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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (29/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 205470 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de junio de 2001 Autorizan a procurador interponer ac- ciones destinadas a la recuperación de crédito concedido por el Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 216-2001-PRES Lima, 18 de junio del 2001 Visto el Oficio Nº 0853-2001-INADE-1101-OGAJ, del Jefe del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 13 de febrero de 1997, el Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes suscribió el Con- trato de Crédito Agrario Arroz 1997-I con Florentino Coveñas Valverde y su cónyuge Ignacia de Loyola Palomino de Coveñas, ascendente a la suma de US$ 8 890,00, otorgando como garantía prenda agraria, ade- más de primera y preferente hipoteca hasta por la suma de US$ 20 000,00 sobre el predio de su propiedad de diez hectáreas con setecientos metros cuadrados (10,7 Ha) Unidad Catastral Nº 11317 y 11318, denominado Bebe- dero II, ubicado en el distrito, provincia y departamento de Tumbes, gravamen que está debidamente inscrito en el asiento 4 d) de la Ficha 001606 y 001606-B; Que, el 15 de enero de 2001 el Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes tomó conocimiento del pro- ceso judicial sobre obligación de dar seguido por el Banco de Crédito del Perú contra Agrícola Coveñas S.R.L. (obli- gado principal) y la sociedad conyugal Coveñas de Loyola (fiadores solidarios), el cual se encontraba en etapa de ejecución, llevándose a cabo el remate de la misma garan- tía real que la Sociedad conyugal Coveñas - de Loyola había otorgado a favor del referido proyecto; Que, de conformidad a lo establecido por el Artículo 1112º del Código Civil, la hipoteca inscrita a favor del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes mantie- ne preferencia de pago sobre la hipoteca otorgada a favor del Banco de Crédito del Perú, en virtud de ello el Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes inter- puso la correspondiente demanda de Tercería Preferen- te de Pago ante la posibilidad de que se imposibilitara la recuperación del crédito concedido; Con la visación de la Oficina de Auditoría Interna; De conformidad con lo establecido en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº 17537 y el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Sector para que en nombre y representación del Estado interponga las acciones legales que correspondan por las razones y hechos indicados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso, al Procurador Público para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia 26086 Autorizan a procurador iniciar proce- so judicial contra empresa para que cumpla con efectuar reparaciones en obra ejecutada mediante contrato sus- crito con el Proyecto Especial Majes Siguas - AUTODEMA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 217-2001-PRES Lima, 18 de junio del 2001Visto el Oficio Nº 1152-2001-INADE-1101-OGAJ del Jefe del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 28 de agosto de 1998, el Proyecto Especial Majes Siguas - AUTODEMA, suscribió con la firma Díaz Contratistas S.R.L. - DICON S.R.L., el Contrato de Ejecución de Obra Nº 135-98-8501, para la Habilitación de Accesos de los Canales 10, 14, 15 y 20 a precios unitarios; Que, por medio de la Resolución Directoral Ejecuti- va Nº 398-98-AUTODEMA-INADE-8501/21 de fecha 30 de diciembre de 1998, se aprobó la liquidación final del referido Contrato de Ejecución de Obra; Que, la Oficina de Auditoría Interna del Proyecto Especial Majes Siguas - AUTODEMA, dentro del Plan Anual de Actividades para el año de 1999, realizó un Examen Especial a las Obras de Rehabili- tación y Reconstrucción Fenómeno del Niño 1998, estableciendo que la construcción de Badenes de Concreto Ciclópeo del acceso 20 han colapsado por defectos constructivos; Que, el Proyecto Especial Majes Siguas - AUTO- DEMA, amparado en la Cláusula Décimo Cuarta del Contrato de Ejecución de Obra Nº 135-98-8501 requiere en múltiples ocasiones a través de comunicaciones notariales el cumplimiento de las reparaciones perti- nentes, comprometiéndose la firma contratista, me- diante Carta Nº 034-2000-DICON-OT, de fecha 5 de marzo de 2000, a realizarlas cuando las condiciones climáticas lo permitan, esto es en el mes de abril de 2000; Que, posteriormente mediante la Carta Nº 096- 2000-DICON-OT, de fecha 12 de setiembre de 2000, la firma contratista señala que cumplirá con el compro- miso asumido respecto de la reparación de obra, una vez que su empresa se recupere económicamente; Que actualmente la firma Contratista no ha cumpli- do con efectuar las reparaciones en la obra, conforme es de apreciarse del Informe Nº 003-2001-AUTODEMA- INADE-8561/EGP; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representación del Estado inicie las acciones judiciales a que hubiere lugar por las razones y los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al Procurador Público del Sector, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia 26087 Autorizan a procurador iniciar proce- so judicial contra empresa para que pague monto por saldo deudor y multa por atraso en la entrega de obra RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 218-2001-PRES Lima, 21 de junio del 2001 Visto el Oficio Nº 323-2001-GG-PRES-INFES de fecha 30 de marzo de 2001, expedido por el Gerente General del Instituto Nacional de Infraestructura Edu- cativa y de Salud - INFES; y,