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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (12/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 204329 NORMAS LEGALES Lima, martes 12 de junio de 2001 SE RESUELVE: 1º.- Oficializar el festival taurino de gala denomi- nado "Festival de Pancho Fierro", a realizarse en el marco de la XI Cumbre Presidencial Iberoamericana, en la ciudad de Lima, el 24 de noviembre del año 2001. 2º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exte- riores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 25115 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 250-2001-RE Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 250- 2001-RE, publicada en nuestra edición del día 11 de junio de 2001, en la página 204289. En el Artículo 1º.- DICE: ... del 14 al 6 de junio del año 2001: ... DEBE DECIR: ... del 14 al 16 de junio del año 2001: ... 25143 TRABAJO Y PROMOCIÓN SOCIAL Aprueban Directiva que establece nor- mas y formulario para la presentación de la Declaración Jurada Sobre Infor- mación de Planilla(s) de Pago del mes de junio del 2001 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 064-2001-TR Lima, 8 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, el inciso e) del Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25927, Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Pro- moción Social, establece la función de evaluar la políti- ca de remuneraciones e ingresos del mercado de traba- jo; Que, el Decreto Supremo Nº 007-TC, dispone la realización de estudios socioeconómicos y la elabora- ción de información estadística en materia de remune- raciones y empleo; Que, anualmente el Ministerio de Trabajo y Promo- ción Social regula la obligación de los empleadores de proporcionarle información sobre los sueldos y salarios de los trabajadores percibidos en el mes de junio de cada año; Que, el Decreto Supremo Nº 018-85-TR encarga a la Oficina de Economía del Trabajo y Productividad del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, la recepción anual de las planillas de sueldos y salarios correspon- dientes al mes de junio; Que, esta información es consolidada por los em- pleadores en el documento denominado Declaración Jurada Sobre Información de Planilla (s) de Pago delmes de junio, la cual ha venido siendo aprobada por directivas emitidas por el órgano que lleva a cabo tal evaluación; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo. SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 001- 2001-TR/OETP, que establece las normas y formulario para la presentación de la Declaración Jurada Sobre Información de Planilla(s) de Pago del mes de junio del 2001, la misma que es parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME ZAVALA COSTA Ministro de Trabajo y Promoción Social PRESENTACION DE LA DECLARACION JURADA SOBRE INFORMACION DE PLANILLA(S) DE PAGO DEL MES DE JUNIO DEL 2001 DIRECTIVA Nº 001-2001-TR/OETP OBJETIVO Establecer las normas para la presentación del for- mulario "DECLARACION JURADA SOBRE INFOR- MACIÓN DE PLANILLA(S) DE PAGO" correspondien- te al mes de junio del 2001. ALCANCE A los empleadores cuyos trabajadores se encuentran sujetos al régimen laboral de la actividad privada, incluidas las Cooperativas de Trabajadores. AMBITO Nivel Nacional. BASE LEGAL - Decreto Ley Nº 25927, Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Promoción Social. - Resolución Ministerial Nº 012-93-TR, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, incisos c) y e) del Artículo 37º. - D.S. Nº 007-TC, mediante el cual se dispone la realización de estudios socioeconómicos y la elabora- ción de información estadística en materia de remune- raciones y empleo. - D.S. Nº 018-85-TR, mediante el cual se encarga a la Oficina de Economía del Trabajo y Productividad del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, la recepción anual de las planillas de sueldos y salarios correspon- dientes al mes de junio. - D.S. Nº 012-2001-TR, Texto Unico de Procedimien- tos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Trabajo y Promoción Social. Fecha: Lima, 1 de junio de 2001 NORMAS APLICABLES 1. DE LA OBLIGATORIEDAD Los empleadores sean personas naturales o jurídi- cas, que cuenten en cada provincia con cinco (5) o más trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, a nivel nacional, están obligados a presentar el formulario "DECLARACION JURADA SOBRE INFOR- MACION DE PLANILLA (S) DE PAGO DEL MES DE JUNIO DEL 2001". La presente obligación es asimismo aplicable a las Cooperativas de Trabajadores, que cuenten en cada provincia con cinco (5) o más socios trabajadores, las