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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2001 (19/01/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

Pág. 197520 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de enero de 2001 que "Están exonerados de Licitación Pública y Concurso Público las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la presente Ley"; Que, el Artículo 21º de la Ley Nº 26850 establece que se considera SITUACIÓN DE URGENCIA, cuando la ausencia de un bien o servicio compromete en forma directa la continuidad de un servicio esencial; Que, se requiere contar con urgencia con el abasteci- miento de combustibles para los vehículos de propiedad de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a fin de evitar que a partir del mes de enero del año 2001 se paralicen los servicios esenciales como la seguridad ciudadana, servi- cios a la ciudad, el Proyecto especial brigada ecológica y otros de vital importancia para la comunidad; Estando a lo acordado y de conformidad a las faculta- des conferidas en la Ley Nº 23853 "Ley Orgánica de Municipalidades" Ley Nº 27209 "Ley de Gestión Presu- puestaria del Estado", Decreto Legislativo Nº 909-2000 "Ley de Presupuesto para el Sector Público 2001", Ley Nº 26850 "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do" y Decreto Supremo Nº 039-98-PCM. SE RESUELVE: 1. Declarar en situación de urgencia la adquisición de combustibles para el abastecimiento de los vehículos de propiedad de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cuya cantidad se detalla a continuación para cubrir los meses de enero y febrero del año 2001. · Gasolina de 84 Octanos =5,300 Galones · Gasolina de 90 Octanos =10,300 Galones · Petróleo Diesel - 2 =34,000 Galones 2. Autorizar a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares en coordinación con la Oficina de Mante- nimiento y Servicios Mecánicos la adquisición de los referidos combustibles, mediante el procedimiento de Adjudicación Directa de Menor Cuantía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 16568 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Establecen montos por derecho de emisión y determinación del impues- to predial y arbitrios de limpieza públi- ca, parques y jardines públicos y serenazgo ORDENANZA Nº 052-MDB Barranco, 9 de enero del 2001 LA ALCALDESA DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposición Final del Decreto Legisla- tivo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión meca- nizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pagos correspondientes, inclui- da su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial, Impuesto a la Propiedad Vehicular y de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2001; Estando a lo dispuesto por el Artículo 109º y el numeral 4) del Artículo 134º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 ha dado la siguiente:ORDENANZA Artículo 1º.- Fíjese en S/. 8.00 (Ocho y 00/100 Nuevos Soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada de actua- lización de valores, determinación del impuesto, inclu- yendo la distribución de la declaración jurada y determi- nación del Impuesto Predial del ejercicio 2001. Por cada predio adicional se abonará S/. 2.00 (Dos y 00/ 100 Nuevos Soles) por el derecho de emisión. Artículo 2º.- Fíjese en S/. 0.30 (00/30 Nuevos Soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes men- sualmente por concepto de derecho de emisión mecaniza- da de actualización de valores, determinación del tributo, incluyendo la distribución de la determinación de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públi- cos y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2001, por cada predio. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSEFINA ESTRADA DE CAPRIATA Alcaldesa 16477 Establecen fechas para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios de Lim- pieza Pública, Parques y Jardines Pú- blicos y Serenazgo DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2001-MDB Barranco, 9 de enero del 2001 LA ALCALDESA DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, la Ley de Tributación Municipal aprobada me- diante Decreto Legislativo Nº 776, regula el Impuesto Predial cuyo pago se podrá efectuar al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debién- dose pagar la primera cuota hasta el último día hábil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre; Que por otro lado, el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 49- MDB establece que los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, son de periodi- cidad mensual y que la Municipalidad Distrital de Ba- rranco determinará y recaudará dichos arbitrios por pe- ríodos trimestrales; Que el último párrafo del Artículo 29º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante De- creto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago de Impuesto Predial y Arbitrios para el ejercicio 2001; Estando a lo dispuesto por el Artículo 109º y el numeral 4) del Artículo 134º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 ha dado el siguiente: DECRETO: Artículo 1º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL. De conformidad con el Artículo 15º de la Ley de Tributación Municipal, la obligación de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2001 vence: ·Pago al contado :28 de febrero ·Pago fraccionado Primera cuota :28 de febrero Segunda cuota :31 de mayo Tercera cuota :31 de agosto Cuarta cuota :30 de noviembre