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Pág. 207897 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de julio de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud de prórroga del plazo para la enajena- ción de los bienes que forman parte del Anexo de la presente resolución recibidos o adjudicados en cobro de acreencias, presentada por el Banco Santander Cen- tral Hispano - Perú, conforme a lo previsto por el Artículo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgáni- ca de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 215º de la Ley General establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraí- da previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empre- sa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta Superin- tendencia por una sola vez y por un máximo de seis (6) meses; Que, los numerales 4 y 6 de la Circular Nº B-2075-2000 señalan que las solicitudes para prórroga del plazo esta- blecido en el Artículo 215º de la Ley General, deberán ser presentadas con una anticipación de, por lo menos, quince (15 días) antes de su vencimiento, caso contrario será rechazada la solicitud; Que, el numeral 6 de la mencionada circular establece adicionalmente que, para el caso de bienes inmuebles, deberá adjuntarse a la solicitud de prórroga una valuación del bien efectuada por un perito inscrito en el Registro de Peritos Valuadores (REPEV), caso contrario será rechaza- da la solicitud; Que, los numerales 5 y 6 de la mencionada circular establecen la constitución de provisiones equivalentes al 20 por ciento del valor de adjudicación o recuperación de los bienes, en calidad de provisiones por bienes adjudicados o recuperados, y de provisiones adicionales, con requerimientos diferentes para bienes muebles e inmuebles; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "D" mediante Informe Nº DESF "D"-57-OT-2001 y a lo opinado por la Superinten- dencia Adjunta de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delega- da mediante Resolución SBS Nº 807-99; RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215º de la Ley General, para que el Banco Santander Central Hispano - Perú proceda a la enajenación de los bienes señalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Banco Santander Central Hispano - Perú deberá proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B-2075-2000, debiendo constituir las corres- pondientes provisiones con cargo a resultados. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca ANEXO BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGA- CIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRÓRROGA PARA SU VENTA Tipo de Descripción/ UbicaciónFecha Valor Prórroga Bien de en de Adjudi- Libros Tenencia cación (En Nuevos Soles) Inmueble Av. Arequipa Nº 3595, San Isidro-Lima 2000.7.31 658.424,02 2002.1.31 Inmueble Calle Grande 223, Yanahuara - Arequipa 2000.7.31 80.380,70 2002.1.31Tipo de Descripción/ UbicaciónFecha Valor Prórroga Bien de en de Adjudi- Libros Tenencia cación (En Nuevos Soles) Inmueble Av. Olazabal Zona A Lote 8, Santa Rita 2000.7.31 36.419,90 2002.1.31 de Siguas - Arequipa Inmueble PPJJ Ciudad Blanca III Etapa Zona D 2000.7.31 38.278,49 2002.1.31 Mz E Lote 4, Paucarpata - Arequipa Inmueble Jr. Miguel Iglesias 150 Urb. Sta. María 2000.7.31 17.382,10 2002.1.31 C-10A Juliaca Inmueble Jr. Australia Nº 319-321 Urb. Bellavista 2000.7.31 38.805,35 2002.1.31 III - Juliaca Inmueble Asoc. Granja Villa del Sur Mz H Lote 5, 2000.7.31 2.662,55 2002.1.31 Socabaya - Arequipa Inmueble Calle San Juan de Dios N. Piérola 2000.7.31 13.950,75 2002.1.31 II Etapa Departamento 2 Flat A-4, Cercado Arequipa Inmueble Urb. Villa Eléctrica Mz. F Lote 4 JL 2000.7.31 80.317,16 2002.1.31 Bustamante - Arequipa Inmueble Urb. Magisterial Lote 25 4to. Piso 2000.7.31 59.440,73 2002.1.31 Block B, Arequipa Inmueble Av. Colonial Nº 1013 Cercado Lima 2000.7.31 3.860.735,85 2002.1.31 Inmueble Puente Bolívar 230-A Dpto., 2 Sachaca - 2000.7.31 31.657,97 2002.1.31 Arequipa 28026 Aprueban circular sobre presentación del Anexo Nº 14 "Obligaciones con el Exterior" CIRCULAR Nº B-2095-2001 Lima, 24 de julio de 2001 CIRCULAR B -2095 - 2001 F -0434 - 2001 CM - 0281 - 2001 CR - 0150 - 2001 EDPYME - 0084 - 2001 ———————————————— Ref. : Modificaciones al Anexo Nº14: Obli- gaciones con el Exterior ———————————————— Señor Gerente General: Sírvase tomar conocimiento que en uso de las atribu- ciones conferidas por el numeral 13 del Artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus normas modificatorias, en adelante Ley General, y para una adecuada supervisión de las obligaciones que mantienen las empresas del siste- ma financiero con entidades del exterior, esta Superinten- dencia dispone lo siguiente: 1. Alcance La presente norma es de aplicación a las empresas de operaciones múltiples comprendidas en el literal A del Artículo 16º de la Ley General, en adelante empresas. 2. Presentación del Anexo Nº 14 “Obligaciones con el Exterior” Las empresas deberán presentar mensualmente a esta Superintendencia, dentro de los quince (15) días calenda- rio posteriores al cierre de cada mes, el Anexo Nº 14 “Obligaciones con el Exterior” por medios impresos y vía el Submódulo de Captura y Validación Externa (SUCA- VE), según el formato adjunto a la presente norma. 3. Vigencia La presente Circular entra en vigencia a partir de la información correspondiente al mes de agosto del 2001, fecha a partir de la cual quedará sin efecto el Oficio Circular Nº 1720-98 del 6 de marzo de 1998. Atentamente, LUIS CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros