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Pág. 213320 NORMAS LEGALES Lima, domingo 2 de diciembre de 2001 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO VISTOS, el Expediente Nº 137641 y A, B, presentado por la empresa INVERSIONES BROS S.A.C., sobre apro- bación de Iniciativa Privada para obtener la concesión de la Remodelación, Puesta en Servicio y Explotación de la Plazuela de las Flores; CONSIDERANDO: Que, con fecha 27.JUN.2000, INVERSIONES BROS S.A.C. solicita la aprobación de una Iniciativa Privada para obtener en Concesión, previo Concurso de Proyectos Integrales la "Remodelación, Puesta en Servicio y Explo- tación de la Plazuela de las Flores", ubicada en la intersec- ción de las avenidas Camino Real y Felipe Pardo y Aliaga, con un área de aproximadamente 424 m2; Que, con fechas 7.DIC.2000 y posteriormente con fecha 7.JUN.2001, INVERSIONES BROS S.A.C. refor- mula su Iniciativa Privada, siendo los lineamientos generales de la misma los siguientes: Demolición de la construcción existente y rotura de pisos en general; construcción y equipamiento de 90 m2 de área techada; vaciado de pisos, veredas y sardineles; desarrollo de catorce (14) estacionamientos vehiculares; ordenamiento vehicular y peatonal y señalización en torno a la Plazue- la; tratamiento y equipamiento urbano paisajista de la Plazuela, solucionando el problema vehicular y de esta- cionamientos, mejorando el Ornato y orden en la zona, reforzamiento de la Seguridad Ciudadana, recuperación y revalorización de un espacio urbano tradicional, sien- do el monto estimado de la inversión de US$ 75,000 (Setenta y Cinco Mil y 00/100 Dólares Americanos), con un Plazo de Ejecución de Obras de Ciento Cincuenta (150) días, por un período de Concesión de ocho (8) años y una Participación Municipal en las utilidades del 5% sobre el monto bruto de utilidades; Que, estando a lo opinado por Informe Nº 108-27-01- DOPAO-DDU/MSI, emitido por la División de Obras Pri- vadas e Informe Nº 464-01-26-DDU/MSI e Informe Nº 526-2001-11-OAJ/MSI, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Iniciativa Priva- da presentada por INVERSIONES BROS S.A.C. para la "Remodelación, Puesta en Servicio y Explotación de la Plazuela de las Flores", ubicada en la intersección de las avenidas Camino Real y Felipe Pardo y Aliaga sobre un área aproximada de Cuatrocientos Treinta y Cuatro metros cuadrados (424 m2), cuyos lineamientos genera- les comprende: Demolición de la construcción existente y rotura de pisos general; construcción y equipamiento de 90 m2 de área techada; vaciado de pisos, veredas y sardineles; desarrollo de catorce (14) estacionamientos vehiculares; ordenamiento vehicular y peatonal y seña- lización en torno a la Plazuela; tratamiento y equipa- miento urbano paisajista de la Plazuela, solucionando el problema vehicular y de estacionamientos, mejoran- do el Ornato y orden en la zona, reforzamiento de la Seguridad Ciudadana, recuperación y revalorización de un espacio urbano tradicional, siendo el monto estima- do de la inversión de US$ 75,000 (Setenta y Cinco Mil y 00/100 Dólares Americanos), con un Plazo de Ejecución de Obras de Ciento Cincuenta (150) días, por un período de Concesión de ocho (8) años y una Participación Municipal en las utilidades del 5% sobre el monto bruto de utilidades. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Concurso de Pro- yectos Integrales para seleccionar a la Persona Jurídica encargada de explotar la Concesión a que se refiere el artículo precedente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección de Desarrollo Urbano la elaboración de las Bases del respec- tivo Concurso. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GASTON BARÚA LECAROS Alcalde 35503MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Amplían alcances del D.A. Nº 008-96- DASS, que estableció horario en el cual está prohibido ejecutar obras civiles en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 03-2001-MSS Santiago de Surco, 29 de noviembre de 2001 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 008-96-DASS publicado en el Diario Oficial El Peruano el 1.MAR.96, se estableció el horario en el que se encuentra prohibido ejecutar obras civiles en general en el distrito; Que, el Principio de Control como Instrumento de Eva- luación previsto en el Artículo 4º numeral 4.8 de la Orde- nanza Nº 67-MSS - Régimen de Aplicación de Sanciones, permite la revisión y periódica actualización de las disposi- ciones municipales para su adecuación a las reales necesi- dades y expectativas de la comunidad en su conjunto; Que, de acuerdo a lo informado por la Dirección de Desarrollo Urbano, deviene en necesario modificar el horario de prohibición vigente, haciendo extensiva la misma a los días feriados, considerando que en estos días la población descansa en sus hogares, requiriendo para ello tranquilidad, la que se perturba cuando se ejecutan obras civiles que generan ruidos nocivos y/o molestos; asimismo incluir dentro de la prohibición la realización de obras públicas y las que efectúan las empresas presta- doras de servicios públicos; Estando a lo opinado por la Dirección de Desarrollo Urbano, Dirección de Fiscalización y Control y por la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Memorándum Nº 2167-2001-DDU-MSS e Informes Nºs. 168-2001-DFC-MSS y 1397-2001-OAJ-MSS respectivamente; En uso de las facultades que le confiere el numeral 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Ampliar la prohibición estableci- da en el Decreto de Alcaldía Nº 008-96-DASS a los días feriados durante las veinticuatro horas del día; asimismo, inclúyase en la prohibición, la realización de obras públi- cas y las que efectúan las empresas prestadoras de servi- cios públicos por cuenta propia o a través de contratistas. Artículo Segundo.- Encargar a las Direcciones de Desarrollo Urbano y de Fiscalización y Control el cumpli- miento del presente dispositivo. Artículo Tercero.- La presente norma entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 35507 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Aprueban Ordenanza sobre Amnistía Tributaria y Administrativa aplicable a deudores de la Municipalidad ORDENANZA Nº 079-MDS Surquillo, 30 de noviembre del 2001