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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2001 (26/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 77

Pág. 207571 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de julio de 2001 Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera y, con la opinión de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 24º y 43º inciso c) numeral 1) del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; el numeral 18.1 del Artículo 18º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE; el Decreto de Urgencia Nº 014-2001-PE y el procedimiento 13 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 007- 2000-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a JADRAN S.A. autorización de incremento de flota para la construcción de una embarcación pesquera de 294.6 m3 de volumen de bode- ga, equipada con redes de cerco de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 ½ pulgadas (38 mm.) de longitud mínima de abertura de malla, para la extracción de los recursos hidrobiológi- cos anchoveta y sardina, para consumo humano indirec- to. Artículo 2º.- La autorización otorgada por el artículo precedente tendrá una vigencia improrrogable de diecio- cho (18) meses contados a partir de la vigencia de la presente resolución, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca, debiendo dentro del plazo improrrogable de tres (3) meses contados a partir de la fecha del vencimiento de dicha autorización, proceder a solicitar el respectivo permiso de pesca, bajo sanción de caducidad de pleno derecho de tal autorización, sin que sea necesario para ello el pronunciamiento o la notificación por parte del Ministerio de Pesquería. Asimismo, será causal de cadu- cidad de la autorización otorgada que la embarcación exceda el volumen autorizado o sea construida con carac- terísticas diferentes a una embarcación tipo arrastrera. Artículo 3º.- Cumplido el plazo otorgado para ejecu- tar la referida autorización de incremento de flota la empresa JADRAN S.A. deberá solicitar a la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero la inspección técnica a que se hace referencia en el requisito Nº 5 del procedimiento Nº 13 del Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 007-2000-PE. Artículo 4º.- Dejar sin efecto el permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 490-95-PE, mo- dificada por Resolución Directoral Nº 268-2000-PE, para operar la embarcación "JADRAN II" ( ex DOÑA DOMIN- GA) con matrícula Nº CE-11101-PM y excluir a la citada embarcación de los Anexos I y III de las Resoluciones Ministeriales Nº 100-2001-PE y Nº 101-2001-PE. Artículo 5º.- Incluir la presente autorización de incremento de flota en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 100-2001-PE. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guar- dacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Liber- tad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 27924 Modifican resolución y aprueban cam- bio de titular de permiso de pesca para operar embarcación de bandera na- cional RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 148-2001-PE/DNEPP Lima, 23 de julio del 2001 Visto el Expediente de Registro Nº CE-00518002, con escritos del 13 de diciembre del 2000, 10 de enero, 16 defebrero, 8 y 22 de marzo, 27 de abril y 24 de mayo del 2001, presentados por PESQUERA G & D E.I.R.Ltda. CONSIDERANDO: Que el Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, dispone que la transferencia de la propiedad o posesión de la embarcación pesquera durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que por Resolución Ministerial Nº 662-97-PE del 29 de octubre de 1997, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado a la empresa Pesquera M & C S.R.Ltda para operar la embarcación denominada "DOÑA CHE- LA" con matrícula Nº CE-0264-CM de 110.84 m3 de volumen de bodega, para dedicarse a la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras y utilizan- do redes de cerco con longitud mínima de malla de 1/2 pulgada (13 mm); Que por Resolución Directoral Nº 349-98-PE/DNE de fecha 25 de noviembre de 1998, se autorizó el cambio de titular del permiso de pesca citado en el considerando anterior, a favor de Rogelio Chunque Gonzales, para operar la embarcación pesquera denominada "DOÑA CHELA" con matrícula Nº CE-0264-PM, en los mismos términos en que fue otorgado; Que a través de los escritos del visto, la empresa PESQUERA G & D E.I.R.L. solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante la Resolución Ministerial Nº 662-97-PE y la Resolución Directoral Nº 349-98-PE/DNE, así como el cambio de denominación de la referida embarcación pesquera "DOÑA CHELA" por la de "G & D"; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la recu- rrente ha cumplido con presentar los requisitos estable- cidos en el procedimiento Nº 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE, así como los exigidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 020-2001-PE, por lo que resulta procedente apro- bar el cambio de titular del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera mediante Informe Nº 183 -2001-PE/ DNEPP-Dap y, con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas a través del Artículo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 071-2001-PE, 100-2001- PE y 101-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Ministerial Nº 662-97-PE y la Resolución Directoral Nº 349-98- PE/DNE, en cuanto al nombre de la embarcación pesquera "DOÑA CHELA", estableciendo como nue- va denominación la de "G & D", con matrícula Nº CE- 0264-PM. Artículo 2º.- Aprobar el cambio del titular del permi- so de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 622- 97-PE y Resolución Directoral Nº 349-98-PE/DNE, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada "G & D" con matrícula Nº CE-0264-PM, a favor de PESQUERA G & D E.I.R.L, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del per- miso de pesca otorgado a Rogelio Chunque Gonzales, a través de la Resolución Directoral Nº 349-98-PE/DNE, para operar la embarcación pesquera denominada "DOÑA CHELA" con matrícula Nº CE-0264-PM. Artículo 4º.- Incorporar a la empresa PESQUERA G & D E.I.R.L como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera denominada "G & D" con matrícula CE-0264-PM, así como la presente Resolución, al literal A) del anexo 1 de la Resolución Ministerial Nº100-2001-PE y al anexo III de la Resolu- ción Ministerial Nº 101-2001-PE, excluyendo al señor Rogelio Chunque Gonzales y a la Resolución Directoral Nº 349-98-PE/DNE, de dichos anexos.