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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (08/09/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

Pág. 192710 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de setiembre de 2000 Orestes Valenzuela Ponce de León, Sr. José Justino Manchego Barrios, Sr. Pedro Betancurt Gutiérrez y Sr. Gilberto Fachín Rodríguez, ex Directores Municipales; Sr. Isidro Segovia Villa- fuerte y Sr. Rómulo Herrera Villarreyes, ex Jefes de la Unidad de Tesorería; Srta. Carmen Galli Silva y Sr. Regulo Niño Cana- les, ex Jefes de Abastecimientos; Sr. Teodoro Huarcaya Ramírez, Sr. Leandro Soto Vargas, Sr. Alfredo Reynaga Ramírez y Sr. Héctor Calle Jiménez, ex Jefes de la Unidad de Personal; Sr. Emilio Leyton Falen ex Director de Infraestructura Urbana; Sr. Héctor Vásquez Gam y Sr. Luis Reyes Luyando, ex Jefes de la Unidad de Fiscalización Tributaria; Sr. Hilario Aradiel Casta- ñeda, Sr. Luis Espíritu Camacllanqui y Sr. Godofredo Santiste- ban Fernández, ex Directores de Informática; Sr. Leoncio Aris- tizabal Cárdenas, Sr. César Ruiz Rodríguez, Sr. José Fuentes Sirlopu, Sr. Guillermo Nervi Alfaro y Sr. Luis Cuba Luna, ex Directores de Planificación y Presupuesto; y Sr. Ludovico Vera- no Claros, ex Director de la Oficina de Auditoría Interna de la Municipalidad Distrital de La Victoria, por irregularidades establecidas en el Informe Largo de Auditoría de los Estados financieros de los años 1996 y 1997, practicada por la Sociedad de Auditoría Minaya & Zapatel, la misma que fue designada por la Contraloría General de la República, mediante Resolución de Contraloría Nº 048-99-CG de fecha 5 de mayo de 1999, informe que obra en el expediente Nº 002-2000-CEPAD/MDLV; Que, del análisis y evaluación de la documentación existente en el Expediente Nº 002-2000-CEPAD/MDLV, se ha evidenciado que virtualmente todos los los ex funcionarios procesados han incumplido con sus obligaciones, incurriendo la mayor parte de éstos en la perpetración de faltas de carácter disciplinario- NEGLIGENCIA EN EL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES, habiendo arribado la Comisión a las siguientes conclusiones: Primero: No habiendo cumplido con formalizar los descar- gos respectivos ante la Comisión Especial correspondiente, se ha determinado que le alcanza responsabilidad administrativa al Sr. Arturo Alarcón Segovia, ex Jefe de la Unidad de Contabili- dad, al no haber cumplido con lo dispuesto en los Incs. a), b) y c) del Artículo 54º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Edicto Nº 01-96, del 23 de diciembre de 1996, en el que señala como funciones de la Unidad de Contabilidad: Pro- gramar, Organizar, Coordinar, Ejecutar y Controlar la Contabi- lidad Presupuestal y Patrimonial de Acuerdo al Sistema Nacio- nal de Contabilidad Gubernamental, así como por no observar la Resolución Ministerial Nº 801-81 Norma General del Sistema de Contabilidad Gubernamental, al elaborar y firmar los Estados Financieros presentados a Contaduría Pública de la Nación, correspondiente al año 1996; no haberse cumplido con las Reso- luciones de Contraloría Nºs. 049-96 y 053-96; con las Directivas contables; con la elaboración de instructivos para la información contable; ni haber cumplido con la Aprobación del Balance General del Ejercicio 1996, contraviniendo lo dispuesto por el Artículo 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, e incumplir con las obligaciones señaladas en los incisos a) y b) del Art. 21º de la Ley de Bases de la Carrera Administra- tiva y Remuneraciones del Sector Público, aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 276; incurriendo en faltas de carácter administrativo tipificadas en los incisos a) y d) del Artículo 28º de la acotada; Segundo: Asimismo, no habiendo cumplido con formalizar los descargos respectivos ante la Comisión Especial correspon- diente, se ha determinado que le alcanza responsabilidad admi- nistrativa a los ex Directores de Administración, Sr. Carlos Sedan Herrera y Sr. Driden Kouman Macedo, al no observar lo establecido en el Inc. b) del Artículo 50º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Edicto Nº 01-96, del 23 de diciembre de 1996; teniendo en cuenta los descargos efectua- dos por el ex Jefe de la Dirección de Administración Sr. José Baltazar Atoche Serquén, así como de los extremos de los hechos investigados, la Comisión ha recomendado que se le absuelva de la responsabilidad administrativa que se le imputa; Tercero: Por otro lado de acuerdo a la Jerarquía Funcional también le alcanza responsabilidad administrativa a los ex Directores Municipales Sr. Orestes Valenzuela Ponce de León, Sr. José Justino Manchego Barrios, Sr. Pedro Betancurt Gutié- rrez y Sr. Gilberto Fachín Rodríguez; por incumplir lo dispuesto en los Artículos 16º y 18º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Edicto Nº 01-96, del 23 de diciembre de 1996, e incumplir con las obligaciones señaladas en los incisos a) y b) del Art. 21º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 276; incurriendo en faltas de carácter administrativo tipificadas en los incisos a) y d) del Artículo 28º de la Ley acotada; Cuarto: No habiendo cumplido con formalizar los descargos respectivos ante la Comisión Especial correspondiente, se ha determinado que le alcanza responsabilidad administrativa a los señores Rómulo Herrera Villarreyes y Sr. Isidro Segovia Villafuerte, ex Jefes de la Unidad de Tesorería al no haber cumplido con lo dispuesto en los Incs. a) y b) del Artículo 55º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Edicto Nº 01-96, del 23 de diciembre de 1996, en el que señala como funciones de la Unidad de Tesorería: a) Programar, Organizar, Coordinar, Dirigir, Ejecutar y Controlar las operaciones de ingresos y egresos de la Municipalidad, emitiendo los reportes periódicos correspondientes; y b) Efectuar los registros del siste- ma de Tesorería llevando las cuentas corrientes y el control deegresos efectuados; así como por no observar lo dispuesto por la Resolución Directoral Nº 026-80-EF/77 y su ampliatoria aproba- da mediante Resolución Directoral Nº 008-EF/77.15.01 del 12 de enero de 1989, en las que se establecen las Normas Generales del Sistema de Tesorería, e incumplir con las obligaciones señaladas en los incisos a) y b) del Art. 21º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 276; incurriendo en faltas de carácter administrativo tipificadas en los incisos a) y d) del Artículo 28º de la norma antes glosada; Quinto: Asimismo, no habiendo cumplido con formalizar los descargos respectivos ante la Comisión Especial correspondien- te, se ha determinado que le alcanza responsabilidad adminis- trativa a los ex Directores de Administración Sr. Carlos Sedan Herrera y Sr. Driden Kouman Macedo al no observar lo estable- cido en el Inc. b) del Artículo 50º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Edicto Nº 01-96, del 23 de diciembre de 1996; teniendo en cuenta los descargos efectuados por el ex Director de Administración Sr. José Baltazar Atoche Serquén, así como de los extremos de los hechos investigados, la comisión ha recomendado se le absuelva de la responsabilidad Adminis- trativa que se le imputa; Sexto: Por otro lado, de acuerdo a la Jerarquía Funcional también le alcanza responsabilidad administrativa a los ex Directores Municipales Sr. Orestes Valenzuela Ponce de León, Sr. José Justino Manchego Barrios, Sr. Pedro Betancurt Gutié- rrez y Sr. Gilberto Fachín Rodríguez; por incumplir lo dispuesto en los Artículos 16º y 18º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Edicto Nº 01-96, del 23 de diciembre de 1996, e incumplir con las obligaciones señaladas en los incisos a) y b) del Art. 21º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 276; incurriendo en faltas de carácter administrativo tipificadas en los incisos a) y d) del Artículo 28º del indicado cuerpo legal; Sétimo: No habiendo cumplido con formalizar los descargos respectivos ante la Comisión Especial correspondiente, se ha determinado que le alcanza responsabilidad administrativa a los señores Regulo Niño Canales y Sra. Carmen Galli Silva, ex Jefes de la Unidad de Abastecimiento, al no haber cumplido con lo dispuesto en los Incs. a) y b) del Artículo 55º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Edicto Nº 01-96, del 23 de diciembre de 1996, en el que señala como funciones de la Unidad de Tesorería: a) Programar, Organizar, Coordinar, Diri- gir, Ejecutar y Controlar las operaciones de ingresos y egresos de la Municipalidad, emitiendo los reportes periódicos correspon- dientes. Y b) Efectuar los registros del sistema de Tesorería llevando las cuentas corrientes y el control de egresos efectua- dos; así como por no observar lo dispuesto por la Resolución Directoral Nº 026-80-EF/77 y su ampliatoria aprobada mediante Resolución Directoral Nº 008-EF/77.15.01 del 12 de enero de 1989, en las que se establecen las Normas Generales del Sistema de Tesorería, e incumplir con las obligaciones señaladas en los incisos a) y b) del Art. 21º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 276; incurriendo en faltas de carácter administrativo tipificadas en los incisos a) y d) del Artículo 28º de la acotada; Octavo: Asimismo, no habiendo cumplido con formalizar los descargos respectivos ante la Comisión Especial correspondien- te, se ha determinado que le alcanza responsabilidad adminis- trativa a los ex Directores de Administración Sr. Carlos Sedan Herrera y Sr. Driden Kouman Macedo al no observar lo estable- cido en el Inc. b) del Artículo 50º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Edicto Nº 01-96, del 23 de diciembre de 1996; teniendo en cuenta los descargos efectuados por el ex Jefe de la Dirección de Administración Sr. José Baltazar Atoche Serquén, así como de los extremos de los hechos investigados, la Comisión ha recomendado que se le absuelva de los cargos por presunta responsabilidad administrativa que se le imputan; Noveno: Por otro lado de acuerdo a la Jerarquía Funcional también le alcanza responsabilidad administrativa a los ex Directores Municipales Sr. Orestes Valenzuela Ponce de León, Sr. José Justino Manchego Barrios, Sr. Pedro Betancurt Gutié- rrez y Sr. Gilberto Fachín Rodríguez; por incumplir lo dispuesto en los Artículos 16º y 18º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Edicto Municipal Nº 01-96, del 23 de diciembre de 1996, e incumplir con las obligaciones señaladas en los incisos a) y b) del Art. 21º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 276; incurriendo en faltas de carácter administrativo tipificadas en los incisos a) y d) del Artículo 28º de la Ley antes glosada; Décimo: No habiendo cumplido con formalizar los descargos respectivos ante la Comisión Especial correspondiente, se ha determinado que le alcanza responsabilidad administrativa a los señores Teodoro Huarcaya Ramírez, Sr. Leandro Soto Var- gas, Sr. Alfredo Reynaga Ramírez y Sr. Héctor Calle Jiménez, ex Jefes de la Unidad de Personal, por no haber cumplido con lo dispuesto en los Incs. a) y b) del Artículo 55º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Edicto Nº 01-96, del 23 de diciembre de 1996, en el que señala como funciones de la Unidad de Tesorería: a) Programar, Organizar, Coordinar, Diri- gir, Ejecutar y Controlar las operaciones de ingresos y egresos de la Municipalidad, emitiendo los reportes periódicos correspon- dientes, y b) Efectuar los registros del sistema de Tesorería