Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2001 (05/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2001

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 22967 RESOLUCION SUPREMA Nº 081-2001-EM MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, la empresa Minera del Centro del Peru S.A. - CENTROMIN PERU S.A., es propietaria de 2000 metros de cable de MORDAZA de 1 1/8 pulgadas y 1000 metros de 1 pulgada, material usado y sin valor contable; Que, las autoridades de la Comunidad MORDAZA Rio MORDAZA ubicada en el distrito de Rio Negro, provincia de Satipo, departamento de MORDAZA, mediante Memorial de fecha 25 de setiembre de 2000 solicito a CENTROMIN PERU S.A., la donacion de cables, para ser usados en la construccion de un sistema de comunicacion sobre el Rio Satipo que servira para el traslado de los agricultores de la zona; Que, el Directorio de la empresa CENTROMIN PERU S.A., mediante Acuerdo Nº 12-2001, Sesion Nº 04-2001, de fecha 22 de febrero de 2001, aprobo la donacion a favor de la Comunidad MORDAZA Rio MORDAZA, de 2000 metros de cable de MORDAZA de 1 1/8 pulgadas y 1000 metros de 1 pulgada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 804; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la donacion que efectuara la empresa Minera del Centro del Peru S.A. - CENTROMIN PERU S.A., a favor de la Comunidad MORDAZA Rio MORDAZA, ubicada en el distrito de Rio Negro, provincia de Satipo, departamento de MORDAZA, de 2000 metros de cable de MORDAZA de 1 1/8 pulgadas y 1000 metros de 1 pulgada. Articulo 2º.- La aceptacion de la donacion del bien a que se refiere el Articulo 1º sera aprobada por el organo directivo de la Comunidad MORDAZA Rio MORDAZA, quien comunicara su aceptacion a CENTROMIN PERU S.A. en un plazo de treinta (30) dias contados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Suprema. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Contraloria General de la Republica y a la Superintendencia de Bienes Nacionales. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 22968 RESOLUCION SUPREMA Nº 082-2001-EM MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, la empresa Minera del Centro del Peru S.A. CENTROMIN PERU S.A., era propietaria de diversos bienes inmuebles ubicados en la MORDAZA de La Oroya,

Que, la empresa Minera del Centro del Peru S.A. - CENTROMIN PERU S.A., es propietaria de diversos lotes de terreno ubicados en la urbanizacion Curipata, en la MORDAZA de La Oroya, departamento de Junin; asi como de materiales de construccion, materiales electricos, materiales para sistema de agua y desague, equipos de oficina y diversos bienes, los cuales han dejado de ser necesarios para sus actividades; Que, la Municipalidad Provincial de Yauli - La Oroya, la Fiscalia Provincial Mixta de La Oroya, la Direccion Subregional de Trabajo de La Oroya, la Oficina de Reclutamiento de las Fuerzas Armadas de La Oroya y la Oficina de Correos de La Oroya, han solicitado a CENTROMIN PERU S.A., la donacion de los inmuebles y muebles precitados; Que, el CEPRI mediante Acuerdo Nº 91-99, Sesion Nº 37-99, de fecha 30 de noviembre de 1999 y el Directorio de la empresa CENTROMIN PERU S.A. mediante Acuerdo Nº 86-99, Sesion 22-99, de fecha 9 de diciembre de 1999, aprobaron la donacion de diversos lotes de terreno, los cuales resultan innecesarios para la Empresa y no afectan el MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada en que se encuentra inmersa la Empresa, a favor de: · La Municipalidad Provincial de Yauli - La Oroya. · La Fiscalia Provincial Mixta de La Oroya. · La Direccion Subregional de Trabajo de La Oroya. · La Oficina de Reclutamiento de las Fuerzas Armadas de La Oroya. · La Oficina de Correos de La Oroya. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 804; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la donacion que efectuara la empresa Minera del Centro del Peru S.A. - CENTROMIN PERU S.A. a favor de: · La Municipalidad Provincial de Yauli - La Oroya, de 189 lotes de terreno comprendidos en las manzanas 14-23 y 38-48, urbanizacion Curipata. Asimismo, materiales de construccion, materiales electricos, materiales para sistema de agua y desague, equipos de oficina, herramientas y diversos bienes que se senalan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. · La Fiscalia Provincial Mixta de La Oroya, de los lotes de terreno 22 y 23, manzana 31, urbanizacion Curipata. · La Direccion Subregional de Trabajo de La Oroya, de los lotes de terreno 19 y 20, manzana 26, urbanizacion Curipata. · La Oficina de Reclutamiento de las Fuerzas Armadas de La Oroya, del lote de terreno 31, manzana 26, urbanizacion Curipata. · La Oficina de Correos de La Oroya, de los lotes de terreno 23 y 24, manzana 33, urbanizacion Curipata. Articulo 2º.- La aceptacion de la donacion del bien a que se refiere el Articulo 1º para las entidades del Sector Publico, sera aprobada mediante Resolucion Ministerial del Sector al cual pertenece la entidad beneficiaria de la donacion. Tratandose de la Municipalidad Provincial de Yauli - La Oroya, la aceptacion de la donacion de bienes sera aprobada por el MORDAZA organo directivo de la misma, quien comunicara su aceptacion a CENTROMIN PERU S.A. en un plazo de treinta (30) dias contados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Suprema. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Contraloria General de la Republica y a la Superintendencia de Bienes Nacionales.

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