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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (21/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 56

Pág. 214298 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de diciembre de 2001 bases del concurso, en la que participarán, prioritariamen- te los que se encuentren instalados con anterioridad, el puntaje Máximo será de 100 puntos, calificándose de la siguiente manera: -Si el conductor reside en Los Olivos 25 puntos -Si el conductor acredita ser persona 25 puntos con discapacidad y/o madres en es- tado de abandono. -Si el conductor acredita mayor anti- 25 puntos güedad -Si el conductor tiene carga familiar 25 puntos Segunda.- Los Módulos instalados en la actualidad se ade- cuarán en forma estricta al presente reglamento, en un plazo no mayor de 120 días calendario, después de publicado. Tercera.- El presente reglamento rige a partir de la fe- cha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Cuarta.- Dejar sin efecto el cobro por el concepto de USO DE LA VÍA PUBLICA, y todas las disposiciones mu- nicipales que se opongan o impidan la correcta aplicación del presente reglamento. Quinta.- La Municipalidad Distrital de Los Olivos apo- yará a los expendedores de Golosinas y Bebidas Gaseo- sas, en toda acción tendiente a formalizar su actividad así como promover su desarrollo. Asimismo los expendedores participarán en toda acti- vidad de capacitación, asesoramiento, cultural y otros que la Municipalidad convoque en forma obligatoria. Sexta.- Facultar al Despacho de Alcaldía para que, me- diante Decreto, establezca las disposiciones complemen- tarias, que permitan el cumplimiento de la presente Orde- nanza. 36589 Aprueban Directiva sobre normas y pro- cedimientos para la toma de inventario de bienes muebles, maquinaria, equi- po y vehículos del activo fijo de la Mu- nicipalidad ORDENANZA N° 052-2001/CDLO Los Olivos, 11 de diciembre del 2001. EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 031-2001-CMDLO/CAL de la Comisión Permanente de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, se aprobó el “Reglamento General de Procedimientos Admi- nistrativos de los Bienes de Propiedad Estatal”, en cuya Tercera Disposición Complementaria se establece que las acciones de adquisición, disposición, administración y ges- tión que realicen las municipalidades respecto de su Patri- monio se rigen por sus leyes y ORDENANZAS, y, supleto- riamente, por las normas de dicho Reglamento; Que, la Oficina de Asesoría Legal ha elaborado el pro- yecto de Directiva denominado “Normas y Procedimientos para la Toma de Inventario de Bienes Muebles, Maquina- ria, Equipo y Vehículos del Activo Fijo de la Municipalidad Distrital de Los Olivos”, el cual se halla arreglado a dere- cho siendo necesaria su aprobación vía Ordenanza; Estando a lo dictaminado por la Comisión Permanente de Asuntos Legales, con dispensa del trámite de Aproba- ción del Acta, y POR UNANIMIDAD, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 052-2001/CDLO QUE APRUEBA LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA TOMA DE INVENTARIO DE BIENES MUEBLES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS Artículo Primero.- APROBAR la Directiva denomina- da: “NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA TOMA DEINVENTARIO DE BIENES MUEBLES, MAQUINARIA, EQUIPO Y VEHÍCULOS DEL ACTIVO FIJO DE LA MUNI- CIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS”; la misma que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Oficina de Ad- ministración, el cumplimiento de lo dispuesto en la presen- te Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 36590 MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Ratifican vigencia de la Ordenanza Nº 006-99-MDSB que aprueba la Tasa por derecho de Estacionamiento Ve- hicular, para el año 2002 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2001-MDSB-A San Bartolo, 30 de noviembre del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BARTOLO POR CUANTO: El Concejo Distrital de San Bartolo en Sesión Ordinaria de fecha 30 de noviembre del 2001. CONSIDERANDO: Que, el Concejo mediante Ordenanza Nº 006-99- MDSB, aprobó la Tasa por derecho de Establecimiento Vehicular en la jurisdicción Distrital ratificada por Acuer- do Nº 009 de fecha 1 de enero del 2000 de la Municipa- lidad Metropolitana de Lima, publicadas ambas confor- me a Ley. Que, la Unidad de Rentas ha informado que no es necesario modificar la Tasa establecida por la Ordenan- za Nº 006-99-MDSB, por no haber variado la estructura de costos y los servicios a prestar, por lo que es procedente reiterar su vigencia para el verano 2002, como lo establece la Ley. Estando a lo expuesto, el Pleno del Concejo en uso de la atribución que le concede el Art. 94º de la Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de los señores regidores se aprueba la siguiente ordenanza. Artículo 1º.- Reiterar la vigencia de la Ordenanza Nº 006-99-MDSB de fecha 11 de diciembre de 1999, para el año 2002, por no variar los fundamentos que lo sustentan. Artículo 2º.- Excluir de dicha ordenanza la vía pública que rodea el Mercado Municipal e incluir la Av. José de San Martín, calle Playa Grande y Perímetro de la Discote- ca El Huayco. Artículo 3º.- Poner la presente Ordenanza en conoci- miento de los Organismos competentes. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. WILDOR PARINANGO SÁNCHEZ Alcalde 36642