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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (10/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 208562 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de agosto de 2001 midad con las disposiciones y plazos establecidos en la Ley Nº 27487 y en los Decretos Supremos Nºs. 021 y 022- 2001-TR; pudiendo prever la participación técnica de asesores ad honorem. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a cada uno de los interesados para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 28937 Constituyen comisión encargada de elaborar el Anteproyecto de Ley de Responsabilidad de Funcionarios, re- ferido a las incompatibilidades y con- flictos de intereses en el Sector Públi- co Nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 292-2001-JUS Lima, 8 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Justicia, a través de la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos, propone, coordina y apo- ya a las Comisiones encargadas de la reforma y actuali- zación de las leyes y códigos; Que corresponde al Estado velar por los intereses de la Nación y el adecuado desempeño de la administración pública; Que en consecuencia es necesario establecer normas precisas sobre las incompatibilidades y conflictos de intereses en la Administración Pública lo que permitirá consolidar el principio de probidad administrativa que implica una conducta funcional honesta en el desempeño del cargo con preeminencia del interés público sobre el privado; Que para dar cumplimiento a lo dispuesto en el considerando precedente es necesario constituir una Comisión Especial, integrada por expertos profesionales en la materia; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 y Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir una Comisión Especial res- ponsable de elaborar el Anteproyecto de la Ley de Res- ponsabilidad de Funcionarios, referido a las incompa- tibilidades y conflictos de intereses en el Sector Público Nacional, que estará integrada por los siguientes profe- sionales: -Señor doctor Pedro Cateriano Bellido, Viceministro de Justicia, quien la presidirá -Señor doctor Jorge Danós Ordóñez -Señor doctor Richard Martin Tirado -Señor doctor Juan Felipe Isasi Cayo -Señor doctor Ricardo Salazar Chávez Artículo 2º.- La mencionada Comisión Especial ten- drá un plazo de noventa (90) días calendario, a partir de su instalación para elaborar y presentar al Despacho Ministerial el Proyecto encargado. Artículo 3º.- La Secretaría Técnica de la referida Comisión estará a cargo de los señores doctores Hebert Eduardo Tassano Velaochaga y Humberto Valenzuela Gómez. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 28932P R E S Autorizan la contratación del servicio de seguridad y vigilancia para instalaciones y locales del Ministerio mediante proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 284-2001-PRES Lima, 8 de agosto del 2001 Visto el Memorándum Nº 800-2001-PRES-OGA de la Oficina de Administración, y los Informes Nºs. 684 y 723- 2001/PRES-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Presidencia; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 25 de mayo de 2000 se suscribió el Contrato Nº 003-00/CP-UA entre el Ministerio de la Presi- dencia y la Empresa J & V Resguardo S.A.C., que tuvo por objeto contratar el servicio de seguridad y vigilancia para las instalaciones de la Sede Central y Locales del Ministe- rio de la Presidencia, por un período de doce (12) meses, con vigencia a partir del 25 de mayo de 2000; Que, mediante la Resolución de Secretaría General Nº 045-2001-PRES/SG del 8 de junio de 2001, se autorizó a la Oficina de Administración a contratar los servicios comple- mentarios con la Empresa J & V Resguardo S.A.C., hasta por el monto ascendente a S/. 184 167,32, respecto al Contrato Nº 003-00/CP-UA del 25 de mayo de 2000, en tanto se lleve a cabo el proceso de Concurso Público; Que, fecha 22 de junio de 2001 el Comité Especial encargado de la organización del proceso de Concurso Público Nº 003-2001-PRES, que tuvo por objeto la con- tratación del Servicio de Seguridad y Vigilancia de las Instalaciones y Patrimonio de la Sede Central y Locales del PRES, en Acto Público de Apertura del Sobre Pro- puesta Económica y Otorgamiento de la Buena Pro, declaró desierto el proceso de selección, en virtud a lo establecido en el Artículo 32º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en mérito a lo expuesto en el considerando ante- rior, por Resolución de Secretaría General Nº 054-2001- PRES del 12 de julio de 2001, se aprobó las Bases del proceso de Concurso Público Nº 003-2001/PRES - Segunda Convocatoria para la contratación del servicio referido, y que según el Cronograma, se ha previsto que el otorga- miento de la Buena Pro para el 23 de agosto de 2001, y la suscripción del contrato el 4 de setiembre del mismo año; Que, la Oficina de Administración mediante el Memo- rándum Nº 800-2001-PRES-OGA, expone la situación referida en los considerandos precedentes, concluyendo que se debe garantizar el servicio de seguridad y vigilan- cia de las instalaciones de la Sede Central y Locales del Ministerio de la Presidencia, a partir del 26 de julio de 2001 y hasta que el proceso de Segunda Convocatoria del Concurso Público Nº 003-2001-PRES quede consentido; Que, mediante Informe Nº 684-2001-PRES/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal conside- rando que el marco jurídico en el que se realizan las contrataciones del Ministerio de la Presidencia para la adquisición de bienes o contratación de servicios está determinado por el Texto Unico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 723-2001/PRES-OAJ amplía el Informe refe- rido en el considerando anterior, señalando que la Decla- ración de Situación de Urgencia para la contratación del servicio de seguridad y vigilancia materia de la presente Resolución, deberá ser con efectividad al 26 de julio de 2001 hasta el 15 de setiembre de 2001; Que, el inciso c) del Artículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licita- ción Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa las adquisiciones que se realicen en Situación de Emer- gencia o Urgencia declaradas de conformidad con la Ley; Que, el Artículo 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala que se considera situa-