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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2001 (05/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 202322 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que, la empresa Minera del Centro del Perú S.A. - CENTROMIN PERU S.A., es propietaria de diver- sos lotes de terreno ubicados en la urbanización Curipata, en la ciudad de La Oroya, departamento de Junín; así como de materiales de construcción, materiales eléctricos, materiales para sistema de agua y desagüe, equipos de oficina y diversos bienes, los cuales han dejado de ser necesarios para sus actividades; Que, la Municipalidad Provincial de Yauli - La Oroya, la Fiscalía Provincial Mixta de La Oroya, la Dirección Subregional de Trabajo de La Oroya, la Ofi- cina de Reclutamiento de las Fuerzas Armadas de La Oroya y la Oficina de Correos de La Oroya, han solici- tado a CENTROMIN PERU S.A., la donación de los inmuebles y muebles precitados; Que, el CEPRI mediante Acuerdo Nº 91-99, Sesión Nº 37-99, de fecha 30 de noviembre de 1999 y el Direc- torio de la empresa CENTROMIN PERU S.A. mediante Acuerdo Nº 86-99, Sesión 22-99, de fecha 9 de diciembre de 1999, aprobaron la donación de diversos lotes de terreno, los cuales resultan innecesarios para la Empre- sa y no afectan el Proceso de Promoción de la Inversión Privada en que se encuentra inmersa la Empresa, a favor de: · La Municipalidad Provincial de Yauli - La Oroya. · La Fiscalía Provincial Mixta de La Oroya. · La Dirección Subregional de Trabajo de La Oroya. · La Oficina de Reclutamiento de las Fuerzas Arma- das de La Oroya. · La Oficina de Correos de La Oroya. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 804; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la donación que efectuará la empresa Minera del Centro del Perú S.A. - CENTRO- MIN PERU S.A. a favor de: · La Municipalidad Provincial de Yauli - La Oroya, de 189 lotes de terreno comprendidos en las manzanas 14-23 y 38-48, urbanización Curipata. Asimismo, materiales de construcción, materiales eléctricos, ma- teriales para sistema de agua y desagüe, equipos de oficina, herramientas y diversos bienes que se señalan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. · La Fiscalía Provincial Mixta de La Oroya, de los lotes de terreno 22 y 23, manzana 31, urbanización Curipata. · La Dirección Subregional de Trabajo de La Oroya, de los lotes de terreno 19 y 20, manzana 26, urbaniza- ción Curipata. · La Oficina de Reclutamiento de las Fuerzas Arma- das de La Oroya, del lote de terreno 31, manzana 26, urbanización Curipata. · La Oficina de Correos de La Oroya, de los lotes de terreno 23 y 24, manzana 33, urbanización Curipata. Artículo 2º.- La aceptación de la donación del bien a que se refiere el Artículo 1º para las entidades del Sector Público, será aprobada mediante Resolu- ción Ministerial del Sector al cual pertenece la enti- dad beneficiaria de la donación. Tratándose de la Municipalidad Provincial de Yauli - La Oroya, la aceptación de la donación de bienes será aprobada por el máximo órgano directivo de la misma, quien comunicará su aceptación a CENTROMIN PERU S.A. en un plazo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución Suprema. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Contraloría General de la República y a la Superintendencia de Bienes Nacionales.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 22967 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 081-2001-EM Lima, 3 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que, la empresa Minera del Centro del Perú S.A. - CENTROMIN PERU S.A., es propietaria de 2000 metros de cable de acero de 1 1/8 pulgadas y 1000 metros de 1 pulgada, material usado y sin valor contable; Que, las autoridades de la Comunidad Nativa Río Bertha ubicada en el distrito de Río Negro, provincia de Satipo, departamento de Junín, mediante Memorial de fecha 25 de setiembre de 2000 solicitó a CENTROMIN PERU S.A., la donación de cables, para ser usados en la construcción de un sistema de comunicación sobre el Río Satipo que servirá para el traslado de los agriculto- res de la zona; Que, el Directorio de la empresa CENTROMIN PERU S.A., mediante Acuerdo Nº 12-2001, Sesión Nº 04-2001, de fecha 22 de febrero de 2001, aprobó la donación a favor de la Comunidad Nativa Río Bertha, de 2000 metros de cable de acero de 1 1/8 pulgadas y 1000 metros de 1 pulgada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 804; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la donación que efectuará la empresa Minera del Centro del Perú S.A. - CENTRO- MIN PERU S.A., a favor de la Comunidad Nativa Río Bertha, ubicada en el distrito de Río Negro, provincia de Satipo, departamento de Junín, de 2000 metros de cable de acero de 1 1/8 pulgadas y 1000 metros de 1 pulgada. Artículo 2º.- La aceptación de la donación del bien a que se refiere el Artículo 1º será aprobada por el órgano directivo de la Comunidad Nativa Río Bertha, quien comunicará su aceptación a CENTROMIN PERU S.A. en un plazo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución Supre- ma. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Contraloría General de la República y a la Superintendencia de Bienes Nacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 22968 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 082-2001-EM Lima, 3 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que, la empresa Minera del Centro del Perú S.A. - CENTROMIN PERU S.A., era propietaria de diversos bienes inmuebles ubicados en la ciudad de La Oroya,