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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2001 (14/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 206713 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de julio de 2001 Autorizan a procurador iniciar las acciones correspondientes contra pre- suntos responsables de la comisión de delitos contra la fe pública y la administración pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 333-2001-ED Lima, 11 de julio de 2001 Vistos, el Oficio Nº 516-2001-PP/ED del Procurador Público del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, Expediente Nº 19561-2001 y demás documentos que se acompañan; CONSIDERANDO: Que, el Organo de Auditoría Interna de la Dirección Regional de Educación de Piura, ha emitido el Informe Especial Legal Nº 008-2001-CTAR-PIURA-DREP-OAI- OAJ, de fecha 20 de abril de 2000, del cual se desprende que don MINER ROGER DIAZ LLANOS, con el objeto de tramitar la documentación correspondiente a los estudios realizados por su hija Erlita Maribel Díaz Calle, presentó ante el Organo Desconcentrado citado, el Certificado Oficial de Estudios de la Serie K, con Nº 536099, que se presume es falso; Que, los referidos hechos denotan la existencia de indicios razonables de la comisión del delito contra la Fe Pública en la modalidad de Falsificación de Documen- tos en General en agravio del Estado, previsto y penado por el Artículo 428º del Código Penal; Que, de acuerdo a lo establecido en la Norma de Auditoría Gubernamental - NAGU 4.50, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 162-95-CG, susti- tuida por Resolución de Contraloría Nº 259-2000-CG, cuando en la ejecución de la acción de control se evidencien indicios razonables de comisión de delito, la Comisión Auditora, en cautela de los intereses del Estado, sin perjuicio de la continuidad de la respecti- va acción de control, emitirá con la celeridad del caso, un informe especial con el debido sustento técnico y legal, para que se efectúen las acciones pertinentes en forma inmediata en las instancias correspondien- tes; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso f) del Artículo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, son atribuciones del Sistema, considerar que los informes y/o dictámenes resultado de una acción de control emitido por cualquier órgano del Sistema constituyen prueba preconstituida para la iniciación de las acciones administrativas y/o legales a que hubiera lugar; Que, en consecuencia es pertinente autorizar al Procurador Público del Estado encargado de los Asun- tos Judiciales del Ministerio de Educación, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con el Artículo 47º de la Constitu- ción Política del Perú y lo dispuesto en el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR al Procurador Público del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, para que inicie las acciones judiciales correspondientes contra don MINER ROGER DIAZ LLANOS y los que resulten responsables, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Reso- lución. Artículo 2º.- REMITIR a la Procuraduría Pública los antecedentes de la presente Resolución, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese y comuníquese. MARCIAL RUBIO CORREA Ministro de Educación 27045 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 335-2001-ED Lima, 11 de julio de 2001 Vistos, el Oficio Nº 599-2001-PP/ED del Procurador Público del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, Expediente Nº 21762-2001 y demás documentos que se acompañan; CONSIDERANDO: Que, como consecuencia del Examen Especial practi- cado al Area de Administración de la Unidad de Servicios Educativos Nº 16 - Barranca, del período enero a julio de 2000, la Oficina de Auditoría Interna del Organo Descon- centrado citado, ha emitido el Informe Nº 0114-00/J(E)- OAI-USE 16-BCA y el Informe Especial Legal Nº 001-2001- AL-USE-16-BCA, mediante los cuales se desprende que don ARTURO PACORA CORREA y otros, habrían incurri- do en presunto delito contra la Administración Pública en agravio del Estado, por los hechos que expone; Que, de acuerdo a lo establecido en la Norma de Auditoría Gubernamental - NAGU 4.50, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 162-95-CG, sustituida por Resolución de Contraloría Nº 259-2000-CG, cuando en la ejecución de la acción de control se evidencien indi- cios razonables de comisión de delito, la Comisión Auditora, en cautela de los intereses del Estado, sin perjuicio de la continuidad de la respectiva acción de control, emitirá con la celeridad del caso, un informe especial con el debido sustento técnico y legal, para que se efectúen las acciones pertinentes en forma inmedia- ta en las instancias correspondientes; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso f) del Artículo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, son atribuciones del Sistema, considerar que los informes y/o dictámenes resultado de una acción de control emitido por cualquier órgano del Sistema constituyen prueba preconstituida para la iniciación de las acciones administrativas y/o legales a que hubiera lugar; Que, en consecuencia es pertinente autorizar al Procurador Público del Estado encargado de los Asun- tos Judiciales del Ministerio de Educación, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con el Artículo 47º de la Constitu- ción Política del Perú y lo dispuesto en el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR al Procurador Público del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, para que inicie las acciones judiciales correspondientes contra don ARTURO PA- CORA CORREA y los que resulten responsables, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Reso- lución. Artículo 2º.- REMITIR a la Procuraduría Pública los antecedentes de la presente Resolución, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese y comuníquese. MARCIAL RUBIO CORREA Ministro de Educación 27047 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 336-2001-ED Lima, 11 de julio de 2001 Vistos, el Oficio Nº 538-2001-PP/ED del Procurador Público del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, Expediente Nº 20460-2001 y demás documentos que se acompañan; CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Auditoría Interna de la Dirección Regional de Educación de Ayacucho, ha emitido la Hoja