Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2000 (29/12/2000)


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MORDAZA, 28 de diciembre de 2000 VISTA:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 29 de diciembre de 2000

RESOLUCION Nº 1368-2000-JNE

Declaran que MORDAZA y regidora del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA continuan en el ejercicio de sus cargos
RESOLUCION Nº 1358-2000-JNE MORDAZA, 28 de diciembre de 2000. VISTOS: El expediente 1298.00 V, formado con el escrito recibido el 25 de octubre del 2000, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del concejo distrital de MORDAZA MORDAZA, presentando el recurso de revision interpuesto por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en contra del Acuerdo municipal Nº 0272000-MDSE de fecha 31 de agosto del 2000, que declara inadmisible el pedido de vacancia de los cargos de regidora de la senora MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y de MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA Espinoza; y, CONSIDERANDO: Que, en la solicitud de fojas 5 a 10 se advierte, que con fecha 10 de agosto del 2000 por ante el concejo distrital de MORDAZA MORDAZA, los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA regidores en el referido concejo, plantearon la vacancia de los cargos de regidora de la senora MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y de MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido segun indican, en la causal prevista en el inciso 3) del Articulo 26º, concordante con el inciso 7) del Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades N° 23853; Que, el inciso 3) del Articulo 26° de la Ley Organica de Municipalidades establece, que vaca el cargo de MORDAZA o de regidor por sobrevenir alguna de las causales del Articulo 23° de la acotada, despues de la eleccion; y el inciso 7) del Articulo 23º citado, prescribe que no pueden desempenar los cargos mencionados, las personas naturales y los representantes legales de las sociedades que tengan interes en los contratos otorgados por la municipalidad; Que, los peticionantes expresan que el concejo distrital de MORDAZA MORDAZA con fecha 12 de febrero del 2000, habria contratado los servicios de la " Empresa de Transportes de Materiales de Construccion " por un monto de ciento cincuenta nuevos soles (S/. 150.00), tal como aparece en la MORDAZA simple de la boleta de venta numero 000072 a fojas 12; alegando que la referida empresa con Registro Unico de Contribuyente (RUC) Nº 41547944, es de propiedad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hermana de la regidora MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, quien por este hecho habria incurrido en causal de vacancia de su cargo; Que, el concejo distrital de MORDAZA MORDAZA, en sesion de concejo de fecha 31 de agosto del 2000, segun aparece en las copias autenticadas del acta de fojas 33 a 38, mediante Acuerdo de concejo transcrito a fojas 39, con el Nº 0272000 MDSE, resolvio declarar inadmisible la solicitud de los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en razon a que realizadas las verificaciones del caso, la municipalidad determino no tener relacion contractual con la empresa MORDAZA mencionada, ni haber pagado la suma que consta en la boleta de venta Nº 000072; Que, para sustentar legalmente el acuerdo tomado, el concejo distrital de MORDAZA MORDAZA ha presentado en autos los siguientes medios probatorios: a) A fojas 14, el Informe Nº 01- 2000, de fecha 21 de agosto del 2000, de la senora MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, encargada de mesa de partes, quien expresa que durante el mes de febrero del 2000, en la referida mesa no figura ingreso de boleta de venta alguna a nombre de la Empresa de Transportes de Materiales de Construccion; b) A fojas 16, MORDAZA del Informe Nº 003-2000 MDSE, de 19 de agosto del 2000, de la secretaria Inelda MORDAZA MORDAZA, que certifica que en el ano de 1999 y en lo que va del 2000, la referida empresa no se encuentra registrada en el padron de proveedores de la municipalidad; c) A fojas 26, MORDAZA del Informe N° 217-AT/CVH, de 20 de agosto del 2000, del ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el sentido que el Area Tecnica de

La solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada el 14 de setiembre del ano 2000 por el senor Rogger MORDAZA MORDAZA Ordonez, MORDAZA del concejo provincial de Satipo, departamento de MORDAZA, ante la vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA declarada por acuerdo de concejo de fecha 24 de agosto del ano 2000, bajo las causales de vacancia de ausencia de la localidad por mas de treinta dias sin autorizacion correspondiente y de inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo, establecidas, respectivamente, en los incisos 2) y 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; CONSIDERANDO: Que no se ha remitido los documentos pertinentes que acrediten las causales de vacancia invocadas en contra del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como son las actas de las sesiones a las que no habria concurrido el regidor vacado, y MORDAZA o certificado expedido por la autoridad competente que certifique la ausencia de la localidad del regidor vacado y/o el domicilio del regidor que se indica fuera de la localidad; y, Que el acuerdo de concejo que declara la vacancia de los cargos de MORDAZA o de regidor, es susceptible de revision a solicitud de parte ante el MORDAZA Nacional de Elecciones, de conformidad con lo establecido en el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; y, atendiendo a que no se ha acreditado que el regidor vacado MORDAZA tomado conocimiento del acuerdo de concejo que declaro la vacancia de su cargo, no habiendose cumplido con la notificacion por edicto, de conformidad con lo establecido en los Articulos 165º, 167º y 168º del Codigo Procesal Civil, que procede cuando se trata de personas cuyo domicilio se ignora; y, a fin de no vulnerar el derecho de defensa y de contradicion que le asiste; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar inadmisible la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado para que asuma el cargo de regidor correspondiente al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el concejo provincial de Satipo, presentada por el senor Rogger MORDAZA MORDAZA Ordonez, MORDAZA del concejo provincial en referencia, por no acompanarse los documentos que acrediten la causal de vacancia invocada y el procedimiento exigido por ley. Articulo Segundo.- Declarar que el cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el concejo provincial de Satipo, quien fue elegido en dicho cargo municipal para el periodo municipal 1999 - 2002, continua vigente hasta que se cumpla con acompanar la documentacion completa. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 15091

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