Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2001 (02/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 2 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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DE LA DIRECCION CIENTIFICA Articulo 21º.- Es el organo de MORDAZA autoridad en materia de investigacion cientifica y tecnologica, responsable del funcionamiento de las direcciones de linea. Esta encargado de dar cumplimiento a los objetivos y metas institucionales. Depende directamente del Director Ejecutivo. Articulo 22º.- Son funciones de la Direccion Cientifica las siguientes: a) Dirigir, planear, coordinar, supervisar, controlar y evaluar el funcionamiento y las actividades de los organos cientificos del IMARPE, garantizando el trabajo en equipos multidisciplinarios; b) Revisar, formular y ejecutar anualmente los objetivos y metas del Plan Operativo Institucional y su correspondiente presupuesto, conjuntamente con las direcciones de linea y laboratorios costeros, para la aprobacion por la Direccion Ejecutiva; c) Dar las pautas necesarias para el diseno de las acciones a desarrollar, a efectos de atender las emergencias surgidas ante eventualidades ambientales, que afecten el normal desarrollo de las actividades programadas; d) Coordinar y orientar la participacion de las direcciones de linea en convenios especificos para desarrollar trabajos conjuntos con gobiernos, instituciones, organismos, entre otros, teniendo en cuenta los objetivos y metas institucionales; e) Aprobar los informes cientificos materia de publicacion; f) Revisar y aprobar los informes elaborados por las direcciones de linea, para remision al Ministerio de Pesqueria, a traves del Presidente o Director Ejecutivo, segun corresponda; g) Disenar y asegurar la calidad de las publicaciones como consecuencia de las actividades de investigacion; h) Coordinar y supervisar el funcionamiento de las actividades propias de la administracion de los tecnicos cientificos de investigacion (TCI); i) Orientar la programacion, recoleccion y procesamiento de informacion relacionada con las investigaciones cientificas y tecnologicas; j) Orientar el MORDAZA de especializacion y perfeccionamiento del personal cientifico y tecnico; k) Proponer al Director Ejecutivo el nombramiento, contratacion, promocion, capacitacion, especializacion, ascenso, transferencia, destaque, reasignacion o cese de personal cientifico; l) Representar oficialmente al IMARPE en certamenes y eventos de caracter cientifico; y, m) Cumplir las demas funciones que le asigne el Director Ejecutivo. Articulo 23º.- La Direccion Cientifica esta a cargo de un Director Cientifico, designado por Resolucion Suprema. Es un profesional de reconocida trayectoria y experiencia en el MORDAZA cientifico y tecnologico, con nivel inmediato superior a los directores. CAPITULO III DEL ORGANO CONSULTIVO DEL COMITE CONSULTIVO Articulo 24º.- Es el organo de consulta del Consejo Directivo, esta conformado por personas de alta calificacion tecnico-cientifica directamente relacionadas con la actividad pesquera, con la investigacion y otras actividades afines al IMARPE. El Comite Consultivo es presidido por el Presidente del Consejo Directivo del IMARPE. CAPITULO IV DEL ORGANO DE CONTROL DE LA OFICINA DE AUDITORIA INTERNA Articulo 25º.- Es el organo encargado de realizar las acciones de control posterior en los aspectos de gestion del IMARPE, de conformidad con las normas del Sistema Nacional de Control y directivas que establezca la Contraloria General de la Republica. Articulo 26º.- Son funciones de la Oficina de Auditoria Interna las siguientes: a) Formular, proponer y ejecutar el Plan Anual de Control Interno del IMARPE, mediante auditorias, exa-

menes especiales y de gestion, realizado de conformidad con los dispositivos y normas que rigen el Sistema Nacional de Control y elevarlo al Presidente del Consejo Directivo; b) Asesorar al Consejo Directivo y demas unidades organicas en los asuntos relacionados con las normas que establece el Sistema Nacional de Control; c) Ejercer oportunamente el control selectivo posterior interno de la documentacion, transacciones, registro de las actividades administrativas, financieras, contables y operativas de la institucion, recomendando las acciones correctivas a que MORDAZA lugar; d) Verificar la correcta aplicacion de las normas, procedimientos y la administracion de los recursos humanos, materiales y financieros; e) Efectuar la auditoria de los estados financieros y presupuestales del IMARPE, en la forma que senale la Contraloria General de la Republica y de acuerdo con las normas vigentes; f) Mantener informado al Presidente del Consejo Directivo sobre las observaciones, deficiencias e irregularidades que se detecten en el ejercicio de las funciones y en cumplimiento de las actividades del IMARPE, proponiendo las medidas preventivas y correctivas; g) Informar oportunamente al Presidente del Consejo Directivo acerca de los resultados de sus acciones de control, formulando las recomendaciones pertinentes; h) Efectuar el seguimiento de la aplicacion de las recomendaciones contenidas en los informes de auditoria e informar de ello al Presidente del Consejo Directivo; i) Formular y alcanzar a la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Evaluacion de Gestion, el Plan de Trabajo Institucional (PTI) y los informes de evaluacion trimestral, los mismos que deberan contemplar las actividades que se programen para dichos periodos; y, j) Las demas que le fueran encargadas por el Presidente del Consejo Directivo o la Contraloria General de la Republica, dentro del ambito de su competencia funcional. Articulo 27º.- La Oficina de Auditoria Interna es el organo de control que depende jerarquicamente del Presidente del Consejo Directivo y funcionalmente de la Contraloria General de la Republica, y esta a cargo de un Director. CAPITULO V DE LOS ORGANOS DE ASESORAMIENTO DE LA OFICINA DE ASESORIA JURIDICA Articulo 28º.- Es el organo encargado de asesorar a la Alta Direccion en asuntos de caracter legal y juridico, asi como absolver las consultas que MORDAZA formuladas por los organos del IMARPE. Articulo 29º.- Son funciones de la Oficina de Asesoria Juridica las siguientes: a) Brindar asesoramiento permanente en asuntos de caracter legal y emitir opinion o dictamen sobre aspectos que MORDAZA sometidos a su consideracion; b) Proponer normas legales que permitan el perfeccionamiento de la legislacion relativa al IMARPE; c) Formular los proyectos de convenios y contratos, en coordinacion con las dependencias respectivas del IMARPE; d) Informar sobre aspectos legales de las actividades del IMARPE, cuando asi se lo encarguen; e) Patrocinar al IMARPE en causas judiciales en las que intervenga, incluyendo los procedimientos de caracter administrativo o contencioso; f) Formular y alcanzar a la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Evaluacion de Gestion, el Plan de Trabajo Institucional (PTI) y los informes de evaluacion trimestral, los mismos que deberan contemplar las actividades que se programen para dichos periodos; g) Interpretar y emitir pautas destinadas a orientar la correcta aplicacion de las normas legales relacionadas con el IMARPE; h) Actuar como Secretaria en las sesiones del Consejo Directivo; coordinando su realizacion, citando a los miembros, preparando la agenda y llevando el Libro de Actas; i) Llevar la numeracion, registro, publicacion, distribucion y custodia de los acuerdos que se tomen en las sesiones del Consejo Directivo, asi como transcribir y autenticar sus copias; y,

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