicando la declaratoria de vacancia del cargo de regidora del citado Concejo que viene desempenando MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por motivo de cambio de domicilio, solicitando se nombre reemplazante; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de Agallpampa en sesion extraordinaria de fecha 29 de agosto del 2000, con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros; cinco (5) votos a favor, de un total de seis (6) integrantes, acordo declarar la vacancia del cargo de regidora correspondiente a MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la causal de vacancia prevista en el numeral 4) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades, tal como aparece de la MORDAZA del acta que corre de fojas 38 y 39; asimismo, por resolucion de concejo Nº 017-00-MDA, se ratifico la declaratoria de la mencionada vacancia, tal como aparece de la MORDAZA que obra a fojas 32; Que, del analisis de autos se establece que, la regidora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA comunico el 28 de agosto del 2000, al Concejo Distrital de Agallpampa, que por motivos de trabajo, variara de domicilio fuera de la circunscripcion del citado Concejo, acompanando MORDAZA de la Resolucion directoral regional Nº 1090, mediante la cual se le comunica su reasignacion para prestar servicios de profesora en la MORDAZA de MORDAZA, cuya MORDAZA obra a fojas 30, documento en merito al cual se acordo declarar la vacancia de su cargo de regidora; que con dicho documento y la comunicacion dirigida al Concejo se ha acreditado que MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra incursa en la causal de vacancia establecida en el numeral 4) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; ademas, la regidora vacada fue notificada personalmente con el acuerdo de concejo en mencion y no ha interpuesto recurso impugnatorio que le concede la ley, conforme aparece a fojas 33 y 34, respectivamente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 28º numeral 2) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, los regidores son reemplazados por los suplentes de sus respectivas listas; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de Otuzco, corresponde asumir el cargo de regidora a MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, candidata no proclamada de la lista de la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino"; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, candidata no proclamada de la lista de la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino"; para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Agallpampa, provincia de Otuzco, departamento de La MORDAZA, por vacancia de la titular MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debiendo juramentar el cargo que asume ante el MORDAZA del citado concejo, para completar el periodo 1999 - 2002. Articulo Segundo.- Otorgar la correspondiente credencial a MORDAZA MORDAZA de Julian. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA - MORDAZA PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General 15089

Declaran que regidores de los Concejos Distritales de La MORDAZA y Tambillo deben continuar en el ejercicio de sus cargos
RESOLUCION Nº 1360-2000-JNE MORDAZA, 28 de diciembre de 2000 VISTO: El Oficio Nº 128-MDLF-C-PSM-CTAR-CAJ.2000, recibido el 30 de noviembre del 2000, presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de La MORDAZA, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, mediante el cual comunica la declaratoria de vacancia de los cargos de regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por causal de inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo; y, solicita se convoque a los candidatos que por ley corresponde; CONSIDERANDO: Que en sesion extraordinaria de fecha 14 de MORDAZA del 2000, el concejo distrital de La MORDAZA con el MORDAZA aprobatorio de cuatro de sus miembros acordo declarar la vacancia de los cargos de regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses, prevista en el numeral 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; sin embargo, tambien fundamenta el acuerdo de vacancia en los numerales 1), 2) y 4) del Articulo 26º de la citada ley; segun consta del acta que en MORDAZA obra a fojas 2 y 3; Que de las actas de sesiones ordinarias de concejo de fechas 5, 7 y 28 de enero, 25 y 27 de febrero y 3 de marzo del 2000, se advierte que los regidores en mencion no concurrieron a dichas sesiones, conforme consta de las actas que en MORDAZA obran de fojas 14 a 29; sin embargo, la MORDAZA de dicha instrumental es insuficiente para calificar de injustificada la inconcurrencia; Que no se ha cumplido en autos, un requisito imprescindible para aparejar la inconcurrencia injustificada, esto es, acreditar que se ha efectuado la notificacion con las convocatorias a sesiones de concejo a los citados regidores, y publicadas en lugar visible del local municipal, sin perjuicio de utilizar cualquier otro medio de publicidad idoneo, conforme lo dispone el Articulo 43º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que conforme lo dispone el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, no se ha demostrado fehacientemente haber puesto en conocimiento de los regidores en mencion el acuerdo por el que se declara la vacancia de sus cargos, formalidad indispensable para no afectar su derecho de defensa; menos aun que el acuerdo de vacancia se halle consentido o ejecutoriado; Que en autos no se ha acreditado que los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hayan incurrido en alguna de las causales previstas en los numerales 1), 2), 4) y 5) del Articulo 26º de la Ley Nº 23853; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar inadmisible la solicitud presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que se convoque a los respectivos candidatos, por declaratoria de vacancia de los cargos de regidor de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del concejo distrital de La MORDAZA, provincia de San MORDAZA, departamento de Cajamarca; conforme a ley. Articulo Segundo.- Declarar que los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA deben continuar ejerciendo el cargo de regidores del concejo distrital de La MORDAZA, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, elegidos para el periodo municipal 1999 ­ 2002.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.