Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2001 (12/06/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, martes 12 de junio de 2001
EXPEDIENTE Nº: _________________________

NORMAS LEGALES

Pag. 204339

( a ) APELLIDO PATERNO: APELLIDO MATERNO: NOMBRES: L.E. o DNI: (08 digitos)

________________________ ________________________ ________________________ ________________________

MORDAZA DE PEDIDO:
( ) HOMONIMIA ( ) GENERALES DE LEY (tramite sin direccion) ( b ) ( ) GENERALES DE LEY (tramite con direccion)

________________________________________ Firma y Sello del Juez, Secretario o Relator ( c ) ______________________________ Notas: ( a ) Se debe consignar los pedidos en forma MORDAZA y de manera individual, cualquier error invalida el documento por lo que sera devuelto. ( b ) Las solicitudes con direccion deben pedirse con la debida anticipacion. ( c ) En los casos de Secretario o Relator con la firma autorizada por el Presidente de Sala.

25122

CONTRALORIA GENERAL
Remiten al Congreso de la Republica informe resultante del Examen Especial a los Procesos Adquisitivos de Armamento Militar y otros Bienes y Servicios, periodo 1990-2000
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 077-2001-CG MORDAZA, 8 de junio de 2001 Vistos, el Oficio Nº 130-2001-PMM/CIE.CR de 31.MAY.2001, del senor Congresista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comision Investigadora del Uso de Recursos Publicos en el Sector Defensa al MORDAZA de Dispositivos Secretos, del Congreso de la Republica, mediante el cual requiere a la Contraloria General los informes y/o hallazgos que pudieren haberse determinado como consecuencia de las acciones de control que se vienen realizando en los Institutos Armados; y el Informe Nº 0152001-CG/B370, de fecha 8-JUN-2001, resultante del Examen Especial a los Procesos Adquisitivos de Armamento Militar y otros Bienes y Servicios, periodo 1990-2000, que se viene llevando a cabo en el Ministerio de Defensa. CONSIDERANDO: Que, la Contralora General de la Republica acredito una Comision ante el senor Ministro de Defensa mediante el Oficio Nº 432-2000-CG/DC de 13.DIC.2000, a efecto de practicar el indicado Examen Especial; designando a los miembros de la misma con Oficio Nº 029-2001-CG/DC de 12.ENE.2001; Que, en el Examen Especial que se viene practicando se han evidenciado observaciones que ameritan emitir un primer informe a fin de que los hechos materia de cuestionamiento MORDAZA puestos en conocimiento de la Comision Investigadora del Congreso de la Republica, como elemento de juicio en el MORDAZA de la labor que lleva a cabo dicha Comision Investigadora; asi como del Titular de la Entidad para la adopcion de las acciones correctivas pertinentes; Que, el Comando Logistico del Ejercito - COLOGE llevo a cabo veintiocho (28) procesos adquisitivos ascendentes a un total de S/. 44'741,224.62 y US$ 28'738,309.75 exentos de licitacion publica, al MORDAZA de la normatividad sobre secreto militar, no obstante que los bienes y servicios corresponden a actividades de orden administrativo u operativo, transgrediendose la normativa que precisa que

esta exoneracion resulta pertinente para casos que comprometan la seguridad nacional y al orden interno; derivando en el desconocimiento si los bienes y servicios fueron adquiridos en las mejores condiciones tecnicas y economicas del MORDAZA y restando transparencia a la gestion del Ejercito durante el periodo 1990 - 2000; Que, el Ministerio de Defensa entre los anos 1994 a 1996, aprobo el otorgamiento de la buena pro y autorizo la suscripcion de contratos para la adquisicion de bienes y servicios al MORDAZA del secreto militar, tramitados por el Ejercito Peruano y la Fuerza Aerea del Peru, en procesos que alcanzaron un importe ascendente a US$ 37'286,707.00 en los que se solicito la opinion previa favorable de la Contraloria General de la Republica, cuando los procesos de seleccion de proveedores ya se habian iniciado o estaban por concluir e incluso se han detectado adquisiciones por la suma de US$ 402'052,420.00 sobre las cuales se solicito opinion previa favorable del Organo Contralor, despues de suscrito el contrato con el proveedor y en otros por un total ascendente a US$ 79'898,764.00, no se evidencia haberse requerido y/o exigido tramitar la solicitud de opinion previa favorable, tal como lo establecen las leyes presupuestales; hechos que restan transparencia a la realizacion de las licitaciones privadas y adquisiciones directas y debilitan los mecanismos de control establecidos para un adecuado uso de los recursos publicos; Que, el Comando Logistico del Ejercito no ha dispuesto acciones para salvaguardar la documentacion generada en las adquisiciones de bienes y servicios con caracter de secreto militar, evidenciandose: la carencia de documentacion de procesos adquisitivos por US$ 8'356,958.00, durante el periodo 1990 - 1996, los legajos de doce (12) procesos adquisitivos por US$ 67'576,195.43, se encuentran incompletos y constituidos totalmente por fotocopias; los legajos de los procesos adquisitivos por un total de US$ 157'095,815.65 se encuentran con la documentacion basica incompleta y carentes del orden dispuesto en su normativa interna; la inexistencia de legajos de proveedores del Registro Especial de Proveedores de bienes y servicios con caracter de secreto militar de los anos 1990, 1991, 1992 y 1993; el COLOGE ha emitido normas que contienen disposiciones contrarias a las leyes que cautelan el Patrimonio Documental de la Nacion, produciendose la incineracion de la documentacion de los Registros de Proveedores correspondientes a los anos 1994, 1995, 1996 y 1997; y, en los archivos de la Division "B" del COLOGE solo obran parte de los legajos de los Proveedores inscritos en los anos 1998 y 1999, sin evidencia de fecha de recepcion y foliacion; Que, se realizaron adquisiciones por un monto equivalente a US$ 5'626,305.00 simulandose posteriormente el MORDAZA adquisitivo correspondiente que ordenaba la normativa de la materia, ocasionando el desconocimiento de si los proveedores seleccionados tenian idoneidad y capacidad economica financiera, asi como si los bienes y servicios fueron adquiridos para satisfacer las necesidades del Ejercito en las mejores condiciones de calidad y precio, salvaguardando los intereses y recursos del Estado; perdiendo con ello la ocasion de elegir las opciones mas adecuadas para el Instituto en terminos de economia y calidad; Que, pese a que se contaba con opinion previa favorable de la Contraloria General para la adquisicion de tres (3) aviones por US$ 6'000,000.00 y con una cotizacion de menor precio de la misma proveedora, de US$ 2'840,000.00 por avion, se adquirio un (1) avion por US$ 4'950,000.00, con el agravante que el Comite de Adjudicacion acepto un documento con fecha alterada que implicaba contratar con quien habia perdido la representacion y por ende la legitimidad para contratar, con el riesgo que implicaba esa situacion, llevando a cabo la licitacion privada sin cautelar el cumplimiento de las bases y normativa aplicable; ademas el Comite de Recepcion acepto sin observaciones un avion que no cumplia con todas las caracteristicas tecnicas, al recibir un avion de variante civil en lugar de la version militar, como fue planteado en las Bases y en la propuesta del postor; no obstante estos hechos, el COLOGE y el Comando General del Ejercito dieron tramite para la aprobacion del otorgamiento de la buena pro sin plantear cuestionamiento alguno; siendo de significar que el COLOGE, no viene adoptando las acciones pertinentes para que el proveedor cumpla con lo pactado en el contrato; Que, en el Ejercito Peruano se ha soslayado la normativa presupuestal, durante el periodo 1994 - 1999, al emitir informacion al Ministerio de Defensa y este al Ministerio de Economia y Finanzas y a la Contaduria Publica de la Nacion que difiere de sus reportes internos de ejecucion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.