Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2001 (02/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, viernes 2 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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El anuncio de la subasta se realizara mediante aviso en el Diario Oficial El Peruano u otros medios disponibles que se estimen necesarios. El anuncio incluira el monto de los BONOS SOBERANOS a subastar, el plazo, la modalidad de la subasta, las fechas de emision y de vencimiento y la hora limite para la recepcion de las ofertas. Asi mismo, el anuncio DEBE DECIR: 3. DE LA COLOCACION DE LA SUBASTA 3.1 Anuncio de la subasta El anuncio de la subasta se realizara mediante aviso en el Diario Oficial El Peruano u otros medios disponibles que se estimen necesarios. El anuncio incluira el monto de los BONOS SOBERANOS a subastar, el plazo, la modalidad de la subasta, las fechas de emision y de vencimiento y la hora limite para la recepcion de las ofertas. Asi mismo, el anuncio incluira el sistema a ser utilizado para la subasta, la misma que podra ser a traves de la Bolsa de Valores u Otros Sistemas. 19247

Viaticos (US$ 220,00 x 40% x 4 dias) US$ 352,00 Tarifa CORPAC US$ 25,00 --------TOTAL US$ 377,00 Los gastos por concepto de alojamiento seran asumidos por el Instituto del Oro. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 19257

ENERGIA Y MINAS
Autorizan viaje de funcionario del Ministerio a los EE.UU. para participar en reunion sobre estructuracion del Codigo Voluntario de Manejo del Cianuro en la Industria del Oro
RESOLUCION SUPREMA Nº 049-2001-EM MORDAZA, 25 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, los dias 28 de febrero al 3 de marzo de 2001, se reunira por MORDAZA vez el Comite Guia para la Estructuracion del Codigo Voluntario de Manejo del Cianuro en la Industria del Oro, en MORDAZA Valley, California, Estados Unidos de America; Que, el Instituto del Oro, mediante Carta de fecha 21 de febrero de 2001, ha invitado al Ing. MORDAZA MORDAZA Bonelli MORDAZA, Director General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Energia y Minas, para participar en la reunion precitada; Que, dada la importancia actual de nuestro MORDAZA como productor de oro, en el contexto latinoamericano y mundial, asi como del potencial que representa dentro de esta industria, por sus significativas reservas, es trascendente participar en la Estructuracion del Codigo Voluntario de Manejo del Cianuro en la Industria del Oro, que apunta a reducir/eliminar los riesgos por concepto de su manejo, pues constituye un insumo peligroso a todo nivel; Que, es necesario autorizar el correspondiente viaje; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Supremo Nº 135-90PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. MORDAZA MORDAZA Bonelli MORDAZA, Director General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Energia y Minas, del 28 de febrero al 3 de marzo del 2001, a MORDAZA Valley, California, Estados Unidos de MORDAZA, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos por concepto de parte de los viaticos y tarifa CORPAC que ascienden a US$ 377,00 (Trescientos Setentisiete y 00/100 Dolares Americanos), seran cubiertos por el Ministerio de Energia y Minas, de acuerdo al siguiente detalle:

Imponen servidumbre de electroducto a favor de ELECTRONORTE S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 041-2001-EM/VME MORDAZA, 29 de enero de 2001 VISTO: el Expediente Nº 21082798 organizado por la concesionaria ELECTRONORTE S.A., solicitando la imposicion de la servidumbre de electroducto de la linea de transmision electrica 10 kV C.H. Leymebamba Barrio 2 de MORDAZA, ubicada en el distrito de Leymebamba, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas; CONSIDERANDO: Que, ELECTRONORTE S.A., concesionaria de la linea de transmision electrica 10 kV C.H. Leymebamba - Barrio 2 de MORDAZA, en merito de la Resolucion Suprema Nº 026-98-EM de fecha 23 de marzo de 1998, ha solicitado la imposicion de la servidumbre de electroducto de la mencionada Linea; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el inciso b) del Articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas - Decreto Ley Nº 25844 y el Articulo 220º y siguientes de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 004-2001-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer la servidumbre de electroducto de la linea de transmision electrica 10 kV C.H. Leymebamba - Barrio 2 de MORDAZA, ubicada en el distrito de Leymebamba, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, a favor de ELECTRONORTE S.A., con caracter permanente, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cod. Exp. Inicio y Llegada de la Linea Electrica 21082798 C.H. Leymebamba Barrio 2 de MORDAZA Nivel de Tension (kV) 10 Nº de Longitud Ancho de Ternas (Km.) la Faja (m) 01 1,80 6

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes, dentro de la faja de servidumbre, no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- ELECTRONORTE S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de la

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