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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (29/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 38

Pág. 205476 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de junio de 2001 plazo determinado, en adecuación a la Ley General de Pesca y su reglamento, entre otros armadores pesque- ros, a PEEA PESQUERA LA MANO MILAGROSA S.R.Ltda., para operar la embarcación pesquera de bandera nacional "JEQUETEPEQUE 8", con matrícula Nº HO-4875-PM, de 180 TM de capacidad de bodega, para la extracción de recursos hidrobiológicos destina- dos al consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de 1/2 pulgada (13 mm.); Que mediante los escritos del visto PESQUERA ISA S.R.Ltda. solicita el cambio del titular del permiso de pesca otorgado por la Resolución Ministerial Nº 631-95- PE y la modificación de la citada Resolución, por cambio de nombre de la embarcación pesquera a "COQUI II" con matrícula Nº HO-4875-PM; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en los procedimientos Nºs 6 y 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Su- premo Nº 007-2000-PE; por lo que es procedente lo solicitado;Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera de la Dirección Nacional de Extrac- ción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 122 -2001-PE/DNEPP-Dap y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por De- creto Supremo Nº 007-2000-PE; y, En uso de las facultades conferidas a través del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y las Resoluciones Ministeriales Nºs 100-2001-PE y 101-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar, en aplicación a la aproba- ción automática de la solicitud de cambio de nombre de la embarcación pesquera "JEQUETEPEQUE 8", la Resolución Ministerial Nº 631-95-PE, entendiéndose que la citada embarcación pesquera se denomina "CO- QUI II" con matrícula Nº HO-4875-PM. Artículo 2º.- Aprobar el cambio del titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de bandera nacional que se indica a continuación, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado: PERMISO DE PESCA NUEVO TITULAR NOMBRE DE LA NUMERO DE CAPACIDAD Nº Fecha EMBARCACION MATRICULA DE BODEGA (m3) R.M. Nº 631-95-PE 1995-11-13 PESQUERA ISA S.R.Ltda. COQUI II HO-4875-PM 193,08 Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a PEEA PES- QUERA LA MANO MILAGROSA S.C.R.L., a través de la Resolución Ministerial Nº 631-95-PE de fecha 13 de noviembre de 1995, para operar la embarca- ción pesquera denominada "COQUI II" (ex "JEQUE- TEPEQUE 8"). Artículo 4º.- Incorporar a PESQUERA ISA S.R.Ltda., como titular del permiso de pesca otorga- do para operar la embarcación "COQUI II" (ex "JE- QUETEPEQUE 8"), así como la presente Resolu- ción, al literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 100-2001-PE y al Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 101-2001-PE, excluyendo a PEEA PESQUERA LA MANO MILAGROSAS.C.R.L. y a la Resolución Ministerial Nº 631-95-PE de dichos anexos. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesquería de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Liber- tad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 26125 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 117-2001-PE/DNEPP Lima, 26 de junio del 2001 Visto los escritos de registro Nº 04404003 y 06134002 de fechas 23 de abril y 21 de mayo del 2001, presentados por PESQUERA DE COMERCIALIZACION MARITI- MA S.A. - PESCOMAR S.A. CONSIDERANDO: Que el Artículo 34º del Reglamento de la Ley Gene- ral de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesli- gable de la embarcación a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante Resolución Ministerial Nº 618-95-PE de fecha 6 de noviembre de 1995, se otorgó, entre otros, al señor SEVERINO ABAD GUILARTE permiso de pesca a plazo determinado para operar la embarcación pesquera denominada "HUALLAGA I" de matrícula Nº CE-4021-PM, para dedicarse a la extracción de recursos hidrobiológicos de consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13mm.); Que a través de los escritos del visto, PESQUERA DE COMERCIALIZACION MARITIMA S.A - PESCO- MAR S.A. solicita la modificación de la Resolución Ministerial Nº 618-95-PE, en el extremo referido al cambio de nombre de la embarcación pesquera "HUA-LLAGA I" con matrícula Nº CE-4021-PM la que se denominará "RAQUELITA 3" y asimismo, el cambio de titular del permiso de pesca a que se refiere el conside- rando anterior, para operar la embarcación pesquera "RAQUELITA 3" (ex HUALLAGA I), al haber adquirido la posesión de dicha embarcación pesquera en virtud al contrato de arrendamiento financiero celebrado el 2 de abril de 1998 con su actual propietario el BANCO WIESE LTDO.; Que de acuerdo a la evaluación efectuada al expedien- te, se ha determinado que el recurrente ha cumplido con los requisitos procedimentales y sustantivos exigidos por la normatividad pesquera vigente, por lo que devie- ne procedente lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera mediante Informe Nº 151-2001-PE/ DNEPP-Dap, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Procedi- miento Nºs. 6 y 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE y las Resoluciones Ministeriales Nºs 071- 2001-PE, 100-2001-PE y 101-2001-PE; En uso de las facultades conferidas a través del Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar, en virtud a la aproba- ción automática de la solicitud, la Resolución Minis- terial Nº 618-95-PE, en el extremo referido a la denominación de la embarcación pesquera "HUA-