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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2001 (28/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 100

Pág. 207882 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de julio de 2001 Inician procedimiento disciplinario a servidores del Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 142-2001-MTC/15.02 Lima, 26 de junio del 2001 VISTO: el Expediente Nº 017-2000 y el Informe Nº 031- 2001-MTC/CPPAD de la Comisión Permanente de Proce- sos Administrativos Disciplinarios; CONSIDERANDO: Que, la Inspectoría General del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción en aten- ción a lo solicitado por el Director Ejecutivo del Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras - SINMAC, ha efectuado el Examen Selectivo de los Servicios de Maqui- naria y Equipo contratados a Terceros y su Utilización en la Rehabilitación de Carreteras de los Proyectos: Circuito Turístico Paracas - Tramo "La Guanera-La Puntilla" y Vía Los Libertadores - Tramo "San Clemente-Puente Choclo- cocha", período octubre 1998 a diciembre 1999, emitiendo el Informe Especial Legal Nº 01-2000-MTC/15.08, eviden- ciándose la comisión de graves irregularidades en la que estarían incursos servidores del Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras; Que la Comisión Permanente de Procesos Administra- tivos Disciplinarios, se ha pronunciado por la procedencia de instaurarles proceso administrativo disciplinario al estar incursos en presuntas faltas disciplinarias contem- pladas en los incisos a), f) y h) del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, según los términos del Informe Nº 031- 2001-MTC/CPPAD que se incorpora a la presente Resolu- ción en aplicación del Artículo 85º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02- 94-JUS; De conformidad con el Artículo 167º de Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en uso de las facultades delegadas por Resolución Ministerial Nº 464- 98-MTC/15.01 de fecha 3 de noviembre de 1998; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Instaurar proceso administrativo disci- plinario a los siguientes servidores del Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras: Enrique Manrique Vás- quez, José Aguilar Rojas, Eloy Rodríguez Rojas, Félix Arias Melo, Henry Still Coll Cárdenas, Edgardo Arias Melo, Adrián Zoni Retamozo y Nilo Ghiglino Villón. Artículo 2º.- Notificar a los servidores procesados de acuerdo a Ley. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución al Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras - SINMAC, a la Inspectoría General del MTC y a la Oficina General de Personal. Regístrese y comuníquese. JULIO MELGAR SALMON Viceministro de Transportes 28006 Otorgan autorización y permiso de instalación a empresas para operar estaciones transmisoras del servicio de radiodifusión sonora comercial RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 509-2001-MTC/15.03 Lima, 18 de julio de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la empresa RADIO AUSTRAL E.I.R.LTDA., para que se le otorgue autoriza- ción para establecer una estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modula-da (FM), en el distrito y provincia de Camaná, departa- mento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión se requiere de autorización y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción; Que, los Artículos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, estable- cen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servi- cio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomuni- cación; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, señalan que para obtener auto- rización para prestar servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el Artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autori- zación para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos, si antes no se obtiene la correspondiente aproba- ción del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción; Que, mediante Informes Nºs. 248-2001-MTC/ 15.19.03.2 y 297-2001-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Aseso- ría Técnica de la Dirección General de Telecomuni- caciones, respectivamente, señalan que la solicitud for- mulada por la empresa RADIO AUSTRAL E.I.R.LTDA. cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorización y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013- 93-TCC; 06-94-TCC y sus modificatorias y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Tele- comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa RADIO AUSTRAL E.I.R.LTDA., autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instala- ción y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación transmisora del servicio de radiodifu- sión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Camaná, departamen- to de Arequipa, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :92.5 MHz Indicativo :OAR-6Z Potencia :100 w. Emisión :256F8E. Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta transmisora :Jr. Sebastián Barranca Nº 303 - tercer piso, dis- trito y provincia de Ca- maná, departamento de Arequipa Coordenadas: L.O. 72° 42' 41.7" L.S. 16° 37' 26.7" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.