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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2001 (14/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 28

Pág. 206730 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de julio de 2001 Que, a efecto de dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución Nº 506-2001-JNE, es necesario establecer una fecha límite de admisión de solicitudes de revocato- ria, de modo que se pueda concluir el procedimiento de verificación del cumplimiento de los requisitos forma- les exigidos para la procedencia de las mismas antes del viernes 3 de agosto del 2001; De conformidad a lo prescrito en el Artículo 5º de la Ley Nº 26487; y, en uso de las atribuciones seña- ladas en el Artículo 182º de la Constitución Política del Perú; RESUELVE: Artículo Primero.- Comunicar a los ciudadanos promotores de iniciativas de revocatorias, que la Oficina Nacional de Procesos Electorales admitirá a trámite las iniciativas de revocatoria del mandato de autoridades municipales hasta el veinticuatro de julio próximo, las que se remitirán al Jurado Nacio- nal de Elecciones, en el plazo señalado en la Resolu- ción Nº 506-2001-JNE. Artículo Segundo.- De conformidad con el Artícu- lo 10º de la Ley Nº 26300, depurada la relación de adherentes y no alcanzado el número necesario, los promotores tendrán un plazo adicional para subsanar, siempre que no exceda de la fecha establecida en el artículo anterior. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO TUESTA SOLDEVILLA Jefe 27139 S B S Autorizan viaje de funcionarios a Boli- via para participar en reuniones con- vocadas por la Asociación Internacio- nal de Organismos Supervisores de Fondos de Pensiones RESOLUCIÓN SBS Nº 530-2001 Lima, 13 de julio de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La convocatoria de la Asociación Internacional de Organismos Supervisores de Fondos de Pensiones - AIOS cursada a esta Superintendencia con el fin de participar en las reuniones de las comisiones técnicas de inversiones, prestaciones, estadísticas y control que se llevarán a cabo el 17 y 18 de julio de 2001, en la ciudad de La Paz, Bolivia; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca y Seguros en su calidad de miembro de la Asociación Internacional de Organismos Supervisores de Fondos de Pensiones - AIOS debe presentar, además de participar en las sesiones de trabajo de las diferentes comisiones técni- cas, los documentos relacionados con los procesos de traspasos en los sistemas reformados, una ayuda me- moria sobre el tratamiento tributario del sistema pre- visional en el Perú, el cuestionario sobre la valuación de activos ilíquidos y el formulario sobre las pautas y recomendaciones para el control interno de las admi- nistradoras de fondos de pensiones para el caso perua- no; Que, se ha considerado conveniente, designar a los señores Elio Sánchez Chávez, Jefe de la Unidad de Coordi- nación y Héctor Cusman Veramendi, Intendente del De-partamento de Control de Prestaciones de la Superinten- dencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para que en representación de esta Superinten- dencia participen en las referidas reuniones; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios, cuyos gastos serán cubiertos con recursos del presupuesto de la Superintendencia de Ban- ca y Seguros correspondiente al ejercicio 2001; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Siste- ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM modificado con Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Elio Sánchez Chávez, Jefe de la Unidad de Coordinación y Héctor Cusman Veramendi, Intendente del Departamento de Control de Prestaciones de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, a la ciudad de La Paz, Bolivia, del 16 al 19 de julio de 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 726,88 Viáticos 1 200,00 Tarifa CORPAC 50,00 Artículo Tercero.- La presente Resolución no otor- ga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 27150 ADUANAS FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 000-ADF/2001-000169 Mediante Oficio Nº 767-2001-ADUANAS/SG, la Su- perintendencia Nacional de Aduanas solicita se publi- que Fe de Erratas de la Resolución de Intendencia Nacional Nº 000-ADF/2001-000169, publicada en nues- tra edición del día 11 de julio de 2001. Página 206568 DICE: Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 16 de julio del 2001. DEBE DECIR: Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 16 de agosto del 2001. Página 206569 INSTRUCTIVO DE FICHAS INFORMATIVAS ELECTRONICAS DICE: IV . DESCRIPCION -- Literal B : numeral 1) 1. VALOR