Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2001 (21/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, viernes 21 de diciembre de 2001 POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que dentro de las facultades otorgadas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, dicto la Ordenanza Nº 050-MDLV que autoriza la formalizacion temporal modularizada para ciertos giros, en el distrito de La MORDAZA, asi mismo aprueba el Reglamento para la Comercializacion de los giros autorizados; Que, mediante Informe Nº 162-01-AL-DCPE/MDLV de fecha 28 de MORDAZA del 2001 de la Direccion de Comercializacion y Promocion Empresarial, se da a conocer que es necesario reglamentar algunos aspectos para la autorizacion de los modulos en via publica, y principalmente algunas definiciones de los expendedores de diarios y revistas; Que, estando a lo informado, resulta indispensable dictar las normas que permitan regular todos los aspectos para hacer factible la reubicacion y autorizacion de los comerciantes inmersos dentro de la formalizacion temporal modularizada dentro del distrito; En tal sentido, estando a lo expuesto, a lo establecido por el Inc. 5) del Articulo 132º, y Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru y las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853; SE DECRETA: Articulo Primero.- Reglamentar la Ordenanza Nº 050MDLV, en los aspectos senalados en la presente MORDAZA, siendo el ambito de aplicacion del presente Decreto de Alcaldia el distrito de La Victoria. Articulo Segundo.- El objeto del presente Decreto es permitir la comercializacion ordenada de ciertos giros, regulando los aspectos tecnicos y administrativos para la instalacion y reubicacion de modulos en la via publica, para los giros expresamente autorizados por la Ordenanza Nº 050-MDLV, Articulo Tercero.- Para efectos de la presente MORDAZA, en los casos que se mencione la Ordenanza, estara referido a la Ordenanza Nº 050-MDLV, y cuando se senale el reglamento se referira al reglamento aprobado por la Ordenanza Nº 050-MDLV. Articulo Cuarto.- Otorgar un plazo de noventa (90) dias contados a partir de la entrada en vigencia de la presente MORDAZA, para que los comerciantes de los giros autorizados, procedan a presentar sus expedientes de Autorizacion por la Unidad de Tramite Documentario, caso contrario, se autoriza a la Direccion de Comercializacion y Promocion Empresarial y a la Direccion de Seguridad Ciudadana a erradicar los modulos que se encuentren instalados en el distrito y que no hayan solicitado su autorizacion. Articulo Quinto.- Los comerciantes que deseen acogerse a la formalizacion modularizada deberan cumplir con los requisitos establecidos en el presente Articulo y previo a la instalacion del modulo deberan solicitar la correspondiente Autorizacion Municipal. 1) Solicitud dirigida al Senor MORDAZA (formato) de Autorizacion para la instalacion del modulo. 2) Recibo de pago correspondiente, el mismo que estara determinado en el MORDAZA, 3) Croquis de ubicacion 4) MORDAZA de RUC 5) MORDAZA del Documento de identidad o libreta electoral 6) Dos fotografias tamano carne 7) Declaracion Jurada de no encontrarse impedido para este MORDAZA de formalizacion y compromiso de retiro al vencimiento de la autorizacion si esta no es renovada o si existe queja fundada de vecinos. Articulo Sexto.- Se encuentran impedidos de acogerse a la Ordenanza aquellas personas que: a) Cuenten con un negocio formalmente establecido.

El Concejo Distrital de Barranco, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado determina que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso 5) del Articulo 10º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, preceptua que los Gobiernos Locales son competentes para regular el transporte colectivo, la circulacion y el MORDAZA, por lo tanto, la organizacion, administracion y reglamentacion del transporte MORDAZA e interurbano de pasajeros es un servicio publico de competencia exclusiva de las Municipalidades; Que, el inciso 3) del Articulo 69º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, establece que son funciones de las Municipalidades, en materia de transporte colectivo, circulacion y MORDAZA, otorgar permisos para el uso de vehiculos menores; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 010-98-MDB, de fecha 27 de MORDAZA de 1998, se aprobo el Reglamento de Circulacion de Vehiculos Menores en la jurisdiccion de Barranco, en el cual se ratifica la prohibicion de circulacion de Mototaxis ordenada mediante Ordenanza Nº 014-96MDB, de fecha 29 de octubre de 1996; Que, recientemente en la MORDAZA de MORDAZA, se han venido produciendo graves accidentes de MORDAZA en los que han estado involucrados Mototaxis, demostrando lo peligroso que pueden ser dichos vehiculos en MORDAZA urbana; Que, es de conocimiento publico la negativa de los conductores de estos vehiculos de contratar Seguro contra accidentes para sus pasajeros ni pagar por las autorizaciones o permisos que corresponden; y, Que, la Municipalidad de Barranco, se encuentra en una situacion economica y administrativa que no permite autorizar un servicio que no se ajusta a las normas establecidas; ha emitido la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Queda terminantemente PROHIBIDA la circulacion de MOTOTAXIS en la jurisdiccion del distrito de Barranco, a partir de la fecha de publicacion de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Los infractores a lo dispuesto en el Articulo Primero de la presente Ordenanza seran pasibles de una multa cuyo monto minimo es de 3% de la UIT y el monto MORDAZA, el 15% de la UIT. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 36644

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Establecen disposiciones reglamentarias de la Ordenanza Nº 050-MDLV, en lo relativo a la instalacion y reubicacion de modulos en la via publica
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-01-MDLV La MORDAZA, 26 de noviembre del 2001

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