Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2000 (22/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, viernes 22 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES

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Que, a traves del Informe Nº 007-98-CTAR ICA/GRCI, la Gerencia Regional de Control Interno del CTAR ICA ha determinado la responsabilidad administrativa de los mencionados ex funcionarios, debiendo considerarse que los informes de auditoria poseen el caracter de prueba preconstituida, conforme establece el Art. 16º f) del Decreto Ley Nº 26162, del Sistema Nacional de Control; Que, se atribuye a los mencionados ex funcionarios haber causado perjuicio economico a la entidad por la suma de S/. 185 604,25 (Nuevos Soles Ciento Ochenticinco Seiscientos Cuatro y 25/100) en razon de haber percibido anticipos de calendario mensuales de la ex unidad operativa de Palpa, anticipo de calendario de la ex oficina zonal de Nasca y entrega de materiales de la unidad operativa de Palpa, y pese a los reiterados requerimientos no han cumplido con rendir y/o regularizar documentalmente; Que, la suma indicada comprende los siguientes conceptos: S/. 118 941,05 por habilitaciones de calendarios autorizados de la ex Unidad Operativa de Palpa y S/. 5 816,20 de la ex Oficina Zonal Nasca, haciendo un total de S/. 124 757,25 de anticipos por rendir; suma a la que debera agregarse el importe de S/. 60 847,00 por concepto de adquisiciones de materiales no ingresados a Almacen y pendientes de entrega a la ex Unidad Operativa de Palpa; Que, la responsabilidad de los mencionados ex funcionarios se agrava en razon que en el mes de marzo de 1998 se presento una rendicion de anticipo por la suma de S/. 79 008,95 la misma que incluia la factura Nº 100 del proveedor MORDAZA MORDAZA Cabezudo por el importe de S/. 40 800,00 por concepto de confeccion de cinco modulos escolares y posteriormente se retiro la factura no deduciendo dicho importe de la rendicion presentada, presumiendose con ello la MORDAZA intencion de sorprender a la autoridad; Que, de otro lado, en el caso de la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se evidencia su conducta negligente por cuanto en su calidad de ex Directora Zonal no superviso de manera efectiva la labor del personal a su cargo, mas aun si delimita las funciones del Administrador Zonal a traves del Memorandum Nº 333-97-SGO-DZN/D, de fecha 28 de MORDAZA de 1997, transgrediendo los Arts. 7º, 8º y 9º del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control; Que, llama la atencion la conducta de los miembros de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del CTAR ICA toda vez que, por las mismas faltas concluye de manera diferente en el caso de ambos procesados, permitiendose incluso reexaminar pruebas que han sido debidamente merituadas, en su oportunidad, por el organo regional de control interno; Que, las normas que rigen la Administracion Publica poseen caracter imperativo y son de orden publico y de ineludible cumplimiento, razon por la cual las transgresiones conllevan a las sanciones previstas por la ley, siendo la falta mas grave cuanto mas elevado sea el nivel del servidor o funcionario que la ha cometido; Que, se observa que el ex funcionario, CPC MORDAZA MORDAZA Laynes, ha sufrido sancion de Destitucion mediante RST N° 090-99-CTAR ICA/ST; Que, se observa que la ex funcionaria Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha sufrido sancion de Cese Temporal de seis (6) meses sin goce de remuneraciones mediante RST N° 088-99-CTAR ICA/ST, confirmada por RPR N° 398-99-CTAR ICA/PE; Estando a lo dispuesto en el Art. 16º f) del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control, Arts. 21º a), b), d) y e) y 28º a), b), d), f) y j) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de la MORDAZA Administrativa, Arts. 126º, 127º y 129º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa; y a las facultades conferidas por la Ley Nº 26922 y D.S. N 010-98-PRES, Resolucion Presidencial Regional Nº 050-99CTAR ICA/PE y Resolucion Presidencial Regional Nº 296-99CTAR ICA/PE; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Imponer sancion de DESTITUCION a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora de la ex Oficina Zonal de Nasca, y al CPC MORDAZA MORDAZA Laynes, ex Administrador de la ex Oficina Zonal de Nasca, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Los ex funcionarios sancionados quedan inhabilitados para desempenarse en la Administracion Publica bajo cualquier forma o modalidad por un periodo no menor de cinco (5) anos. Registrese y comuniquese. DEYNER D. MORDAZA MINCHON Secretario Tecnico Consejo Transitorio de Administracion Regional CTAR - ICA 10885

Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Consejo Transitorio de Administracion Regional Pasco
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 221-2000-CTAR-PASCO/PE Cerro de Pasco, 27 de junio de 2000 EL PRESIDENTE EJECUTIVO DEL CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACION REGIONAL PASCO VISTO: El Informe Nº 054-2000-CTAR-PASCO-GRPPDI/SGDIEI de fecha 13 de junio del 2000 procedente de la Subgerencia de Desarrollo Institucional, Estadistica e Informatica y Proveido de la Gerencia Regional de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo Institucional de fecha 14 de junio del 2000; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley MORDAZA de Descentralizacion Nº 26922, se crearon los Consejos Transitorios de Administracion Regional en cada departamento del MORDAZA como organismos publicos descentralizados del Ministerio de la Presidencia con autonomia tecnica, presupuestal y administrativa en el ejercicio de sus funciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-98-PRES se aprueba el Organigrama Estructural y el Reglamento de Organizacion y Funciones de los Consejos Transitorios de Administracion Regional, precisando en el Articulo 2º como una de sus facultades la elaboracion de los documentos de gestion institucional y la respectiva aprobacion por el titular de la Entidad; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 030-98, se dispone, a partir del 1 de MORDAZA de 1998, la incorporacion en el ambito de los Consejos Transitorios de Administracion Regional, de las Direcciones Regionales Sectoriales de: Educacion, Salud, Agricultura, Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcciones, Trabajo y Promocion Social, Energia y Minas, Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales y el Archivo Regional; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 019-99CTAR-PASCO/PE se aprueba el Organigrama Estructural y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Transitorio de Administracion Regional Pasco; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 757 - Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, se dispone la obligatoriedad para todas las entidades de la Administracion Publica, aprobar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, el Decreto Supremo Nº 094-92-PCM establece disposiciones complementarias requeridas para el cumplimiento de la obligacion a que se contrae el considerando anterior; Que, es conveniente y necesario aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Consejo Transitorio de Administracion Regional Pasco, a efectos de dar cumplimiento a las normas sobre Simplificacion Administrativa y Modernizacion del Estado; En uso de las atribuciones conferidas mediante Ley MORDAZA de Descentralizacion Nº 26922 en su Articulo 17º, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, Resolucion Suprema Nº 187-98PRES y demas normas conexas vigentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACION REGIONAL PASCO, que consta de 43 procedimientos contenidos en 19 folios, elaborado por la Subgerencia de Desarrollo Institucional, Estadistica e Informatica, el mismo que es parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- TRANSCRIBASE la presente Resolucion al Viceministerio de Desarrollo Regional del Ministerio de la Presidencia, a los organos competentes del CTARPASCO, y PUBLIQUESE su parte pertinente, juntamente con el Texto integro del MORDAZA del CTAR-PASCO, en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo Consejo Transitorio de Administracion Regional Pasco

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