Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2000 (08/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, viernes 8 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES

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Que, por otro lado, argumenta que el interno evadido MORDAZA Santi MORDAZA, conformaba un grupo de 40 internos que llegaron del E.P. de Carquin - MORDAZA, siendo ubicados en el pabellon Nº 07, considerada como observacion para internos procedentes de otros E.P., asi como para internos de regimen especial, reuniendo las condiciones para albergar internos aislados por medidas de seguridad, manifiesta que la documentacion con que contaba dicho interno resultaba insuficiente para su evaluacion y que a medida que pasaba el tiempo y de acuerdo a su conducta, el Organo Tecnico de Tratamiento consideraba su reubicacion a otro pabellon, senala que como Director no participa en la clasificacion de los internos siendo funcion exclusiva de los miembros de la Junta de Clasificacion a cargo del Organo Tecnico de Tratamiento, manifiesta que oficialmente no le fue comunicado que dicho interno tenia antecedentes de fuga y que con aprobacion de la Jefatura del Organo Tecnico de Tratamiento, se encontraba matriculado en el CEO. Al respecto, si bien es MORDAZA que la clasificacion de los internos esta a cargo del Organo Tecnico de Tratamiento, dicho ex funcionario en su condicion de Director del E.P., debio de adoptar las medidas de seguridad necesarias, disponiendo la clasificacion del interno MORDAZA Santi MORDAZA, atendiendo a su condicion de peligrosidad, toda vez que de acuerdo a la Resolucion de la Comision de Reordenamiento de la Region MORDAZA Nº 072-99-INPE-DRL-CR/P de fecha 23.JUL.99, dicho interno fue trasladado del E.P. de Carquin MORDAZA, por estrictas medidas de seguridad, presentando ademas antecedentes de fuga, por lo que no desvirtua en este punto el cargo formulado en su contra subsistiendo las faltas administrativas disciplinarias contempladas en los incisos a) y d) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276; Estando a lo recomendado en el Informe de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 175-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER la medida disciplinaria de CESE TEMPORAL, sin goce de remuneraciones, por el termino de treinticinco (35) dias al ex funcionario Nivel F-1, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director del E.P. Cambio MORDAZA Chimbote. Articulo 2º.- Notifiquese la presente Resolucion a traves de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional Penitenciario o Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. MATHEWS MORDAZA Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE 10197 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 561-2000-INPE-P MORDAZA, 5 de setiembre de 2000 VISTO, el Informe Nº 027-2000-INPE-CEPAD, de fecha 10 de MORDAZA, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Presidencia Nº 328-2000INPE-P, en merito al Informe Nº 055-99-INPE/AG, se instaura MORDAZA administrativo a los ex funcionarios de la Direccion Regional Norte Chiclayo: Nivel F-4 MORDAZA IRIGOIN MORDAZA ex Director Regional, Niveles F-2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA CAPUNAY y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directores de Administracion y Funcionario Nivel F-1 WILBER MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Unidad de Financiera. Asimismo, mediante R.P. Nº 329-2000-INPE-P, en merito al Informe Nº 062-99-INPE/AG, se instaura MORDAZA administrativo a los precitados ex funcionarios; en torno a los cargos formulados que se encuentran especificados en las mencionadas Resoluciones de apertura; Que, tratandose de faltas administrativas disciplinarias ocurridas durante la gestion de los ex funcionarios de la Direccion Regional Norte Nivel F-4 MORDAZA IRIGOIN MORDAZA, ex Director Regional, Niveles F-2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA CAPUNAY y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directores de Administracion y Nivel F-1 WILBER MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Unidad de Financiera; y por ser de la misma naturaleza, estando al MORDAZA de simplicidad y economia que gobierna el procedimiento administrativo, es conveniente su analisis simultaneo de los antecedentes de las Resoluciones Nºs. 328 y 329-2000-INPE-P; por tanto se procede a su acumulacion, de conformidad con el Art. 67º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; Que, conforme se aprecia de autos, ha quedado establecido que el ex funcionario de la Direccion Regional Norte -

Chiclayo, MORDAZA IRIGOIN MORDAZA, ex Director Regional ha incurrido en faltas administrativas al suscribir el convenio para Credito Personal con una entidad bancaria, sin estar facultado para ello, y por no implementar las acciones de control interno solicitadas a su Despacho, por la ex Directora de Administracion MORDAZA MORDAZA MORDAZA, lo que permitio que el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no fuera rotado en forma oportuna y acumulara un monto de S/. 214,932.23 Nuevos Soles, pendientes de rendicion de cuenta, incumpliendo las obligaciones que impone la MORDAZA administrativa establecidos en los Incs. a), b), d) y h) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276, faltas tipificadas en los Incs. a), d) y f) del Art. 28º del citado Cuerpo de Ley. Por otro lado, el ex funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA CAPUNAY, ex Director de Administracion, ha incurrido en responsabilidad funcional por falta de supervision en la adquisicion de 2,500 fotochecks, asimismo, por suscribir el convenio para Credito Personal con una entidad bancaria, sin estar facultado para ello, con lo que ha inobservado las obligaciones establecidas en los Incs. a), b), d) y h) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276, faltas tipificadas en los Incs. a), d) y f) del Art. 28º del citado Decreto Legislativo. Asimismo, la ex funcionaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora de Administracion y el funcionario Nivel F-1 WILBER MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Unidad de Financiera, han desvirtuado los cargos formulados en su contra. Segun los terminos del Informe Nº 0272000-INPE-CEPAD, que se incorporan a la presente Resolucion en aplicacion del Art. 85º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; Estando a lo recomendado en el Informe de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 175-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ACUMULAR los procedimientos administrativos disciplinarios instaurados mediante Resoluciones de la Presidencia Nºs. 328-2000-INPE-P y 329-2000-INPE-P, de conformidad con lo establecido en el Art. 67º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS. Articulo 2º.- IMPONER la sancion disciplinaria de CESE TEMPORAL por espacio de seis (6) meses, sin goce de remuneraciones, al ex funcionario Nivel F-4 MORDAZA IRIGOIN MORDAZA ex Director Regional de la Direccion Regional Norte - Chiclayo, por las consideraciones expuestas en la presente resolucion. Articulo 3º.- IMPONER la sancion disciplinaria de CESE TEMPORAL por espacio de tres (3) meses, sin goce de remuneraciones, al ex funcionario Nivel F-2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA CAPUNAY ex Director de Administracion de la Direccion Regional Norte Chiclayo, por las consideraciones expuestas en la presente resolucion. Articulo 4º.- ABSOLVER de los cargos formulados en las Resoluciones Nºs. 328 y 329-2000-INPE-P, a los funcionarios de la Direccion Regional Norte Chiclayo: Nivel F-2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora de Administracion y Nivel F-1 WILBER MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Unidad de Financiera. Articulo 5º.- NOTIFIQUESE la presente resolucion a los precitados ex funcionarios a traves de la Oficina de Recursos Humanos o del Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. MATHEWS MORDAZA Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE 10198

Inician procedimiento disciplinario a Director del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Pucallpa
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 562-2000-INPE-P MORDAZA, 5 de setiembre de 2000 VISTO; el Informe Nº 028-2000-INPE-CEPAD, de fecha 24 de MORDAZA del 2000 de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandum Nº 798-99-INPE/P, se remite el Informe Nº 013-99-INPE/20-02, de fecha 10 de noviembre de 1999, elaborado por el Organo de Control de la Region Oriente

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