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Pág. 214302 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de diciembre de 2001 Sobrecanon", "Participación en Rentas de Aduanas", "Contribuciones a Fondos" y "Recursos Directamen- te Recaudados", debe tener presente las disposi- ciones legales y administrativas para su recauda- ción, captación u obtención, así como los Factores Estacionales que incidan en ellos. •La Programación de Ingresos correspondientes a las Fuentes de Financiamiento "Operaciones Oficia- les de Crédito Interno", "Operaciones Oficiales de Crédito Externo" y "Donaciones y Transferencias", debe considerar las especificaciones operativas res- pecto a la oportunidad de los desembolsos, de acuer- do a los Contratos y/o Convenios suscritos corres- pondientes. b)Pautas para la Programación Mensual de Gastos : •La Programación Mensual de Gastos, debe per- mitir determinar la magnitud y oportunidad de las demandas de gastos del Pliego durante el año fis- cal. Dicha información es tomada en cuenta por la Dirección Nacional del Presupuesto Público, para efectos de la Asignación Trimestral ( con cargo a la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios "), así como para la autorización de los respectivos Calendarios de Compromisos. •La Programación Mensual de Gastos , efectuada de acuerdo a las proyecciones esperadas de ingresos del Pliego, determina la ejecución de las Metas Pre- supuestarias. Para dicho efecto, es importante con- siderar la información estadística y proyecciones sobre el nivel mensual de Recaudación, Captación u Obtención de los diferentes Recursos Públicos que administra el Pliego. •La Programación Mensual de Gastos debe reflejar la aplicación de una estrategia de focalización ade- cuada en cada sector, que incluya, entre otros, criterios geográficos, con el propósito de incremen- tar la productividad en el uso de los escasos re- cursos públicos, especialmente aquellos vincula- dos a la ejecución de programas de lucha contra la pobreza. •La Programación Mensual de Gastos con cargo a la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordina- rios", toma como referencia el esquema porcen- tual, aplicado al Presupuesto Institucional autori- zado en la Ley Nº 27573, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002, conforme a lo siguiente: Programación Mensual de Gastos - Año Fiscal 2002 Períodos 1º Trim 2º Trim 3º Trim 4º Trim Total Gasto Corriente 25% 25% 25% 25% 100% Gasto de Capital 22% 24% 26% 28% 100% Nota .- 1.Las Asignaciones Trimestrales y los Calendarios de Compro- misos, se sujetan a la disponibilidad de la Caja Fiscal. •El Servicio de la Deuda y la suscripción de accio- nes se sujeta al cronograma correspondiente y a los montos autorizados por el Comité de Caja. •La Programación Mensual de Gastos, debe con- templar la atención de los requerimientos de egre- sos necesarios para garantizar el funcionamiento del Pliego (gastos rígidos y todos aquellos de cum- plimiento imprescindible) por lo que se debe evitar la concentración innecesaria de gastos en el Pri- mer Mes de cada Trimestre. •La Programación Mensual de Gastos relativos al Servicio de la Deuda y Suscripción de Acciones a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, se sujeta al cronograma previsto para su atención.Fiscal, el denominado "Reporte Oficial", que contiene el desagregado del Presupuesto de Ingresos a nivel de Plie- go y el de Egresos por Unidad Ejecutora, Función, Progra- ma, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Finan- ciamiento y Grupo Genérico del Gasto. Asimismo, el cita- do "Reporte Oficial" incluye el detalle de la Estructura Fun- cional Programática de Apertura del Año Fiscal 2002. El "Reporte Oficial" constituye el documento técnico que expresa el resultado final de los trabajos de las Fa- ses de Programación y Formulación de los Presupues- tos Institucionales de Apertura (PIA). ii. El Titular del Pliego, antes de iniciado el año fiscal, aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) mediante la Resolución correspondiente, de acuerdo al Modelo Nº 01. A dicha Resolución, debe adjuntarse el "Reporte Ofi- cial" remitido por la Dirección Nacional del Presupuesto Público suscrito por el Jefe de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, en base al cual se ha aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA). iii. Se remite copia de la Resolución que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), a más tar- dar el 7 de enero de 2002, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público. A esta últi- ma, adicionalmente, debe remitirse copia del "Reporte Oficial" debidamente visado. Precisiones de gastos considerados en el Presu- puesto Institucional de Apertura (PIA) Artículo 9º.- El Presupuesto Institucional de Apertu- ra (PIA) considera la atención de los gastos previstos durante las Fases de Programación y Formulación Pre- supuestal, tales como: las cargas sociales que se gene- ren en su calidad de empleador, Sepelio y Luto, Ascen- sos, Cobertura de las Plazas que permitan las normas de austeridad (julio - diciembre 2001), y los cambios de modalidades contractuales (v.g.: de tiempo completo a tiempo parcial o viceversa), entre otros. CAPITULO IV EJECUCION DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL SECCION I: PROGRAMACION MENSUAL DEL PRE- SUPUESTO INSTITUCIONAL Pautas Técnicas para la Programación Mensual de Ingresos y Gastos Artículo 10º.- El diseño de la Programación Mensual de Ingresos y Gastos, a que se refiere el Artículo 27º de la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, Ley Nº 27209, se efectúa sobre la base de los montos aproba- dos en la Asignación Presupuestaria al Pliego, conteni- dos en la Ley Anual del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002, debiendo programarse a nivel de Fuentes de Financiamiento, Unidad Ejecutora, Fun- ción, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Com- ponente, Meta Presupuestaria, Categoría del Gasto, Gru- po Genérico de Gasto y Específica del Gasto. En tal sentido, debe considerarse lo siguiente: a)Pautas para la Programación Mensual de Ingresos: •La Programación Mensual de los Ingresos, debe permitir conocer la oportunidad y la disponibilidad mensual de los ingresos -por cada Fuente de Fi- nanciamiento- de tal forma que el Pliego pueda programar adecuadamente la utilización de los mismos. •La Programación Mensual de Ingresos correspon- dientes a las Fuentes de Financiamiento "Canon y