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Pág. 190988 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de julio de 2000 CONTRALORIA GENERAL Establecen que personal de comisio- nes encargadas de realizar auditorías y exámenes dispuestos por la Contra- loría y órganos del Sistema Nacional de Control, comprende sólo profesio- nales y egresados de universidades RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 143-2000-CG Lima, 26 de julio de 2000 CONSIDERANDO: Que, la programación de una auditoría debe asegurar el cumplimiento de sus objetivos, para cuyo efecto los programas comprenden la relación de los procedimientos mínimos que deben aplicarse, así como del personal encar- gado de su desarrollo, conforme a lo dispuesto en la NAGU 2.30 sobre Programas de Auditoría; Que, para efectuar dicha labor de acuerdo a los reque- rimientos y exigencias que demanda el trabajo de audito- ría, la Contraloría General y los Organos de Auditoría Interna conformantes del Sistema Nacional de Control deben estar integrados por auditores que posean un ade- cuado entrenamiento técnico, experiencia y competencia profesional, conforme a la expectativa de resultados espe- rados; Que, en tal sentido, resulta necesario establecer que el personal de las comisiones de auditoría desig- nados para el desarrollo de los programas de auditoría, debe comprender sólo profesionales y egresados de las Universidades; En uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 24º del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Establecer que el personal de las comisiones encargadas de realizar las auditorías y exáme- nes especiales dispuestas por la Contraloría General y los Organos de Auditoría Interna conformantes del Sistema Nacional de Control, comprende sólo profesionales y egre- sados de las Universidades. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN HIGAONNA DE GUERRA Contralora General de la República 8602 Modifican resoluciones mediante las cuales se aceptaron diversas donacio- nes destinadas a la Escuela Nacional de Control RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 144-2000-CG Lima, 26 de julio de 2000 Vistas, las Resoluciones de Contraloría Nºs. 113, 114, 115 y 116-2000-CG, sobre aceptación de donación efectuada al amparo del Convenio de Donación "Pro- yecto Apoyo a la Modernización de la Contraloría Gene- ral de la República", suscrito por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Gobierno del Perú y el Go- bierno de Estados Unidos de Norteamérica, a través de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional; y,CONSIDERANDO: Que, mediante las Resoluciones de Contraloría Nºs. 113, 114, 115 y 116-2000-CG, fueron aceptadas las dona- ciones de diversos bienes a favor de la Contraloría General para ser destinados a la Escuela Nacional de Control, cuyos montos y características se detallan en anexo a las citadas resoluciones, los cuales se encuentran exonerados del pago de derechos arancelarios de conformidad con el Artículo 15º inciso e) del Decreto Legislativo Nº 809, Ley General de Aduanas; Que, las referidas donaciones se encuentran asimismo exoneradas del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, conforme al Artículo 2º, inciso e) literal 3) del Texto Unico Ordenado de la Ley General del Impuesto General a las Ventas, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF; por lo que resulta necesario ade- cuar las mencionadas Resoluciones de Contraloría a lo establecido por la Superintendencia de Aduanas a través del procedimiento INTA-PE.01.02 Donaciones, aprobado por Resolución de Intendencia Nacional Nº 001059 del 14.SET.99, modificada por la Resolución de Intendencia Nacional Nº 000-ADT-2000-001608, publicada el 12.JUN.2000; Contando con las visaciones de la Gerencia de Admi- nistración y Finanzas y la Secretaría Técnica Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 24º de la Ley del Sistema Nacional de Control, aprobada por Decreto Ley Nº 26162; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Modificar el Artículo segundo de las Resoluciones de Contraloría Nºs. 113, 114, 115 y 116-2000- CG, comprendiendo a las donaciones citadas dentro de los alcances del Artículo 2º, inciso e), literal 3) del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y del inciso e) del Artículo 15º de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 809. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN HIGAONNA DE GUERRA Contralora General de la República 8603 INDECOPI Aprueban normas técnicas sobre cuero RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0042-2000/INDECOPI-CRT Lima, 13 de julio de 2000 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomen- dables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben reali- zarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho Acuerdo viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolu- ciones Nºs. 031-93-INDECOPI/CNM y 033-93-INDECO- PI/CNM, respectivamente; Que, toda vez que las actividades de elaboración de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la parti- cipación de representantes de todos los sectores involucra- dos: producción, consumo y técnico, constituidos en Comi- tés Técnicos de Normalización, la Comisión conformó el