Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2000 (29/12/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 29 de diciembre de 2000

Articulo Segundo.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 15082 RESOLUCION Nº 1361-2000-JNE MORDAZA, 28 de diciembre de 2000 VISTOS: Los escritos recibidos el 13 y 26 de octubre del 2000, presentados por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, alcaldesa del concejo distrital de Miraflores, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, mediante los cuales comunica que mediante acuerdo de concejo de fecha 8 de MORDAZA del 2000, se declaro la vacancia de los cargos de regidor de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la causal contemplada en el inciso 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; CONSIDERANDO: Que en sesion ordinaria de fecha 8 de MORDAZA del 2000, el concejo distrital de Miraflores, bajo la presidencia de la alcaldesa MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, acordo con el MORDAZA aprobatorio unanime de sus miembros, declarar la vacancia de los cargos de regidor de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por causal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias de concejo, prevista en el numeral 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, acuerdo adoptado conforme lo establecen los Articulos 27º y 40º de la citada ley; como consta de la certificacion notarial del acta que obra a fojas 23 y 24; Que de fojas 5 a 8 y de fojas 10 a 13, obran los cargos de las notificaciones cursadas a los regidores vacados, debidamente suscritos en senal de haberlas recibido con la debida antelacion, en cumplimiento del Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades que dispone que entre la convocatoria y la sesion mediaran por lo menos dos dias habiles; Que con las certificaciones notariales de las actas de las sesiones ordinarias de concejo de fechas 29 de febrero, 11 de marzo, 25 de marzo y 8 de MORDAZA del 2000, se acredita que los regidores don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no han concurrido a dichas sesiones de concejo, pese a encontrarse debidamente notificados, con arreglo a lo prescrito en el Articulo 43º de la Ley Nº 23853; Que con los documentos que obran a fojas 9 y 14, en cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 113º de la Ley Nº 23853, se acredita haber puesto en conocimiento de los regidores don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con fechas 10 y 12 de MORDAZA del 2000, respectivamente, el acuerdo que declara la vacancia de su cargo de regidor; por lo que, habiendo transcurrido en exceso el termino de ocho dias para interponer el recurso de revision que faculta el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, dicho acuerdo ha quedado consentido; Que habiendose acreditado en autos que los regidores don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA han incurrido en la causal de vacancia prevista en el numeral 5) del Articulo 26º de la Ley Nº 23853; de conformidad con el numeral 2) del Articulo 28º de la citada ley, concordante con el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, para cubrir las vacantes que se produzca en los concejos municipales se incorpora al candidato suplente de la misma lista, por lo que en autos,

siendo ambos regidores integrantes de diferentes listas electorales, corresponde convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Raymondi, candidato no proclamado de la agrupacion politica Movimiento Independiente Vamos Vecino, y a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la lista electoral Yauyos Eres Tu, conforme aparece de la lista de candidatos remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Yauyos, para que asuman los cargos de regidor en el concejo distrital de Miraflores; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Raymondi y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidatos no proclamados de la agrupacion politica Movimiento Independiente Vamos Vecino, y la lista electoral Yauyos Eres Tu, respectivamente, para que asuman los cargos de regidor en el concejo distrital de Miraflores, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, para completar el periodo 1999 - 2002, en reemplazo de los regidores vacados MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castillo. Articulo Segundo.- Otorgar las respectivas credenciales a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Raymondi y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Davila. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 15084 RESOLUCION Nº 1362-2000-JNE MORDAZA, 28 de diciembre de 2000 VISTO: El escrito recibido el 16 de noviembre del 2000, presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de Quirahuara, provincia de Huaytara, departamento de Huancavelica, por el que comunica el fallecimiento de la regidora MORDAZA MORDAZA Siviruero MORDAZA de Palomino; y, solicita se convoque al candidato correspondiente para cubrir dicha vacancia; CONSIDERANDO: Que con la certificacion de la defuncion extendida el 31 de octubre del 2000 por el Jefe de los Registros Civiles y Estadistico del concejo distrital de Quirahuara, corriente a fojas 2, se acredita que la ciudadana MORDAZA MORDAZA Siviruero MORDAZA de MORDAZA fallecio el 6 de octubre del 2000; Que mediante acuerdo tomado en la sesion de fecha 24 de octubre del 2000 y Resolucion Nº 003-2000-MDQS/H del 25 de octubre del 2000, segun consta a fojas 3 y 4, respectivamente, el concejo distrital de Quirahuara acordo declarar la vacancia del cargo de regidora de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Siviruero MORDAZA de MORDAZA, por fallecimiento; Que la muerte pone fin a la persona, conforme lo establece el Articulo 61º del Codigo Civil; y, de conformidad con el numeral 2) del Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, para cubrir las vacantes que se produzca en los concejos municipales se incorpora al candidato suplente de la misma lista, correspondiendole asumir el cargo de regidor a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado del partido politico Accion Popular; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;

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