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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (05/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 37

Pág. 183495 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de febrero de 2000 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Establecen beneficio de regularización tributaria en favor de contribuyentes deudores del Impuesto Predial y Arbi- trios Municipales DECRETO DE ALCALDIA Nº 03-2000/MJM Jesús María, 31 de enero del 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESUS MARIA CONSIDERANDO: Que, esta Administración en uso de sus facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, las municipali- dades tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de competencia; Que, el Artículo 61º y 75º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Su- premo Nº 135-99-EF, establece que la determinación de la obligación tributaria efectuada por el deudor tributa- rio está sujeta a fiscalización o verificación por la Administración Tributaria, la que podrá modificarla cuando constate la omisión o inexactitud en la informa- ción proporcionada, emitiendo la Resolución de Determi- nación. No obstante, previamente a la emisión de las resoluciones referidas, la Administración podrá comuni- car sus conclusiones a los contribuyentes, indicándoles expresamente las observaciones formuladas; Que, la Dirección de Infraestructura Urbana en for- ma conjunta con la Oficina de Administración de Tribu- tos y Rentas han detectado la existencia de contribuyen- tes que no han cumplido con regularizar sus obligacio- nes tributarias por diferencias según declaración jura- da y determinación de catastro en el valor de su predio; Que, es necesario establecer un beneficio para los precitados contribuyentes que por error u omisión no consignaron sus datos correctamente a la Administra- ción sin intereses, gastos y costas procesales, lo que coadyuvará a una recaudación eficiente y veraz; En uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Establézcase en la jurisdicción de Jesús María un beneficio de regularización tributa- ria a contribuyentes deudores del Impuesto Predial y/o Arbitrios Municipales, por las diferencias encontradas por fiscalización tributaria según declaración jurada y la determinación de catastro. Artículo Segundo.- El beneficio comprende una condonación de intereses moratorios de la deuda tributa- ria, gastos administrativos y costas procesales, incluyén- dose aquellas con reclamaciones, contrato de fracciona- miento, apelaciones u otros pendientes de pronuncia- miento por la Administración. Las que se encuentren en proceso de cobranza coactiva, se suspenderán automáti- camente a la fecha en que se acoja al presente Decreto. El pago de la deuda tributaria correspondiente im- plica la aceptación de la deuda, no pudiendo ser recla- mada posteriormente. Artículo Tercero.- El presente Decreto vencerá indefectiblemente el 29 de febrero del año 2000. Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Adminis- tración de Tributos y Rentas y a la Dirección de Infra- estructura Urbana, el cumplimiento del presente Decreto.Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCA IZQUIERDO NEGRON Alcaldesa 1435 MUNICIPALIDAD DE LURIN Modifican Acuerdo de Concejo referi- do a monto por concepto de dieta que percibirán regidores por asistencia a sesiones de concejo ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2000/ML Lurín, 12 de enero del 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR TANTO: Visto en Sesión de Concejo Ordinaria celebrada el día 12 de enero del 2000, en el local de la Zona Este "C", la Carta de fecha 10 enero, presentada por los señores regidores del Concejo Municipal, referente a la modifi- cación de la suma por concepto de Dietas de los antes señalados, para el ejercicio 2000; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades, los Alcaldes y los Regido- res son rentados, según lo permite el Presupuesto y la disponibilidad de recursos propios de cada Municipali- dad y previo Acuerdo de Concejo; Que, este documento fue expuesto por los señores regidores, quienes en uso de sus facultades conferidas, y contando con la votación unánime, y con la dispensa del trámite de aprobación de actas, el Concejo; ACORDO: Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Se- gundo del Acuerdo de Concejo Nº 149-99/ML, que esta- blecía como monto por concepto de Dieta a los señores Regidores de S/. 600.00 (Seiscientos y 00/100 Nuevos Soles), quedando para el ejercicio 2000 establecido que el monto por dicho concepto será de S/. 500.00 (Qui- nientos y 00/100 Nuevos Soles). Artículo Segundo.- ESTABLECER, que el Acuerdo de Concejo Nº 149-99/ML queda firme en sus demás términos. Artículo Tercero.- ENCARGAR a quienes corres- ponda el estricto cumplimiento del presente acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 0769 Declaran vacancia de regidor de la municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2000/ML Lurín, 12 de enero del 2000