Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2001 (02/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 2 de marzo de 2001

Articulo 1º.- Modificar, en virtud de la solicitud de modificacion de la resolucion autoritativa por cambio de nombre de la embarcacion pesquera "CORAL" , aprobada el 15 de diciembre del 2000, la Resolucion Ministerial Nº 371-94-PE modificada por la Resolucion Ministerial Nº 263-97-PE, entendiendose como denominacion de la embarcacion "GAVILAN", manteniendose los demas terminos y condiciones del permiso de pesca. Articulo 2°.- Incorporar el nombre de la embarcacion pesquera "GAVILAN", asi como la presente resolucion al literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 307-2000-PE y al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 501-98-PE, excluyendo la anterior denominacion "CORAL" y la Resolucion Ministerial Nº 26397-PE de los indicados Anexos. Articulo 3°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion 19152 RESOLUCION DIRECTORAL N° 059-2001-PE/DNE MORDAZA, 26 de febrero del 2001 Visto el Expediente de Registro Nº CE-00513002 con escritos del 8 y 30 de noviembre del 2000 y 10 de enero del 2001, ingresados a traves de la Direccion Regional de Pesqueria CTAR- MORDAZA, por la empresa PESCO S.A.C. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 612-95-PE del 31 de octubre de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, a la empresa SAN MORDAZA S.R.Ltda. para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "SAN MORDAZA 3" con Matricula Nº CE1253-PM, de 200 TM de capacidad de bodega, la cual se dedicara a la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm.), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras; Que a traves de los escritos del visto, la empresa PESCO SAC, solicita la modificacion de la Resolucion Ministerial Nº 612-95-PE en el extremo referido a cambio de denominacion de la embarcacion de "SAN MORDAZA 3" a "PESCO II" , y asimismo cambio de nombre del titular del permiso de pesca otorgado mediante la resolucion mencionada en el considerando anterior, para operar la embarcacion pesquera "PESCO II" (ex SAN MORDAZA 3") al haber adquirido la propiedad de dicha embarcacion pesquera; Que de la evaluacion efectuada a los documentos proporcionados por la recurrente, se ha determinado que la embarcacion pesquera "SAN MORDAZA 3" ha cambiado de denominacion a "PESCO II" con Matricula Nº CE1253-PM. Asimismo la empresa PESCO S.A.C. ha adquirido la propiedad de la indicada embarcacion pesquera, segun el Certificado Compendioso de Dominio vigente, asimismo la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos exigidos en los Procedimientos 6 y 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero y, con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Articulo 43° inciso c) numeral 1) del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, los Articulos 47° y 138° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94PE, el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 017-99-PE y

en las Resoluciones Ministeriales Nºs. 501-98-PE y 307-2000-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE y la Resolucion Ministerial Nº 505-98-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 612-95-PE, en el extremo referido a la denominacion de la embarcacion pesquera "SAN MORDAZA 3" la misma que en adelante se denominara "PESCO II" con Matricula CE-1253-PM. Articulo 2º.- Aprobar el cambio del nombre del titular del permiso de pesca autorizado por Resolucion Ministerial Nº 612-95-PE y modificado por el articulo anterior, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "PESCO II" (ex SAN MORDAZA 3), con Matricula Nº CE-1253-PM a favor de la empresa PESCO S.A.C., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado. Articulo 3°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a traves de la Resolucion Ministerial Nº 612-95-PE a SAN MORDAZA S.R.Ltda., para operar la embarcacion pesquera denominada "SAN MORDAZA 3" de Matricula Nº CE-1253-PM. Articulo 4°.- Incorporar a la empresa PESCO S.A.C. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera denominada "PESCO II" con Matricula Nº CE-1253-PM , asi como la presente resolucion, al Anexo III y literal A del Anexo I de las Resoluciones Ministeriales Nºs 501-98-PE y 307-2000PE, respectivamente, retirando a la empresa SAN MORDAZA S.R.Ltda., el nombre de la embarcacion "SAN MORDAZA 3" y a la Resolucion Ministerial Nº 612-95-PE, consignadas en dichos anexos. Articulo 5°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion 19154

Aprueban cambio de nombre de titular de permiso de pesca
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 058-2001-PE/DNE MORDAZA, 26 de febrero del 2001 Visto el Expediente de Registro Nº CE-00523002 con escrito del 14 diciembre del 2000, presentado por MORDAZA MORDAZA LLENQUE; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 263-97-PE/DNE del 24 de diciembre de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a SERVICIOS y MANTENIMIENTOS NAVALES S.A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "CORAL 2" con matricula Nº CO-15711-CM, de 150.94 m3 de capacidad de bodega, con hielo como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de 1 ½ pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de recursos hidrobiologicos, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que mediante el escrito del visto, el recurrente solicito la modificacion de la Resolucion autoritativa citada en el considerando anterior, por cambio de denominacion de puerto y MORDAZA de servicio en la matricula y nombre de la embarcacion, conforme constan en el certificado compendioso de dominio presentado; la cual fue aprobada al estar sujeta a aprobacion automatica conforme a lo dispuesto

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