TEXTO PAGINA: 26
Pág. 202428 NORMAS LEGALES Lima, lunes 7 de mayo de 2001 3.La Unión tiene como objetivos y finalidades estratégicas esenciales: a)coordinar la regulación y orientación de la actividad postal en general entre los países miembros, para asegurar la prestación del servicio universal en condiciones de igualdad de acceso, como forma de garantizar la calidad de la prestación y salvaguardar los derechos de los clientes; b)promover acciones destinadas a asegurar la cooperación entre los países miembros de la Unión teniendo en cuenta el desarrollo armonioso y la calidad de las redes y servicios postales; c)promover el desarrollo de los operadores postales y establecer vínculos de cooperación recíproca en cuanto a la modernización, mejoramiento de la calidad y establecimiento de sistemas comunes de control; d)favorecer una acción comercial común en términos de mercado y la producción de productos postales con alto contenido de valor agregado y de calidad; e)emprender acciones concretas destinadas al mejoramiento de la operación postal internacional y de la gestión de los operadores de los países miembros; f)proceder a acciones de formación profesional y de mejoramiento de la calidad y de la capacidad técnica de los trabajadores del correo, así como de desarrollo de los sistemas de trabajo de los operadores de los países miembros; g)favorecer la aplicación de nuevos sistemas de tecnología postal, de forma armoniosa e integrada; h)facilitar la práctica de la actividad postal mediante una acción directa ante otras organizaciones de actividades conexas; i)establecer y desarrollar acciones y posturas comunes ante las organizaciones internacionales, en particular la Unión Postal Universal y las respectivas Uniones Restringidas, así como ante otros organismos, en el sentido de la defensa de los intereses comunes de los países miembros; j)promover y facilitar la cooperación para el financiamiento de proyectos integrales de desarrollo y modernización de los operadores postales, emprendiendo y facilitando las relaciones entre éstos y los organismos de crédito internacionales y otras instituciones de financiación; k)desarrollar acciones destinadas a garantizar la creación de infraestructuras postales comunes a los distintos países miembros; l)en general, mejorar, desarrollar y actualizar los servicios postales de los países miembros, mediante una estrecha cooperación y colaboración. Artículo II (Artículo 8, modificado) Privilegios e inmunidades 1.La Unión gozará, en el territorio de cada uno de los países miembros, de los privilegios e inmunidades necesarios para la realización de sus propósitos. 2.Los representantes de los países miembros y de las administraciones postales que formen parte de las delegaciones a las reuniones de los órganos de la Unión, o que cumplan misiones oficiales de la Organización, gozarán igualmente de los privilegios e inmunidades necesarios para el cumplimiento de sus actividades. 3.También gozará de estas prerrogativas el personal de la Secretaría General de la UPAEP cuando cumpla misiones oficiales. Artículo III Entrada en vigor y duración del Sexto Protocolo Adicional a la Constitución de la Unión Postal de las Américas, España y Portugal El presente Protocolo Adicional comenzará a regir el día primero de enero de dos mil uno y permanecerá en vigor por tiempo indeterminado. En fe de lo cual los Plenipotenciarios de los gobiernos de los países miembros han redactado el presente Protocolo Adicional, que tendrá la misma fuerza y el mismo valor que si sus disposiciones estuvieran insertas en el texto mismo de la Constitución y firman un ejemplar que quedará depositado en los archivos de la Secretaría General de la Unión. La Secretaría General entregará una copia a cada parte. Firmado en la ciudad de Panamá, a los doce días del mes de septiembre de 2000.REGLAMENTO GENERAL DE LA UNIÓN POSTAL DE LAS AMÉRICAS, ESPAÑA Y PORTUGAL Panamá, 2000 REGLAMENTO GENERAL DE LA UNIÓN POSTAL DE LAS AMÉRICAS, ESPAÑA Y PORTUGAL ÍNDICE PREÁMBULO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 101. Adhesión o admisión en la Unión. Procedimiento 102. Adhesión a las Actas y Resoluciones de la Unión. Procedimiento 103. Retiro de la Unión. Procedimiento CAPÍTULO II ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS DE LA UNIÓN 104. Organización y funcionamiento de los Congresos 105. Delegaciones 106. Poderes de los delegados 107. Observadores 108. Atribuciones del Presidente del Congreso y de los Vicepresidentes 109. Presentación y examen de las proposiciones 110. Deliberaciones 111. Mociones de orden y mociones de procedimiento 112. Votaciones 113. Actas de las sesiones 114. Organización y funcionamiento de los Congresos Extraordinarios 115. Organización y funcionamiento de la Conferencia 116. Consejo Consultivo y Ejecutivo 117. Métodos de trabajo del Consejo Consultivo y Ejecutivo CAPÍTULO III SECRETARÍA GENERAL DE LA UNIÓN 118. Atribuciones 119. Secretario General y Consejero de la Unión 120. Personal de la Secreta ría General 121. Jubilaciones y pensiones del personal de la Secretaría General de la Unión 122. Colaboración con la Secretaría General de la Unión CAPÍTULO IV AUTORIDAD DE ALTA INSPECCIÓN 123. Deberes del gobierno del país sede 124. Atribuciones de la Autoridad de Alta Inspección CAPÍTULO V MODIFICACIÓN DE LAS ACTAS, RESOLUCIONES Y RECOMENDACIONES DE LA UNIÓN 125. Proposiciones para la modificación de las Actas, Resoluciones y Recomendaciones de la Unión por el Congreso. Procedimiento 126. Condiciones de aprobación de las proposiciones relativas al Reglamento General, a las Resoluciones y a las Recomendaciones CAPÍTULO VI FINANZAS DE LA UNIÓN 127. Presupuesto de la Unión 128. Fondo de ejecución presupuestario 129. Contribución de los países miembros 130. Fiscalización y anticipos 131. Formulación de cuentas 132. Pago de las cuotas contributivas CAPÍTULO VII LENGUAS ADMITIDAS EN LA UNIÓN 133. Lenguas CAPÍTULO VIII DISPOSICIONES FINALES 134. Vigencia y duración del Reglamento General