Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2001 (20/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
VISTO:

MORDAZA, martes 20 de marzo de 2001

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Aprueban la Res. Adm. Nº 036-2001CT-PJ expedida por el Consejo Transitorio del Poder Judicial
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE SALA PLENA Nº 006-2001-SP-CS MORDAZA, 14 de marzo del 2001 VISTO: El Oficio Nº 1353-2001-CT-PJ del Consejo Transitorio del Poder Judicial, mediante el cual remite la Resolucion Administrativa Nº 036-2001-CT-PJ, expedida el 26 de febrero ultimo; y, CONSIDERANDO: Que en la referida Resolucion Administrativa se integra la Resolucion Administrativa Nº 026-2000-CT-PJ, quedando tambien sin efecto los literales a) y e) del Articulo 3º y a) del Articulo 4º de la Resolucion Administrativa Nº 399-CME-PJ, en cuanto otorga competencia a la Sala Especializada en Derecho Publico y Juzgado Especializado en Derecho Publico, para que conozcan en MORDAZA y primera instancia de la Accion de Habeas MORDAZA y Accion de Cumplimiento respectivamente; Que el tercer parrafo del Articulo 2º de la Ley Nº 27367, establece que las decisiones del Consejo Transitorio del Poder Judicial, requieren aprobacion de la Sala Plena de la Corte Suprema en casos como el presente; Que de conformidad con lo establecido en el Articulo 79º de la Ley Organica del Poder Judicial sustituido por el Articulo 4º de la Ley Nº 27362 y estando a lo acordado en la fecha en Sesion Extraordinaria de Sala Plena de la Corte Suprema; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Resolucion Administrativa Nº 036-2001-CT-PJ, expedida por el Consejo Transitorio del Poder Judicial, fechada el 26 de febrero ultimo, que integra la Resolucion Administrativa Nº 026-2000-CT-PJ, dejando tambien sin efecto los literales a) y e) del Articulo 3º y a) del Articulo 4º de la Resolucion Administrativa Nº 399-CME-PJ, en cuanto otorga competencia a la Sala Especializada en Derecho Publico y Juzgado Especializado en Derecho Publico, para que conozcan en MORDAZA y primera instancia de la Accion de Habeas MORDAZA y Accion de Cumplimiento respectivamente, con lo demas que contiene. Articulo Segundo.- Transcribir la presente Resolucion al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Fiscal de la Nacion, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA URRELLO MORDAZA Presidente 20270

El Memorandum Nº 033-A-01-DP/PCT, mediante el cual la Oficina de Promocion y Coordinacion Territorial solicita se amplie el ambito geografico de competencia de la Representacion Defensorial con sede en la provincia del Callao; y, CONSIDERANDO: Primero.- Los ambitos geograficos de competencia de las Representaciones Defensoriales. En la seccion III de la Directiva Nº 03-99-DP se establece que las Representaciones Defensoriales tienen alcance regional y estan a cargo de los o las Representantes, quienes dependen del Primer Adjunto al Defensor del Pueblo y son competentes para dirigir toda actuacion Defensorial en el ambito geografico que se les asigne. Segundo.- Ambito geografico de la Representacion Defensorial con sede en la Provincia del Callao. En el literal c) del numeral 2 de la Seccion II de la Directiva Nº 03-99/DP, se establece que la Representacion Defensorial con sede en la Provincia del Callao tiene a su cargo los distritos de Callao, La MORDAZA, La Punta, Bellavista, MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, Ancon, Carabayllo, Comas, Independencia, Los MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, San MORDAZA de Porres y MORDAZA Rosa. Tercero.- Necesidad de ampliar el ambito geografico de competencia de la Representacion Defensorial con sede en la Provincia Constitucional del Callao. La Defensoria del Pueblo requiere implementar una estrategia de despliegue territorial a traves de equipos itinerantes y modulos de atencion en las provincias de Canta, Huaral, Huaura y Barranca. Las ciudades de estas provincias albergan a mas de cuatrocientos mil habitantes y en ellas se ha verificado un significativo numero de casos de vulneracion de derechos constitucionales y fundamentales de las personas. Debido a que el territorio en el cual ejerce su competencia la Representacion Defensorial con sede en la Provincia Constitucional del Callao es colindante con las zonas MORDAZA indicadas, es conveniente que estas se incluyan dentro de la competencia territorial de dicha Representacion. Estando a lo indicado y conforme a lo senalado en el Articulo 32º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo asi como los incisos a), b), k) y m) del Articulo 7º y el inciso b) del Articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado mediante Resolucion Defensorial Nº 32-99/DP de fecha 20 de MORDAZA de 1999; SE RESUELVE: Articulo Primero.- MODIFICAR el literal c) del numeral 2 de la Seccion II de la Directiva Nº 03-99/DP, a fin de comprender dentro del ambito geografico de competencia de la Representacion de la Defensoria del Pueblo con sede en la Provincia Constitucional del Callao a las provincias de Canta, Huaral, Huaura y Barranca del departamento de Lima. Articulo Segundo.- DISPONER la implementacion de una estrategia de despliegue territorial a traves de la conformacion de un equipo itinerante y la instalacion de modulos en las principales ciudades de dichas provincias, dotandose para ello a la referida Representacion Defensorial, de manera progresiva y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la institucion, de los recursos profesionales, logisticos y financieros que requiera para su funcionamiento. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo (e) 20260

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Modifican Directiva y amplian el ambito geografico de competencia de la representacion defensorial con sede en la provincia del Callao
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 011-2001/DP MORDAZA, 19 de marzo de 2001

ONPE
Dictan medida para el traslado de material electoral desde el local de la ONPE a las oficinas descentralizadas de procesos electorales en los transportes de despliegue
RESOLUCION JEFATURAL Nº 262-2001-J/ONPE MORDAZA, 17 de marzo de 2001

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