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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (02/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 213302 NORMAS LEGALES Lima, domingo 2 de diciembre de 2001 Por lo mencionado, ELECTROCENTRO solicita incre- mentar el VADMT y VADBT en 8.99% y 9.12% respectiva- mente. A.2 Optimización Técnico Económica ELECTROCENTRO señala: "De la lectura del Estudio del Supervisor VAD no se ha tenido en cuenta los siguien- tes conceptos: - Requerimiento de energía de cada una de las zonas que conforman el sector típico 4; - La ubicación geográfica de cada una de las localida- des; - Se ha considerado una misma tasa de crecimiento promedio para todas las zonas; sin tener en cuenta el crecimiento económico de la población ni el crecimiento de su densidad demográfica; - Asimismo, se ha duplicado el número de subestacio- nes de distribución SED, considerando que alrededor de cada una de éstas existen nueve o diez usuarios; ya que en su mayoría existe una distancia lineal de aproximadamen- te quince a veinte metros de red entre cada usuario, sobre todo en zonas eminentemente rurales; y - Se ha tomado como base una densidad que no corres- ponde al sector típico 4, aplicando factores propios del sector típico 1 ó 2, existiendo una contradicción entre el informe del Supervisor VAD con lo señalado por vuestro despacho, el mismo que reconoce a la zona de Huayucachi como sector típico 4." ELECTROCENTRO en el informe de sustento de su recurso señala que los diversos modelos de red adoptados por el Supervisor VAD para las zonas semiurbana y rural no guardan relación directa con la realidad, por el cual presentan un análisis realizado en diversas localidades, entre las cuales se encuentra la localidad de Cocharcas y manifiestan que los modelos matemáticos empleados por el Supervisor VAD reconoce en general un 24% de las redes existentes que no concuerda con el análisis efectua- do por la recurrente que señalan que las reducciones en todo caso deberían estar dentro del orden del 20% al 30%. Por lo mencionado, ELECTROCENTRO solicita incre- mentar el VNR de baja tensión en 50%. A.3 Costos Unitarios de las Instalaciones Eléctri- cas ELECTROCENTRO solicita revisar el cálculo de los costos unitarios de las instalaciones eléctricas, y por consiguiente el VNR, y se considere un costo para el contratista equivalente al 25% del costos de mano de obra y transporte y equipos, y no del 15% considerado por el Supervisor VAD. Agrega que el Supervisor no sustenta el 15% utilizado y respalda su pedido de 25% indicando que la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART) aprobó el porcentaje mencionado tanto para el cálculo del VNR de las empresas de distribución eléctrica y el estudio de costos del VAD del sector típico 2. Por lo mencionado, ELECTROCENTRO de acuerdo al informe de sustento presentado adjunto a su recurso solicita incrementar el 2% de los costos unitarios de las instalaciones eléctricas según su cálculo estimativo. A.4 Alumbrado Público ELECTROCENTRO señala que se pretende asimilar indistintamente a todas las poblaciones rurales del sector un alumbrado público para subzonas A1, A2 y zona B establecidos por la Norma DGE-016-T-2/1996, lo que no se ajusta a las necesidades de la realidad de dichas poblacio- nes. Por lo mencionado, ELECTROCENTRO solicita se reconsidere el alumbrado público, tomando las cifras del VNR que se ha obtenido en el estudio efectuado por el Consultor VAD. A.5 Explotación Técnica Electrocentro, en su petitorio solicita se reconsidere los costos de explotación técnica, tomando las cifras que se ha obtenido en el estudio efectuado por el Consultor VAD. La recurrente, sustenta su pedido en el numeral 5 del Informe Técnico preparado por el Consultor VAD en el que menciona los siguientes aspectos relevantes: - En cuanto a los recursos humanos que sugiere el Supervisor es insuficiente, puesto que la organización para la operación y mantenimiento de la empresa modelo que determinó el Consultor es la más adecuada.- El tipo de personal para las labores de operación y mantenimiento debería ser de ambas modalidades (pro- pios y terceros). - La atención del servicio que se debe brindar al sistema eléctrico es de 24 horas y no sólo de 8.30 a 22.00 como lo plantea el Supervisor VAD. - Las actividades de operación deben ser tanto para MT como para BT. - Las actividades estándar de mantenimiento propues- tos por el supervisor deben ser ampliadas con las activida- des tales como: Refuerzos de postes en Media Tensión, Baja Tensión y Subestaciones, Mantenimiento de reclo- ser, relleno de aceite de los transformadores, cambio de fusibles de seccionadores, pararrayos, seccionar y reclo- sers, estos últimos por lo menos deben considerarse en fracciones para el mantenimiento anual; mantenimiento y medición de puestas a tierra en media y baja tensión, medición de aislamiento, reposición de conductores en media y baja tensión y supervisión del personal en media y baja tensión y subestaciones. Finalmente, el Consultor VAD concluye que se debe reconsiderar la cifra de 425,00 miles de nuevos soles a la cifra de 506,56 miles de nuevos soles como los costos de explota- ción técnica que debe considerarse en el cálculo del VAD. A.6 Costos Indirectos ELECTROCENTRO señala que existe una diferencia de aproximadamente S/. 150 000 entre los costos indirec- tos asignados por el Consultor VAD en relación con los asignados por el Supervisor VAD. Agrega, que la causa fundamental de esta diferencia tiene relación directa con los índices de imputación de los gastos de administración corporativos del sector y que los criterios utilizados por el Supervisor VAD no son técnicamente correctos ni se sus- tentan en una base sólida. Al respecto, ELECTROCENTRO manifiesta que el Supervisor VAD pretende que la empresa modelo se vea obligada a reducir su personal en las localidades compren- didas en el sector típico 4, basado en parámetros de automatización de los sistemas operativos y/o administra- tivos, olvidando que el sector típico antes referido, al ser eminentemente rural, se encuentra conformado por loca- lidades con alto grado de dispersión entre sí. Por lo mencionado, ELECTROCENTRO solicita se reconsidere los costos indirectos, tomando las cifras que se ha obtenido en el estudio efectuado por el Consultor VAD. B. ANÁLISIS DE OSINERG OSINERG, mediante Oficio Nº 097-2001-OSINERG- GART-GDE del 29/10/2001, solicitó al Supervisor VAD el análisis del recurso de ELECTROCENTRO. Del informe técnico preparado por el Supervisor VAD y del análisis de la GART se concluye lo siguiente: B.1 Balance de Potencia OSINERG ha revisado el balance de energía y potencia, en adelante Balance de E&P, que propone la recurrente en el Cuadro Nº 2 de la página 5 del informe de sustento elaborado por el Consultor VAD. El Balance de E&P propues- to considera los criterios utilizados por el Supervisor VAD e incluye la corrección del factor de carga del ítem exceso de pérdidas no reconocidas de 0.172 a 0.389. A partir de ello, la recurrente propone la corrección de los valores de las deman- das máximas de media y baja tensión utilizadas en el cálculo del Valor Agregado de Distribución (VAD) del sector típico 4, aunque, como lo señala conserva algunos criterios errados utilizados por el Supervisor VAD. Los valores de las demandas máximas solicitadas por la recurrente en el Balance de E&P se basan en mantener valores de ítems parciales calculados por el Supervisor VAD sin llegar a corregirlos integralmente tal como co- rresponde en este caso. Para tal fin, se ha revisado y elaborado el Balance de E&P con los criterios técnicos pertinentes a partir de la informa- ción de las ventas de energía y los factores de coincidencia y contribución a la punta aprobados mediante la Resolución Nº 2120-2001-OS/CD. Asimismo, se ha eliminado las pérdidas no reconocidas del Balance de E&P, las mismas que no deben incluirse debido a que el sistema eléctrico Huayucachi no tiene pérdidas que excedan a las pérdidas reconocidas, y se corrigió la potencia coincidente de alumbrado público de acuerdo al parque de alumbrado público de la empresa modelo y los convenios de alumbrado público existentes con los usuarios del sistema eléctrico. La demanda máxima resultante a nivel de media tensión (MWMT) es de 2 443 kW y a nivel de baja tensión