Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2001 (02/03/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 2 de marzo de 2001

Autorizan viaje de procurador publico a Colombia para intervenir en diligenAutorizan viaje de Vicepresidente del cia sobre valorizacion de aeronaves Directorio de CORPAC S.A. para parti- embargadas en MORDAZA penal cipar en conferencia sobre procediRESOLUCION SUPREMA Nº 037-2001-MTC mientos de aeropuertos, a realizarse MORDAZA, 1 de marzo de 2001 en Brasil

MTC

RESOLUCION SUPREMA Nº 036-2001-MTC MORDAZA, 1 de marzo de 2001 Visto el Oficio Nº PD.018-2001 del Presidente del Directorio de la Corporacion Peruana de Aeropuertos y Aviacion Comercial S.A. - CORPAC S.A.; CONSIDERANDO: Que, la Embajada de Estados Unidos de MORDAZA ha cursado invitacion a la Corporacion Peruana de Aeropuertos y Aviacion Comercial S.A. - CORPAC S.A. para que participe en la Conferencia sobre Procedimientos de Aeropuertos en Latinoamerica y Estados Unidos de MORDAZA, que se realizara en la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil, durante los dias 7 al 9 de marzo del ano 2001; Que, la referida Conferencia organizada por el Departamento de Comercio de Estados Unidos de MORDAZA, entre otras instituciones vinculadas a la aeronautica civil, tiene como proposito brindar un foro dirigido a ejecutivos de aeropuertos y aviacion para discutir y debatir sobre retos actuales que enfrenta la industria, asi como introducirlos hacia las empresas relacionadas con la aviacion y aeropuertos dentro de los Estados Unidos y Latinoamerica; Que, mediante Acuerdo, adoptado en su Sesion Nº 1930, el Directorio de CORPAC S.A. ha designado al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente del Directorio, para que participe en el evento mencionado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 909, Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nºs. 053-84PCM, 074-85-PCM, 010-88-PCM, 031-89-EF y 135-90PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente del Directorio de la Corporacion Peruana de Aeropuertos y Aviacion Comercial S.A. - CORPAC S.A., a la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil, los dias 6 al 10 de marzo del 2001, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente sera afectado con cargo al Presupuesto de CORPAC S.A., de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 788.84 Viaticos US$ 1,000.00 Tarifa por uso de Aeropuerto US$ 25.00 Articulo 3º.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 19260

CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA penal seguido por el Estado Peruano contra MORDAZA MORDAZA Zanatti Tavolara y otros, por el delito contra el patrimonio - estafa y contra la fe publica y otros, el cual se encuentra en ejecucion de sentencia, el Primer Juzgado Penal de Ejecucion de MORDAZA, a solicitud de la Procuraduria Publica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion y para los efectos del pago de la reparacion civil fijada a favor del Estado Peruano, trabo embargo definitivo hasta por la suma de US$ 3'500,000 sobre un conjunto de repuestos aeronauticos y cuatro aeronaves de propiedad de la compania Aeronaves del Peru S.A., tercera civilmente responsable; Que, dos de las aeronaves embargadas MORDAZA DC8F-55 de matricula OB-1300 y DC8-F-62 de matricula OB-1222 se encuentran depositadas en el Aeropuerto de la MORDAZA de Barranquilla, Colombia; Que, el citado Juzgado, mediante Resoluciones de fechas 6 de junio y 1 de agosto de 2000 ha dispuesto se realice una pericia de verificacion y valorizacion de las aeronaves, a cargo de los dos peritos que ha asignado para tal efecto; habiendose cursado el correspondiente exhorto al Juzgado de Barranquilla; Que, el Juzgado de Barranquilla solicitara los permisos correspondientes a las autoridades a cargo del Aeropuerto de Barranquilla - Colombia, a fin de que los peritos cumplan con la diligencia ordenada del 19 al 24 de marzo de 2001; Que, por lo expuesto anteriormente, resulta necesario autorizar al Procurador Publico del referido Ministerio el viaje a la MORDAZA de Barranquilla, Colombia, para que este presente en la diligencia judicial, en cumplimiento de su labor de cautelar los derechos e intereses del Estado Peruano; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, los Decretos Leyes Nºs. 17537, 25862 y los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 010-88-PCM, 031-89-EF y 135-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del doctor MORDAZA MORDAZA Soza MORDAZA, Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, a la MORDAZA de Barranquilla, Colombia, del 18 al 25 de marzo de 2001, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado por la presente Resolucion, sera con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 529. Viaticos : US$ 1,600. Tarifa por Uso de Aeropuerto : US$ 25. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 19261

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