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Pág. 200206 NORMAS LEGALES Lima, martes 20 de marzo de 2001 Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje del Ministro en el Servicio Diplomático de la República, don Jorge Méndez Torres- Llosa, integrante de la Comisión Especial de Asuntos Consulares, para que participe en el XIII Congreso Inter- nacional de Derecho Registral, a realizarse en la ciudad de Punta del Este, República Oriental del Uruguay, del 19 al 23 de marzo del año 2001. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, por concepto de pasajes US$ 902,26, viáticos US$ 1 200,00, tarifa por uso de aeropuerto US$ 25,00 y costo de participación en Congreso US$ 600,00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3º.- La presente Resolución no da derecho a exonera- ción ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 20320 Autorizan viaje de funcionario diplo- mático a Corea del Sur para participar en el VI Simposio de Inversiones del Foro de Cooperación Económica Asia - Pacífico RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 141-2001-RE Lima, 19 de marzo de 2001 Debiendo realizarse el VI Simposio de Inversiones del Foro de Cooperación Económica Asia - Pacífico, así como la Reunión del Grupo de Inversiones de dicho Foro, en la ciudad de Cheju, Corea del Sur, del 20 al 24 de marzo del año 2001; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 0716, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro Secretario General de Relaciones Exterio- res, de 13 de marzo del año 2001; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de julio de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; y, el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, don Amador Velásquez García-Monterroso, Director de Promoción de Inversio- nes y Desarrollo, para que participe en el VI Simposio de Inversiones del Foro de Cooperación Económica Asia - Pacífico, así como la Reunión del Grupo de Inversiones de dicho Foro, a realizarse en la ciudad de Cheju, Corea del Sur, del 20 al 24 de marzo del año 2001. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, por concepto de viáticos US$ 1 560,00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25,00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.3º.- La presente Resolución no da derecho a exone- ración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 20321 SALUD Aprueban el Instrumento Normativo denominado "Normas y Procedimien- tos para la Prevención y Control de la Peste en el Perú" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 172-2001-SA/DM Lima, 14 de marzo del 2001 Visto el Oficio DGSP Nº 5245-12-2000 de la Dirección General de Salud de las Personas. CONSIDERANDO: Que con arreglo a lo dispuesto en el Artículo 76º de la Ley Nº 26842 -Ley General de Salud-, la Autoridad de Salud de nivel nacional es responsable de dirigir y nor- mar las acciones destinadas a evitar la propagación y lograr el control y erradicación de las enfermedades transmisibles en el territorio nacional; Que de acuerdo con la Política Nacional de Salud, y en aplicación de las atribuciones que confiere la Ley, el Ministerio de Salud, a través de la Dirección Gene- ral de Salud de las Personas ha elaborado el instru- mento normativo denominado: "Normas y Procedi- mientos para la Prevención y Control de la Peste en el Perú"; Que siendo necesario poner en vigencia disposiciones técnico-normativas, que garanticen una eficiente aten- ción integral de las necesidades de salud de la población afectada por peste, es conveniente aprobar el instru- mento normativo propuesto; Que en uso de las facultades conferidas por el Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 584 -Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud-; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1º.- Aprobar el Instrumento Normativo denominado "Normas y Procedimientos para la Prevención y Control de la Peste en el Perú", de aplicación obligatoria en el territorio nacional. 2º.- La Dirección General de Salud de las Perso- nas, a través del Programa de Control de Zoonosis, supervisará y evaluará el debido cumplimiento del Instructivo aprobado en los servicios de salud a nivel nacional. 3º.- Las Direcciones Regionales y Subregionales de Salud, están obligadas a velar por el cumplimiento del Instructivo aprobado por el numeral primero, informan- do regularmente a la Dirección del Programa de Control de Zoonosis de la Dirección General de Salud de las Personas. 4º.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 038-90- SA/DM. Regístrese y comuníquese. EDUARDO PRETELL ZÁRATE Ministro de Salud 20259