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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (22/12/2001)

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Pág. 214373 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de diciembre de 2001 1.- Multa por carecer de Placa y Certificado Municipal de Numeración 10% UIT. 2.- Multa por utilizar numeración no autorizada 30% UIT. Artículo Décimo.- En los casos que la Dirección de Desarrollo Urbano(con fines de reordenamiento) conside- re necesario reajustar o cambiar la numeración oficial, el canje de Certificado no tendrá ningún costo para el contri- buyente que cuente con su certificado correspondiente, para lo cual se notificará debidamente a EDELNOR, SEDAPAL, TELEFÓNICA DEL PERU S.A. y Registros Públicos. Artículo Décimo Primero.- La numeración utilizada por los contribuyentes en sus predios sin haber obtenido el Certificado Municipal correspondiente, carece de todo va- lor, dándosele solamente uso referencial. DEL CERTIFICADO DE NOMENCLATURA Artículo Décimo Segundo.- DEFINICIÓN: El Certifi- cado de Nomenclatura es el documento que acredita el nombre oficial asignado a las calles, avenidas, jirones, pa- sajes, parques, plazas, etc., del distrito de La Victoria. Artículo Décimo Tercero.- REQUISITOS Son requisitos para obtener y tramitar el Certificado de Nomenclatura: * Solicitud dirigida al Alcalde. * Formato valorado sin llenar * Pago de Derechos correspondientes Artículo Décimo Cuarto.- DEL PROCEDIMIENTO El recurrente presentará la solicitud en la Oficina de Trámite Documentario quien evaluará que se cumpla con todos los requisitos establecidos en la presente Ordenan- za, de no ser así dará un plazo de 48 horas para que sub- sane la omisión, en caso de incumplimiento se dará por no presentada dicha solicitud. Con el cumplimiento de todos los requisitos, la Oficina de Trámite Documentario derivará la solicitud a la División de Obras Privadas quien evaluará la documentación y en un plazo máximo de 30 días procederá a emitir el Certifica- do de Nomenclatura Vial correspondiente. Artículo Décimo Quinto.- DE LOS DERECHOS: Los derechos que corresponde pagar para tramitar y obtener el Certificado de Nomenclatura son: 1- Certificado de Nomenclatura S/. 60.00 Artículo Décimo Sexto.- PROPUESTAS DE NOMEN- CLATURA VIAL En los casos que las avenidas, calles, jirones, pasajes, parques y plazas etc., no cuenten con una Nomenclatura Oficial, la Municipalidad deberá proponer a la Comisión de Nomenclatura de la Municipalidad Provincial, los nombres a asignarse debiendo acompañar el referido informe sus- tentatorio y el Acuerdo de Concejo respectivo. Para tales efectos el Alcalde designará a un Regi- dor quien representará a la Municipalidad de La Victo- ria frente a esta comisión y tendrá la función de cana- lizar todas las propuestas respecto a Nomenclatura Vial del distrito. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Incorpórese al Texto Único de Procedimien- tos Administrativos, los procedimientos, requisitos y dere- chos establecidos en la presente Ordenanza. Segunda .- Incorpórese a la escala de Multas y San- ciones, las sanciones establecidas en la presente Orde- nanza. Tercera.- Incorpórese como requisito para autorizar las actividades comerciales, de servicios y/o industriales el Certificado de Numeración y Certificado de Nomencla- tura como requisito para el trámite de Zonificación. Cuarta.- Encárguese a la Dirección de Desarrollo Urbano, Dirección de Comercialización, Dirección de Seguridad Ciudadana y Dirección Municipal, el cumpli- miento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Dirección de Rentas la actualización de la Base de Datos y a la Oficina de Imagen Institucional la difusión correspondiente.Quinta.- Aprobar los formularios Certificado de Nume- ración, Constancia de Numeración, Certificado de Nomen- clatura y la Declaración Jurada de regularización de edifi- caciones que forman parte de la presente Ordenanza. Sexta.- Facúltese al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementa- rias y reglamentarias de la presente Ordenanza. Sétima.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE BONIFAZ CARMONA Alcalde 36645 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Aprueban Presupuesto de Ingresos y Gastos para el Año Fiscal 2002 ACUERDO DE CONCEJO Nº 107-MDR Rímac, 14 de diciembre del 2001 EL CONCEJO DISTRITAL DEL RIMAC, en Sesión Or- dinaria de Concejo de la fecha, bajo la Presidencia de la Teniente Alcaldesa de la Municipalidad del Rímac, Sra. ROSA OLINDA LIZA NUNTON, con la asistencia de los señores Regidores Willian Martín Castañeda Lozano, Ne- lly Beatriz Pacheco Torres, Dina Emérita Iparraguirre Cuba, Jorge Estela Valdivia, Rafael Fernando Fuentes Galindo, Iris Elizabeth Armijo Vidal, Teófilo Silva Zavaleta, Víctor Manuel Vega Neciosup, José Falcón Huamán Lazo; VISTOS, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorándum Nº 344-2001-MDR/OPP emitido por la Oficina de Planificación y Presupuesto y Memorando Nº 164-01-MDR/DM emitido por la Dirección Municipal re- ferente al Proyecto del Presupuesto Institucional de Aper- tura para el 2002; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Es- tado, concordado con el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, señala que las Municipalidades Provinciales, Distritales y Delegadas conforme a ley, son los órganos de gobierno local que emanan de la voluntad popular. Son personas de derecho público con autonomía económica y administrativa en los asuntos de su compe- tencia; Que, el Artículo 10º numeral 2 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 precisa que las Municipalida- des son competentes para votar su presupuesto; Que, mediante Resolución Directoral Nº 033-2001-EF/ 76.01, la Dirección Nacional del Presupuesto Público apro- bó la Directiva Nº 009-2001-EF/76.01 para la Programa- ción, Formulación y Aprobación de los Presupuestos Insti- tucionales de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2002; Que, luego de la revisión, análisis y correspondiente debate del proyecto de vistos, el Concejo opina por la apro- bación del mismo; Que, de conformidad con la normatividad antes glosa- da y de acuerdo a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva, y con el voto mayoritario de los miembros del Concejo; ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar el Presupuesto de Ingre- sos y Gastos del Pliego Presupuestario de la Municipali- dad Distrital del Rímac, para el Año Fiscal 2002, ascen- dente a S/. 17'562,713.00 (Diecisiete Millones Quinientos Sesentidós Mil Setecientos Trece con 00/100 Nuevos So- les. Artículo Segundo.- Autorizar al titular del pliego a pro- mulgar el referido Presupuesto mediante Resolución de Alcaldía y encargar a la Oficina de Planificación y Presu-