Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2001 (19/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, viernes 19 de enero de 2001

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

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Articulo 2º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y SERENAZGO. La obligacion de pago de las cuotas trimestrales de los arbitrios correspondiente al ejercicio 2001 vence: · · · · Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota : : : : 28 31 31 30 de de de de febrero MORDAZA agosto noviembre

EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS, EN SESION EXTRAORDINARIA DE LA FECHA; Y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa para crear, modificar y suprimir sus contribuciones y tasas o exonerar de ellas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 09-99-C/MC del 23-3-99, se aprueba EL MORDAZA DEL REGIMEN TRIBUTARIO DEL ARBITRIO DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y RELLENO SANITARIO para el ejercicio 1999, modificandose con Ordenanza Nº 01799-C/MC la categoria de Servicios S-5, S-6 y comercio C3 conforme al area del establecimiento; Que, mediante Ordenanza Nº 05-00-C/MC, del 1-32000, se aprueba EL MORDAZA DEL REGIMEN TRIBUTARIO DEL ARBITRIO DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y RELLENO SANITARIO para el ano 2000, disponiendose mantener para dicho periodo la vigencia del Arbitrio aprobado para el ano 1999 segun Ordenanza Nº 09-99-C/MC, y sus modificatorias, asimismo se incorpora a las Entidades Publicas y Empresas Privadas con participacion del Estado en la categoria de Uso Servicios S-1; Que, con Ordenanza Nº 010-00-C/MC, del 1-3-00, se modifica el Anexo II de la Ordenanza Nº 09-99-C/MC, con respecto a los Mercados y MORDAZA Feriales, estableciendose el Arbitrio para el ano 2000 la suma de S/. 5.00 Nuevos Soles por cada puesto, cuando el monto mensual del rango por area de terreno dividido entre el numero de puestos sea mayor a las contempladas por el mismo servicio a Comercio Menor; Que, conforme a lo MORDAZA senalado, se establece que el monto del arbitrio mensual de limpieza publica, parques y jardines, relleno sanitario, de los anos 1999 y 2000, se ha mantenido sin sufrir variacion de incremento alguna, a pesar del alza del costo efectivo del servicio, manteniendose subvencionado con otros ingresos; Que, conforme a lo establecido en el Art. 69º del D. Leg. Nº 776 "LEY DE TRIBUTACION MUNICIPAL" modificado por el Art. 1º de la Ley Nº 26725, las Tasas por Servicios Publicos o Arbitrios, se calcularan dentro del primer trimestre de cada ejercicio fiscal, en funcion del costo efectivo del servicio a prestar; Que, los reajustes que incrementen las tasas por servicios publicos o arbitrios durante el ejercicio fiscal, debido a variaciones de costo, en ningun caso pueden exceder el porcentaje de variacion del indice de precios al consumidor que para tal efecto precise el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica , en ese sentido debido a variaciones de costo del servicio, y la variacion de Indice de Precios al Consumidor acumulados por el periodo 1999 y 2000, el monto del arbitrio para el ano 2001 debera incrementarse en un 8%; Que, conforme a las recomendaciones relativas a la expedicion de normas municipales en materia tributaria, la Defensoria del Pueblo ha emitido la Resolucion Defensorial Nº 06-DP-2000 publicada el 12 de febrero del 2000, por lo que entre otras cosas senala que los Gobiernos Locales se encuentran en la obligacion de buscar la igualdad real de las personas mediante trato diferenciado en razon de causas objetivas y razonables, contemplandose en este caso exoneraciones parciales o totales al pago del arbitrio para pensionistas y para personas indigentes o en situacion precaria, los mismos que si bien han sido previstos en la Ordenanza Nº 09-99C/MC, estas deben guardar relacion con las recomendaciones senaladas; De conformidad con lo dispuesto en los Incs. 3) y 4) del Art. 10º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, el pleno del Concejo por unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Apruebese EL MORDAZA DEL REGIMEN TRIBUTARIO DEL ARBITRIO DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y RELLENO SANITARIO para el periodo 2001, conforme al arbitrio fijado en la Ordenanza Nº 09-99-C/MC y modi-

DISPOSICION FINAL Articulo Primero.- Facultese a la Oficina de Administracion Tributaria a regular el procedimiento de la presente norma. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Oficina de Administracion Tributaria y Oficina de Administracion y Finanzas. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 16478

Establecen monto minimo del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fiscal 2001
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2001-MDB Barranco, 9 de enero del 2001 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 13º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, las municipalidades estan facultadas para establecer un monto minimo a pagar por concepto del Impuesto Predial equivalente al cero con 60/ 100 por ciento (0.6%) de la UIT vigente al 1 de enero del ano a que corresponde el impuesto; Que, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero del ejercicio fiscal 2001 ha sido establecido en Tres Mil y 00/100 nuevos soles (S/. 3,000.00); En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Establecer en la jurisdiccion distrital de Barranco, que el importe minimo a pagar por concepto del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fiscal 2001 es de dieciocho y 00/100 nuevos soles (S/. 18.00). Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Administracion Tributaria y a la Unidad de Informatica el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 16479

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban Regimen Tributario de arbitrios de limpieza publica, parques y jardines publicos y relleno sanitario para el periodo 2001
ORDENANZA Nº 028-2000-C/MC Comas, 29 de diciembre de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS

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