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Pág. 200058 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de marzo de 2001 de candidatos al Congreso de la República para cada distrito electoral ante el Jurado Electoral Especial correspondiente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 115º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859; Que los derechos de participación política, de elegir y ser elegido, garantizados en el Artículo 2º, inciso 17), y Artículo 31º de la Constitución Política, se ejercen de acuerdo con las condiciones y procedimientos determina- dos por ley; Que la postulación como candidato al Congreso de la República constituye un acto personal y voluntario, de conformidad con lo establecido en los Artículos 116º y 117º, primer párrafo, de la Ley Orgánica de Elecciones; Que la renuncia personal y voluntaria de un ciudadano como candidato al Congreso de la República no invalida la inscripción de la lista ni afecta a los demás integrantes de la misma; de conformidad con lo establecido en el Artículo 123º de la Ley Orgánica de Elecciones; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Tener por retirados como candi- datos al Congreso de la República para las elecciones generales del año 2001 a los siguientes ciudadanos: Nº Candidato Lista Distrito Electoral 2Adriel Reynoso Ayvar Renacimiento Andino Apurímac 4Rosario Trinidad Barra Somos Perú - Causa Ancash de Barreto Democrática Artículo Segundo.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y de los Jura- dos Electorales Especiales de Abancay y Huaraz, la presente Resolución para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA. BOLÍVAR ARTEAGA. SOTO VALLENAS. VELA MARQUILLÓ. DE VALDIVIA CANO. BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General. 20078 Declaran que regidores de los Conce- jos Distritales de Sarhua, Challhuahua- cho, Muñani y Hualhuas continúan en el ejercicio de sus cargos RESOLUCIÓN Nº 230-2001-JNE Expediente Nº 087-2001-vacancia Lima, 15 de marzo de 2001 Visto el Oficio Nº 006-2001-MDS/A, recibido el 12 de enero del 2001, de don Constantino Pomasonco Canchari, Alcalde del Concejo Distrital de Sarhua, provincia de Víctor Fajardo, departamento de Ayacucho, comunican- do la declaratoria de vacancia de la Regidora doña Aguida Canchari Contreras, por la causal de inconcu- rrencia injustificada a más de tres sesiones ordinarias consecutivas, establecida en el Artículo 26º inciso 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; y pide se la reemplace por el suplente de su respectiva lista. CONSIDERANDO: Que obra a fojas 07 copia simple del acta de sesión realizada el 2 de enero del 2001, en la que el Alcalde y cuatro (4) de cinco (5) Regidores del Concejo Distrital de Sarhua, declararon la vacancia en el cargo de Regidora que ejerce doña Aguida Canchari Contreras, por inconcu- rrencia injustificada a 9 sesiones ordinarias del Concejo desde el mes de noviembre del año 2000;Que se ha omitido la remisión de copias certificadas del acta en que se declara la vacancia y de las actas de las sesiones a las que habría inasistido el Regidor vacado, para acreditar la ocurrencia de la causal seña- lada en el Artículo 26º inciso 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que no se anexa a la solicitud prueba que acredite 1º) que las citaciones a las sesiones así como la citación a la sesión en que se declaró la vacancia, han sido debi- damente notificadas; 2) que se ha notificado válida- mente el acuerdo que declara la vacancia, y 3) que dicho acuerdo ha quedado firme; Que, las pruebas que se han omitido en presentar son necesarias para demostrar que el Concejo ha declarado la vacancia con arreglo a lo dispuesto por los Artículos 27º, 43º y 113º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar inadmisible la solici- tud de nombramiento de nuevo Regidor, presentada por don Constantino Pomasonco Canchari, Alcalde del Con- cejo Distrital de Sarhua, provincia de Víctor Fajardo, departamento de Ayacucho. Artículo Segundo.- Declarar que doña Aguida Canchari Contreras, continúa en el ejercicio del cargo de Regidora en el Concejo Distrital de Sarhua, provin- cia de Víctor Fajardo, departamento de Ayacucho, con arreglo a Ley. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policiales, prestarán las garantías necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 20079 RESOLUCIÓN Nº 231-2001-JNE Lima, 15 de marzo de 2001 Visto, el expediente Nº 002-2001, iniciado por Pláci- do Astete de la Torre, Alcalde del Concejo Distrital de Challhuahuacho, provincia de Cotabambas, departa- mento de Apurímac, comunicando la declaratoria de vacancia del Regidor don Pablo Huaman Cusi y solici- tando se nombre al correspondiente reemplazante conforme a ley; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de Challhuahuacho, en sesión extraordinaria del 23 de noviembre de 2000, con cuatro (4) votos a favor, de un total de seis (6) integran- tes, acordó declarar la vacancia del Regidor Pablo Huaman Cusi, por ausencia de la localidad por más de 30 días e inasistencia injustificada a 3 sesiones ordina- rias consecutivas de Concejo, conforme obra a fojas 19 y 20; y, por Acuerdo de Municipal Nº 098-2000-CMCH- C, que corre a fojas 20, se ratificó la mencionada vacancia; Que, del análisis de autos se aprecia que, el Concejo Distrital de Challhuahuacho no ha cumplido con: a) notificar conforme a ley al Regidor vacado, las cita- ciones a las sesiones de Concejo del 6, 13 y 20 de noviembre de 2000; toda vez que, las notificaciones a las sesiones del 6 y 20 de noviembre de 2000 fueron reali- zadas en dichas fechas, y la notificación a la sesión del 13 de noviembre de 2000 se realizó un día antes, conforme se aprecia a fojas 13, 14 y 15; que en ninguno de los casos media por lo menos dos días hábiles entre fecha de la notificación y la sesión, conforme lo esta-