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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (07/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 67

Pág. 204081 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de junio de 2001 Clasificación Institucional: Jefatura de Gestión 01 Gobierno y Gerencia Municipal Unidad Ejecutora 05 Oficina General de Planificación Centro de Costo 1700 Oficina General de Planificación Actividad 1049 Gestionar el Financiamiento de "Proyectos con Cooperación Técnica Internacional" Tarea 1 Elaborar Perfiles de Proyectos Clasificación Funcional Programática: Función 2 Gerencia Municipal Programa 06 Dirección de la Gestión Municipal Subprograma 024 Cooperación Técnica Clasificación Específica del Gasto: 5.3.11.20 Viáticos y Asignaciones US$ 800.00 5.3.11.32 Pasajes y Gastos de Transporte US$ 854.20 Fuente de Financiamiento: 09 Recursos Directamente Recaudados 4.- Encargar a la Oficina General de Finanzas - Direc- ción de Tesorería, el cumplimiento de la presente Resolu- ción. 5.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía ANEXO A LA R.A. Nº 15901 VIAJE A MONTEVIDEO - URUGUAY Sra. HAYDE SOSA ROJAS Del 29/5/01 al 2/6/01 A)VIÁTICOS (Alimentos y Alojamiento) US$ Del 29/5/01 al 2/6/01 29/5/01 = $ 100.00 30/5/01 = $ 200.00 31/5/01 = $ 200.00 1/6/01 = $ 200.00 2/6/01 = $ 100.00 800.00 B)PASAJES AEREOS: Lima - Montevideo - Lima 829.20 C)IMPUESTO SALIDA Y RETORNO EXTERIOR: 25.00 TOTAL US$ 1,654.20 24722 Disponen empadronamiento de perso- nas jurídicas y vehículos que prestan servicio de transporte público de pa- sajeros no autorizados por la Direc- ción Municipal de Transporte Urbano de la MML RESOLUCIÓN DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 0111-01-MML/DMTU Lima, 25 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que, el inciso 5) del Artículo 10º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades - preceptúa que los gobiernos locales son competentes para regular el transporte colecti- vo, la circulación y el tránsito; Que, en este sentido esta Dirección Municipal conside- ra conveniente contar con una información actualizada de las Personas Jurídicas que prestan servicio de transportepúblico de pasajeros no autorizados por la Dirección Muni- cipal de Transporte Urbano, así como de los vehículos que pertenecen a la flota de dichas personas jurídicas, por lo que es conveniente disponer un empadronamiento de los mismos sin que con ello implique reconocimiento de inde- bidas autorizaciones otorgadas por otras Municipalidades Provinciales, ni constituye autorización para prestar servi- cio de transporte público de pasajeros, ni otorgamiento de registro alguno en la Municipalidad Metropolitana de Lima; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 23853, Ley Orgá- nica de Municipalidades y demás normas legales vigentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer desde el 1 al 30 de junio del 2001 el empadronamiento de las Personas Jurídicas que prestan servicio de transporte público de pasajeros no autorizadas por la Dirección Municipal de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, así como de los propietarios cuyos vehículos se encuentren habilitados como parte de la flota de dichas personas jurídicas, el mismo que se realizará con el formato y programa informático elaborados por esta Dirección Muni- cipal. Artículo Segundo.- Queda establecido que el empa- dronamiento a que se refiere el artículo anterior no implica reconocimiento a las personas jurídicas de la indebida autorización otorgada por otras Municipalidades Provin- ciales, ni constituye autorización para prestar servicio de transporte público de pasajeros, ni otorga registro alguno en la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Estu- dios, Autorizaciones y Registros la elaboración de los procedimientos necesarios así como del formato y progra- ma informático señalados en el Artículo Primero de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELVIRA MOSCOSO CABRERA Directora Municipal Dirección Municipal de Transporte Urbano 24711 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Autorizan internamiento de vehículos que se encuentran en la vía pública en estado de abandono DECRETO DE ALCALDÍA Nº 05-2001-DA/MDB Breña, 10 de mayo de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 17-99-MDB publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 16 de diciembre del 2000 se establecieron disposiciones sobre internamiento de bie- nes que ocupan la vía pública; Que, de acuerdo con el Art. 6º del inciso a) de la citada Ordenanza, constituye infracción el dejar vehículos, cha- sis, carrocerías y/o autopartes de unidades motorizadas en la vía pública por más de 7 días calendario consecutivos, con signos evidentes de encontrarse en estado de abando- no; Que, la Dirección de Seguridad Ciudadana y la Policía Nacional han cumplido con notificar a los propietarios de los vehículos abandonados en la vía pública a través del Diario Oficial El Peruano con fecha 4 de febrero del año 2001, imponiéndoles a su vez la multa por ocupación de la Vía Pública a que se refiere el inciso e) del Artículo 8º de la Ordenanza Nº 17-99-MDB; Que, mediante la cuarta disposición final de la misma, se faculta al Alcalde a fin de que a través de Decretos de Alcaldía emita las disposiciones reglamentarias que resul- ten necesarias para su correcta aplicación;