Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2001 (20/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, sabado 20 de enero de 2001

NORMAS LEGALES
Clasificacion de largo plazo: SPP AAA AA+ AA AAA+ A ABBB+ BBB Standard & Poor's AAA AA+ AA AAA+ A ABBB+ BBB Moody's Aaa Aa1 Aa2 Aa3 A1 A2 A3 Baa1 Baa2

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Fitch AAA AA+ AA AAA+ A ABBB+ BBB Thompson Bank Watch AAA AA+ AA AAA+ A ABBB+ BBB

En todo caso, en la oportunidad correspondiente, las AFP podran solicitar ante la Superintendencia la evaluacion necesaria para la inclusion de nuevos valores dentro de la relacion a que se hace referencia en el parrafo precedente. No obstante, se encuentra autorizada la inversion en las acciones, valores representativos de derechos sobre acciones en deposito inscritos en Bolsa de Valores y certificados de suscripcion preferente que no cumplan los requerimientos senalados anteriormente, siempre que los indicados valores MORDAZA debidamente clasificados por riesgo. Asimismo, se encuentra autorizada la inversion en los valores representativos de derechos sobre acciones en deposito inscritos en Bolsa de Valores en los casos en que estos valores representen derechos sobre acciones que cumplen con los parametros establecidos en el presente articulo. Cuando los indicados valores representativos de derechos sobre acciones MORDAZA emitidos en el extranjero la correspondiente negociacion debera realizarse de acuerdo a los procedimientos previstos en el Reglamento para la Inversion de los Fondos de Pensiones en el Exterior. En caso que un instrumento deje de cumplir con los requisitos previstos en el presente articulo, o deje de estar clasificado por riesgo, segun sea el caso, las AFP deberan constituir para los mismos un Encaje equivalente a la tasa aplicable a los instrumentos clasificados en la categoria E, la misma que se mantendra vigente mientras perdure dicha situacion. Adicionalmente, de no cumplirse con los requisitos establecidos, las AFP deberan vender las respectivas tenencias del instrumento en el plazo que fije la Superintendencia en cada caso, contado a partir de la siguiente publicacion a que se refiere el presente articulo, siempre que en la misma no aparezca incluido el correspondiente instrumento. Asimismo, tratandose de instrumentos que dejen de estar clasificados por riesgo, las AFP deberan vender dichos valores en el plazo que senale la Superintendencia en cada caso, contado a partir del vencimiento del MORDAZA trimestre de no actualizacion de la clasificacion de riesgo. Instrumentos elegibles Articulo 31º.- Las AFP podran invertir los recursos de las Carteras Administradas en los instrumentos de inversion representativos de activos titulizados a que se refiere el Articulo 314º de la Ley del MORDAZA de Valores, que se constituyan a partir de fideicomisos de titulizacion, conforme al Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos aprobado por CONASEV. Las inversiones realizadas por las AFP con recursos de las Carteras Administradas en instrumentos representativos de activos titulizados que provengan de patrimonios autonomos conformados por activos que pueden ser adquiridos directamente con dichos recursos, seran consideradas dentro de los limites maximos autorizados para la inversion en los activos que constituyen el patrimonio autonomo. Sin perjuicio de ello, las tenencias de las Carteras Administradas en estos instrumentos no podran exceder en ningun caso los limites maximos para la inversion en instrumentos representativos de activos titulizados." Articulo Segundo.- Dejar sin efecto lo establecido por la Setima Disposicion Final y Transitoria del Titulo VI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, referido a Inversiones, aprobado por Resolucion Nº 052-98-EF/SAFP. Articulo Tercero.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, con excepcion de la modificacion dispuesta en el Articulo 31º de la Resolucion Nº 052-98-EF/ SAFP, que entrara en vigencia el 1 de MORDAZA del 2001. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros ANEXO Nº VIII EQUIVALENCIAS DE CLASIFICACION DE RIESGO CREDITICIO Para efectos de lo establecido en el presente Titulo se tendra en cuenta las siguientes equivalencias:

Clasificacion de corto plazo: SPP S-1 S-2 S-3 16661 Standard & Poor's A-1 A-2 A-3 Moody's P-1 P-2 P-3 Fitch F-1 F-2 F-3 Thompson Bank Watch TBW-1 TBW-2 TBW-3

COMISION DE TARIFAS DE ENERGIA
Fijan clasificacion de los Sistemas Electricos Puquina-Omate-Ubinas, Atalaya, MORDAZA MORDAZA e Incuyo
RESOLUCION DE LA COMISION DE TARIFAS DE ENERGIA Nº 001-2001 P/CTE MORDAZA, 17 de enero de 2001 LA COMISION DE TARIFAS DE ENERGIA Vistos los Informes SED/CTE Nºs. 02, 03, 04 y 05-2001 elaborados por la Division de Distribucion Electrica de la Secretaria Ejecutiva de la Comision de Tarifas de Energia (CTE) y el Informe AL-DC-001-2001 de la Asesoria Legal; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y sus modificatorias, lo dispuesto en la Resolucion Directoral Nº 101-97-EM/DGE y lo senalado en el Articulo MORDAZA de la Resolucion Nº 022-97 P/CTE; y, CONSIDERANDO: Que, las Empresas de Distribucion Electrica Electrosur S.A., Electro Ucayali S.A y Electro Sur Medio S.A.A., mediante Oficios G-01396-2000, G-1076-2000, GG-15852000 y GG-890-2000 solicitaron la evaluacion y clasificacion de los Sistemas Electricos Puquina-Omate-Ubinas, Atalaya, MORDAZA MORDAZA e Incuyo respectivamente, para lo cual remitieron la informacion correspondiente, la misma que fue revisada por la CTE; Que, para el calculo de las tarifas aplicables a los clientes finales del sector tipico 3 se requiere establecer los factores de expansion de perdidas para Electro Ucayali S.A.; Estando a lo acordado por su Consejo Directivo en su Sesion Nº 001-2001 de fecha 17 de enero de 2001; RESUELVE: Articulo Primero.- Fijese la clasificacion de los siguientes Sistemas Electricos: Empresa Electrosur S.A. Electro Ucayali S.A. Electro Ucayali S.A. Electro Sur Medio S.A.A. Sistema Electrico Puquina-Omate-Ubinas Atalaya MORDAZA MORDAZA Incuyo Sector tipico 4 2 3 4

Articulo Segundo.- Fijese los Factores de Expansion de Perdidas para el Sector Tipico 3 de la Concesionaria de Distribucion Electro Ucayali S.A. aplicables hasta el 31/ 10/2001:

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