Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2000 (28/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, viernes 28 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Visto, el Expediente Nº 009653-2000, presentado por la Pontificia Universidad Catolica del Peru, sobre inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion del bien que se encuentra en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Articulos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882 "Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion", establecen que la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios que efectuen las instituciones educativas publicas y particulares para sus fines propios, estan inafectas de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobo la relacion de bienes y servicios inafectos al pago de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas aplicables a las instituciones educativas publicas o particulares estableciendose, asimismo, el procedimiento para la aplicacion del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APRUEBASE la inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion realizada por la Pontificia Universidad Catolica del Peru segun consta en el Expediente Nº 0096532000, por un valor total de US$ 6 922,60 (Seis Mil Novecientos Veintidos y 60/100 Dolares de Estados Unidos de America), del siguiente bien que se encuentra incluido en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF: Cantidad (Unidad) 01 Partida Arancelaria 8543.20.00.00 Descripcion Arancelaria Generadores de senales

Que, la Empresa Union de Cervecerias Peruanas Backus y Johnston S.A.A., ha efectuado una donacion por la suma US$ 1 000,00 (Mil y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America), a favor del Instituto Nacional de Cultura, que sera destinada a solventar los gastos de las actividades que realice el Ballet Nacional durante el ano 2000; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 1) del inciso d) del Articulo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por Decreto Supremo Nº 054-99-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion efectuada por la Empresa Union de Cervecerias Peruanas Backus y Johnston S.A.A., a favor del Instituto Nacional de Cultura, ascendente a la suma de US$ 1 000,00 (Mil y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America), segun consta en el Cheque Nº 00043796 del Banco de Credito del Peru, que fue depositado en la Cuenta Corriente Nº 0001698916 que el Instituto Nacional de Cultura tiene en el Banco Wiese Sudameris, de conformidad con la Boleta de Deposito Nº 0493651. Dicha donacion sera destinada a solventar los gastos de las actividades que realice el Ballet Nacional durante el ano 2000. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del numeral 1) del inciso d) del Articulo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 8649

Articulo 2º.- La inafectacion a que se refiere el articulo anterior procedera siempre que la importacion del bien se ajuste a la cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", presentados por la Pontificia Universidad Catolica del Peru, segun Expediente Nº 009653-2000 y que dicho bien sea destinado al cumplimiento de los fines propios de la referida institucion educativa. Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion que correspondan efectuar segun el caso, al Ministerio de Educacion, asi como a la Superintendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS-, incluyendo la verificacion de la clasificacion arancelaria del bien cuya inafectacion se solicita. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 8648

JUSTICIA
Deniegan solicitud de extradicion formulada por autoridades judiciales de la Republica de Colombia
RESOLUCION SUPREMA Nº 155-2000-JUS MORDAZA, 27 de MORDAZA del 2000 Visto el Oficio Nº 437-2000-P-CS-SG/PJ del 28 de junio de 2000 de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica del Peru, sobre el pedido de extradicion del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, requerido por las autoridades judiciales de la Republica de Colombia; CONSIDERANDO: Que por Resolucion de fecha 12 de MORDAZA de 2000, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica del Peru, declaro improcedente la solicitud de extradicion del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por las autoridades judiciales de la Republica de Colombia; Que cuando el dictamen del Poder Judicial es contra la entrega el Gobierno queda vinculado; Estando a lo dispuesto por el Articulo 36º de la Ley Nº 24710 y lo normado por el inciso 5) del Articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder

Aprueban donacion efectuada a favor del Instituto Nacional de Cultura, destinada a solventar gastos del Ballet Nacional durante el ano 2000
RESOLUCION SUPREMA Nº 222-2000-EF MORDAZA, 27 de MORDAZA del 2000

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