Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2000 (12/11/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 194891 NORMAS LEGALES Lima, domingo 12 de noviembre de 2000 D. BASE LEGAL • Constitución Política del Perú, Artículos 81º y 82º. • Ley del Sistema Nacional de Control - Decreto Ley Nº 26162 y su modificatoria Ley Nº 27066. • Leyes Anuales de Presupuesto y normativa compe- tente y aplicable. • Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 039-98- PCM. • Ley de Gestión de la Cuenta General de la República Nº 27312. • Normas de Auditoría Gubernamental - NAGU, apro- badas por Resolución de Contraloría. • Normas para el ejercicio de la Auditoría Interna en las entidades sujetas al ámbito de Control, aprobadas por Resolución de Contraloría. • Directiva de elaboración de los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales 2001-2005 (PESEM). Resolu- ción Directoral Nº 01-2000-EF/65.01. • Instructivo Nº 001-2000-EF/76.01. Formulación del Plan Estratégico Institucional 2001-2005 (PEI). Resolu- ción Directoral Nº 009-2000-EF/76.01. E. VIGENCIA La presente directiva rige desde el día de su publica- ción en el Diario Oficial El Peruano conforme a lo estable- cido en el Art. 29º de la Ley del Sistema Nacional de Control, Decreto Ley Nº 26162. F. LINEAMIENTOS DE POLÍTICA PARA EL AÑO 2001 F.1 Consideraciones Generales El Sistema Nacional de Control, tiene como función principal, supervisar la correcta, útil, eficiente, económi- ca y transparente utilización de los bienes y recursos públicos y el ejercicio de las funciones de los servidores y funcionarios públicos, en relación a los resultados y al cumplimiento de su normativa En consecuencia, la Contraloría General de la Repú- blica, como órgano Rector del Sistema Nacional de Con- trol, establece pautas y orientaciones para un mejor ordenamiento y funcionamiento de dicho sistema, y en particular, para un eficaz control de la ejecución de los ingresos y gastos públicos. Asimismo, la Contraloría General de la República, teniendo en cuenta su proceso de reestructuración, viene desarrollando un plan orientado al fortaleci- miento del Sistema Nacional de Control, que permita enfrentar los desafíos del entorno y las propias de- mandas ciudadanas de transparencia y buen uso de los recursos públicos. F.2 Lineamientos de Política de Control MISIÓN "La Contraloría General de la República es el órgano superior del Sistema Nacional de Control. supervisa la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control" (Artículo 82º de la Constitución Política del Perú). VISIÓN "Ser una Institución capaz de promover una cultura de honestidad y transparencia en la gestión pública". OBJETIVO GENERAL Modernización y Fortalecimiento del Control Guber- namental.OBJETIVOS ESPECIFICOS 1. Automatizar las actividades de control. 2. Mejorar la calidad de las Acciones de Control. 3. Ampliar la cobertura de las Acciones de Control. 4. Fortalecer el Sistema Nacional de Control. 5. Promover la lucha contra la corrupción administra- tiva. F.3 Lineamientos para el Plan Anual de Control 2001 El Plan de Control 2001 se desarrollará conforme a las orientaciones siguientes: 1. Programar acciones de control a las entidades, programas y proyectos orientados a reducir la pobreza. 2. Desarrollar acciones de control a los proyectos de inversión en infraestructura social y económica. 3. Considerar acciones de control a entidades, progra- mas y proyectos con procesos de adquisición de bienes y servicios, principalmente en el caso de compras centrali- zadas. 4. Determinar si el desarrollo de los procesos de priva- tización de empresas y el saneamiento de los bienes del patrimonio del Estado, se efectuaron de acuerdo con los planes y normativa establecida. 5. Efectuar la Auditoría a los Estados Financieros e Información Presupuestal de las entidades como parte de la Auditoría a la Cuenta General de la República, inclu- yendo la opinión sobre la gestión administrativa y finan- ciera del Estado. 6. Establecer si el uso y destino de los recursos prove- nientes del endeudamiento interno y externo se efectua- ron de acuerdo con las cláusulas contractuales. 7. Establecer el grado de ejecución de los Ingresos propios, transferencias al Programa del Vaso de Leche, Fondo de Compensación Municipal, Canon Minero, Petro- lero, Aduanero y Derechos de Vigencia de Minas. 8. Programar acciones de control relativas a la defensa y protección del medio ambiente. 9. Verificar la correcta aplicación y cumplimiento de las medidas de austeridad establecidas en la Ley de Presupuesto del Sector Público. 10. Constatar la oportuna presentación de las Decla- raciones Juradas de Bienes y Rentas por parte de los funcionarios y servidores de la Administración Pública. 11. Comprobar la aplicación de la normativa relativa a la prohibición de actos de nepotismo y las disposiciones sobre conflictos de intereses. 12. Efectuar el seguimiento a la implementación de las recomendaciones de los Informes de Control. 13. Efectuar el seguimiento de las acciones legales iniciadas como producto de recomendaciones de Informes de Control, hasta su conclusión. 14. Establecer el cumplimiento de los objetivos y me- tas propuestas, considerando los recursos humanos, eco- nómicos, financieros y materiales asignados. 15. Establecer el nivel de ejecución del proceso de recaudación de los ingresos tributarios. G. DISPOSICIONES GENERALES G.1 El Plan Anual de Control para el año 2001 es un documento de cumplimiento obligatorio por los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control; que com- prende las Acciones de Control y las Actividades Comple- mentarias que deben ejecutar, formulados en relación con los objetivos institucionales, sectoriales y nacionales, y en concordancia con los Lineamientos de Política dispuestos por la Contraloría General de la República. G.2 El Plan Nacional de Control para el año 2001, que consolida las acciones de control programadas por los Órganos de Auditoría Interna y las unidades orgánicas de Línea de la Contraloría General de la República, es aprobado por Resolución de Contraloría. G.3 Las actividades complementarias, incluyen todas las actividades que de manera directa o indirecta coadyu- van al proceso de control. G.4 La información requerida a través de los Formatos de la presente directiva, tiene la naturaleza de declara- ción jurada, estando sujetos a verificación selectiva poste- rior.