Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2000 (05/02/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 5 de febrero de 2000

una ligera caida de porcentaje en dichos precios. Alicorp, sin embargo, afirmo que sus precios eran mayores a los de Lucchetti, para lo cual comparo su producto de mayor precio (Don Vittorio) con el del producto importado. Asimismo, la Comision indico que, dado que el producto importado era similar al que se produce en el MORDAZA, podria esperarse que en el periodo de investigacion el precio al consumidor del producto importado fuera menor que el del nacional. Del analisis del expediente se desprende que ello no ocurrio asi, pues tanto los precios al consumidor como a los distribuidores de Lucchetti y Carozzi fueron superiores a los del producto nacional. En tal sentido, la Comision senalo que los precios de los productos importados por Lucchetti y Carozzi no estaban subvalorados. Sobre el particular, la Comision establecio lo siguiente : "Con respecto a los precios al consumidor, del producto importado estos fueron superiores a los precios del producto nacional, lo cual no se condice con un desplazamiento de la demanda por el ingreso de productos chilenos a precios dumping. En relacion con los precios a los distribuidores se ha podido establecer que no existe subvaloracion." Alicorp alego que la comparacion de precios efectuada por la Comision carecia de validez, por cuanto los precios de venta de los productos nacionales se encontraban deprimidos por el efecto "price compression" que las importaciones a precios de dumping habia producido. En tal sentido, manifesto que la Comision debio haber procedido a la reconstruccion de los precios de los productos nacionales para eliminar las distorsiones producidas por el dumping. Con respecto a la presunta depresion de los precios de los productos nacionales o "price compression", cabe senalar que tal disminucion se produce despues de iniciadas las actividades de importacion de las empresas denunciadas y en montos que no demuestran que la produccion nacional se MORDAZA visto perjudicada. La Sala considera pertinente traer a colacion el Informe Ejecutivo denominado "Consumo y la Produccion de Pastas Alimenticias en el Peru desde 1994", efectuado por la Universidad del MORDAZA (ver fojas 1494 y siguientes del expediente). Respecto del decaimiento de las ventas de fideos nacionales en el MORDAZA semestre de 1995, dicho Informe establecio lo siguiente: "El decaimiento de las ventas de los fideos nacionales, durante el MORDAZA semestre de 1995, se produjo en un contexto donde las importaciones eran todavia insignificantes, y en donde los fabricantes realizaron un reajuste de precios del orden del 20%, en terminos reales, entre MORDAZA y noviembre de 1995, en un MORDAZA donde los ingresos comenzaban a declinar (... De esta ). manera tenemos que la inoportuna politica de precios de los fabricantes nacionales llevo a que se concluya 1995 con un volumen de ventas mensuales per capita de 0.64 kgs., inferior a los 0.75 kgs. con que se comenzo en 1994, pese a que los ingresos habian crecido a una tasa media anual de 8.1% durante dos anos consecutivos." 26 . Asimismo, el mencionado informe determino que el estancamiento de las ventas de los fideos nacionales, durante 1996 y 1997, se produjo en un contexto en el que los consumidores demandaban productos de mayor calidad27 . Dicho Informe senalo ademas que no habia evidencia de que los fideos envasados importados hayan actuado como producto sustituto de sus similares nacionales, originando el desplazamiento del consumo y, con ello, perjuicio economico. En tal sentido, concluyo lo siguiente: "La menor velocidad de respuesta de los productores nacionales se explica (en parte), por la politica de altos margenes de ganancia seguida por los productores nacionales, elevando sus precios en 45% en terminos reales cuando no tenian competencia de MORDAZA extranjeras en el MORDAZA, entre 1994 y 1995. Luego, entre 1996 y 1997, pese a que sus ventas se estancaron y los precios reales cayeron, estos siguieron siendo mas altos que en 1994."

De lo expuesto se desprende que las empresas chilenas iniciaron sus actividades de importacion al Peru recien en 1995 y fueron creciendo en 1996 y 1997. Sin embargo, como se ha explicado, los precios locales se mantuvieron en una tendencia creciente hasta agosto de 1996, momento en el cual empezaron a descender, aunque seguian siendo elevados en relacion con anos anteriores. Cabe precisar que los precios de los productos importados se mantuvieron siempre por encima de los nacionales a lo largo del periodo investigado. Por lo expuesto, corresponde desestimar los argumentos de las solicitantes en el sentido que el analisis de la Comision debio tomar el valor nacional reconstruido de los productos materia de investigacion, ya que por el efecto "price compression", este se encontraba deprimido y, en consecuencia, los precios de los productos importados habia sido mayor. Ello porque, segun lo explicado, se ha determinado que durante el periodo de investigacion los precios de los productos importados desde MORDAZA fueron mayores que los precios de los productos nacionales, motivo por el cual el metodo de la reconstruccion de precios para efectos de eliminar la depresion de los precios nacionales alegado por las empresas solicitantes, no era adecuado. c.2. Factores determinantes en la evolucion de precios El Area de Estudios Economicos del INDECOPI determino que la evolucion del precio promedio de los fideos estaba altamente relacionada con la evolucion de los precios internacionales del trigo pan. De alli que la caida de los precios de las pastas pudiera asociarse con la reduccion de los precios internacionales del trigo pan. Alicorp y Molino Excelsior manifestaron que para la elaboracion de sus pastas usaban una mezcla de trigo pan y trigo durum. Por ello, la conclusion de que la caida del precio del fideo en el MORDAZA nacional obedecio a la disminucion del precio del trigo no era valida, porque, mientras que el precio del trigo durum se elevo en 18% en 1997, el precio del fideo se redujo en 31% durante el mismo periodo. En tal sentido, existiria una evolucion distinta del precio del trigo frente al precio del fideo. La Comision, determino que durante el periodo de investigacion la evolucion del precio del trigo durum fue similar a la evolucion del precio del trigo pan. A su vez senalo que, si bien durante los dos ultimos trimestres de 1997, el precio del trigo durum aumento en promedio, su precio anual disminuyo respecto del ano anterior, hecho que explicaba la caida del precio del fideo en el MORDAZA interno. En consecuencia, tanto el trigo pan como el trigo durum descendieron en promedio durante 1997, lo que guardaba relacion con la disminucion del precio del fideo y los costos de produccion de los nacionales. Sobre el particular, la Sala considera que el razonamiento y la conclusion de la Comision son adecuados. A mayor abundamiento, Alicorp manifesto que usaba una mezcla de ambos tipos de trigo para la elaboracion de sus

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Cabe senalar que, coincidentemente, en el periodo comprendido entre marzo y noviembre de 1995, la Comision de Libre Competencia del INDECOPI mediante Resolucion Nº 0047-95/CLC, sanciono a un grupo de empresas, entre las cuales se encontraban Nicolini Hermanos, La Fabril S.A. y E.C. Molino Excelsior S.A. por la concertacion de precios en sus productos. Ello seria consistente con la hipotesis sostenida en el informe citado. El Informe mencionado describe el comportamiento de los consumidores desde 1994, concluyendo lo siguiente: "El posterior estancamiento de las ventas de los fabricantes nacionales, entre 1996 y 1997, se produjo en un contexto donde los ingresos comenzaron de MORDAZA a crecer y los consumidores seguian demandando productos cada vez de mayor calidad. Ya durante el periodo 1994 -1995, los consumidores se habian acostumbrado a adquirir fideos envasados."

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