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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (07/09/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 28

Pág. 192638 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de setiembre de 2000 Autorizan al Banco Wiese Sudameris el cierre de agencias ubicadas en las provincias de Piura y Lima RESOLUCION SBS Nº 574-2000 Lima, 31 de agosto del 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Wiese Sudameris para que esta Superintendencia autorice el cierre de la Agencia ubicada en la Av. Sánchez Cerro Nº 1279, distrito, provincia y departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el cierre de la citada agencia; Estando a lo informado por el Intendente del Departa- mento de Evaluación del Sistema Financiero "C" median- te el Informe Nº DESF "C" 146-OT/2000; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-1996-97, y en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 571-2000; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco Wiese Sudame- ris el cierre de la Agencia ubicada en la Av. Sánchez Cerro Nº 1279, distrito, provincia y departamento de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. HARVEY R. LEVEAU RAMIREZ Superintendente Adjunto de Banca (a.i.) 10203 RESOLUCION SBS Nº 575-2000 Lima, 31 de agosto del 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Wiese Sudameris para que esta Superintendencia autorice el cierre de la Agencia ubicada en la Av. Nicolás Arriola Nº 2000, distri- to de San Luis, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el cierre de la citada agencia; Estando a lo informado por el Intendente del Departa- mento de Evaluación del Sistema Financiero "C" median- te el Informe Nº DESF "C" 145-OT/2000; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-1996-97, y en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 571-2000; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco Wiese Sudame- ris el cierre de la Agencia ubicada en la Av. Nicolás Arriola Nº 2000, distrito de San Luis, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. HARVEY R. LEVEAU RAMIREZ Superintendente Adjunto de Banca (a.i.) 10204Dan por concluida designación de representantes de la SBS ante la Caja Rural de Ahorro y Crédito Majes S.A. en Liquidación RESOLUCION SBS Nº 585-2000 Lima, 31 de agosto del 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 0009-99 del 8 de enero de 1999, esta Superintendencia de Banca y Seguros declaró en estado de disolución y liquidación a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Majes S.A.; Que, la primera y segunda convocatoria a concurso público efectuadas de conformidad con el Artículo 115º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y modificatorias, Ley Nº 27008 del 4.12.98, Ley Nº 27102 del 5.5.99 y Ley Nº 27331 del 17.7.2000, para seleccionar a la persona jurídica que se encargue de la liquidación de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Majes S.A. en Liquidación, fueron declaradas desiertas por falta de postores; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 115º de la Ley General, el Procurador Público de la Superintendencia de Banca y Seguros, con fecha 21.9.99 solicitó al Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, la conversión de la "liquidación administrativa" de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Majes S.A. de acuerdo con la Ley General, por la de "liquidación judicial"; Que, mediante Resolución Nº 001-99 de fecha 6 de diciembre de 1999, el Primer Juzgado Civil antes citado, dio por admitido el recurso del Procurador y nombró a la Comisión Liquidadora Provisional, la misma que recién con fecha 25 de mayo del 2000, mediante Resolución Nº 08 emitida por dicho Juzgado, se constituyó plenamente; Que, en cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 18º de la Resolución SBS Nº 455-99 de fecha 25 de mayo de 1999, la conducción del proceso liquidatorio de dicha Caja Rural en liquidación ha sido transferida a la Comisión Liquidadora Provisional de la Caja de Ahorro y Crédito Majes S.A. en Liquidación, nombrada por el referido Juzgado. Dicha transferencia fue formalizada mediante Acta Final de Transferencia suscrita el 17 de julio de 2000, entre los representantes de la Superintendencia de Banca y Seguros (nombrados con la Resolución SBS Nº 0009-99) y las tres personas que conforman dicha Comisión Liquidadora; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Unico.- Dar por concluida la designación de los señores Luis Carrillo Ruiz y José Luis Luzón Riveros, representantes de esta Superintendencia en la Caja Rural de Ahorro y Crédito Majes S.A. en Liquidación, a partir del 17 de julio del 2000 fecha en que culminó la transferencia del proceso liquidatorio de dicha Caja Rural a la Comisión Liquidadora Provisional de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Majes S.A. en Liquidación, nombrada por el Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa integrada por los señores Jorge Espinoza Cornejo, Leslie Trigo Zea, y María Camacho Zegarra. Dejar sin efecto el Artículo segundo de la Resolución SBS Nº 0009-99 de fecha 8 de enero de 1999, mediante el cual se facultaba a los señores Carrillo Ruiz y Luzón Riveros para que en repre- sentación del Superintendente de Banca y Seguros, reali- cen todos los actos necesarios para llevar adelante el proceso liquidatorio de dicha Caja Rural, consecuentemente se les revoca los poderes otorgados a dichas personas. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 10135