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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (02/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

Pág. 213319 NORMAS LEGALES Lima, domingo 2 de diciembre de 2001 Que, el despacho de Dirección Municipal, a través del Memorándum Nº 1064-2001-MDLO/DM, dispone se pro- yecte el Decreto de Alcaldía, precisando los alcances de la Ordenanza Nº 039-2001/CDLO, conforme a la propuesta elevada por la División de Servicios Urbanos, Licencia de Construcción y Transporte Público; Estando a lo informado, y en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 47º inciso 6), y 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR, las NORMAS TÉC- NICAS que como Anexo Nº 01 y Anexo Nº 02 forman parte integrante del presente Decreto; y, la DISPOSICION COMPLEMENTARIA referida a la propuesta económica que se deberá tener en cuenta al momento de celebrar los convenios a que se refiere la Ordenanza Nº 039-2001/ CDLO - "REGLAMENTO DE ANUNCIOS Y PUBLICI- DAD EXTERIOR DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS". Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la División de Servicios Urbanos y Licencia de Construcción, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto y a la Unidad de Comunicaciones su difusión. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 35501 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Amplían plazo de Beneficio de Regulari- zación Tributaria otorgado mediante Ordenanza Nº 0003-01 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000008 Puente Piedra, 30 de noviembre de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA CONSIDERANDO: Que, con Ordenanza Nº 00003 de fecha 15 de octubre del 2001, se otorgó a favor de los contribuyentes del distrito de Puente Piedra, el Beneficio de Regularización Tributaria, exonerando el interés moratorio y Multas Tributarias que afectan a los siguientes tributos munici- pales: 1.- Impuesto Predial de 1996 al 2000. 2.- Impuesto de Alcabala de 1996 al 2000. 3.- Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos de 1996 al 2000. 4.- Arbitrio de Limpieza Pública, Parques y Jardines, y Relleno Sanitario de 1996 al 2000. 5.- Arbitrio de Serenazgo de setiembre de 1996 a 1999. 6.- Tasa de Licencia de Funcionamiento Municipal de 1996 a 1999. 7.- Tasa de Licencia Municipal de Construcción, de 1996 al 2000. 8.- Multas Administrativas aplicadas hasta la fecha de vigencia de la presente Ordenanza. Que, tales beneficios fueron concedidos por el tér- mino de 45 días, los que vencieron el 30 de noviembre del 2001; Que, esta gestión edil tiene por norma favorecer la economía de la población de escasos recursos económicos, los mismos que han solicitado la ampliación de tales beneficios; Y estando a las facultades que concede la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 23853 y de acuerdo al Art. 6º de la Ordenanza Municipal Nº 0003, invocada en el considerando;DECRETA: Artículo Único.- Ampliar el Beneficio de Regularización Tributaria concedido con la Ordenanza Municipal Nº 0003-01, hasta el 31 de diciembre del 2001. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde 35506 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Cuadro Anexo de la Ordenanza que aprueba actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad CUADRO ANEXO - ORDENANZA Nº 229 (La Ordenanza de la referencia se publicó en nuestra edición del día 12 de agosto de 2001, página 208646) TABLA DE TASA POR TRAMITE INSPECCIONES OCULARES Por cada vivienda o unidad catastral de ser el caso (1era. Inspección ocular) -En AA.HH. S/. 12.00 -Asoc. o Coop. de Vivienda 40.00 -En Urbanizaciones 50.00 -Comercio doméstico 55.00 -Local comercial y servicios (hasta 150 m2) 65.00 -Local comercial y servicios (de 150 a 600 m2) 75.00 -Local comercial y servicios (de 600 a 1000 m2) 95.00 -Local comercial y servicios (más de 1000 m2) 190.00 (La segunda inspección ocular tendrá un descuento del 50%) Para Habilitaciones Urbanas - Hasta 5,000 m2 10% UIT - Más de 5,000 a 10,000 m2 20% UIT - Más de 10,000 a 50,000 m2 50% UIT - Más de 50,000 a 100,000 m2 80% UIT - Más de 100,000 m2 100% UIT CAMBIO DE USO DE EDIFICACIONES 0 a 100 m2 1% Autovalúo 100 a 300 m2 0.6% Autovalúo 300 a 500 m2 0.4% Autovalúo 500 a 1000 m2 0.3% Autovalúo 1000 a más 0.2% Autovalúo 35466 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Convocan a concurso de proyectos integrales para seleccionar a persona jurídica encargada de explotar conce- sión de plazuela RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 152-2001-ALC/MSI San Isidro, 9 de setiembre de 2001