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Pág. 202561 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de mayo de 2001 país los objetivos de la misma como son entre otros concertar las políticas sociales en una perspectiva de desarrollo humano con enfoque de equidad y de género; Que conforme a lo dispuesto por el inciso h) del Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la Entidad puede exonerar de los procesos de selección corres- pondiente a las contrataciones por Servicios Persona- lísimo; Que en consecuencia estando a lo informado por la Oficina General de Administración de Recursos y la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante los documentos de Vistos resulta necesario autorizar la exoneración del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva para la Contratación del PH. D. Ja- vier María Iguiñiz Echeverría por el período de 4 meses y medio, con honorario profesional mensual ascendente a S/. 7,540.00 (SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), por constituir un Servicio Personalísimo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 y su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-2001-PCM, Decreto Legislativo Nº 866, mo- dificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Leyes Nº 27050 y Nº 27273, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, modificado por De- creto Supremo Nº 004-99-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la exoneración del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva para la Contratación del PH. D. Javier María Iguiñiz Echeve- rría por el período de 4 meses y medio, con un honorario profesional mensual ascendente a S/. 7,540.00 (SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) para que represente al Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano ante la Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza constituida por Decreto Supremo Nº 001-2001-PRO- MUDEH, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolu- ción a la Contraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 23220 SALUD Aceptan renuncia de Director de Sanea- miento Ambiental de la Dirección Regional de Salud Amazonas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 194-2001-SA Lima, 9 de mayo del 2001 Vista la renuncia formulada por el doctor RONALD VICTOR SOTO ACERO; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legisla- tivo Nº 276 y el Decreto Ley Nº 25515; Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Aceptar, con efectividad al 25.Abr.2001, la renuncia formulada por el doctor RONALD VICTOR SOTO ACE-RO al cargo de Director de Saneamiento Ambiental de la Dirección Regional de Salud Amazonas, Nivel F-4, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República EDUARDO PRETELL ZÁRATE Ministro de Salud 23266 TRABAJO Y PROMOCIÓN SOCIAL Autorizan contratación de suministro de combustible y servicio de seguri- dad para el Ministerio mediante proce- dimiento de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 049-2001-TR Lima, 30 de abril de 2001 VISTO: El Informe Técnico Legal Nº 030-2001-TR/ OAJ y el Informe Nº 039-2001-OA-OASA, presentado por la Dirección General de Administración, por el cual solicita la expedición de una resolución para autorizar la exoneración del proceso de selección para la contra- tación del suministro de combustible para el parque automotor del Ministerio de Trabajo y Promoción So- cial, hasta que se otorgue la buena pro, en el proceso de Adjudicación Directa con publicación Nº 002-2001-TR/ OA; y la exoneración del proceso de selección para la contratación del servicio de seguridad hasta que se otorgue la buena pro en el proceso de Concurso Público Nº 002-2001-TR. CONSIDERANDO: Que, con el objeto de no dejar desprovisto del servi- cio de combustible para el parque automotor del minis- terio que afecte la continuidad de los servicios y opera- ciones que realiza nuestra Institución, y estando en ejecución el proceso de selección iniciado para su con- tratación para el presente ejercicio, es necesario la contratación de este servicio en tanto culmine el proce- so convocado; Que, igualmente es necesario contratar el servicio de seguridad hasta que se produzca el otorgamiento de la buena pro y contratación en el concurso público referido en vistos, dado que, en caso contrario se pon- dría en peligro la integridad de las personas y bienes del ministerio; Que, el inciso c) del Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de licitación pública, concurso público o adjudicación directa las adquisiciones que se realicen en situación de urgencia declarada de conformidad con la normatividad vigente en materia de contrataciones y adquisiciones del Estado; Que, el Artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que la situación de urgencia debe entenderse como un hecho de excepción que determina una acción rápida de adquisi- ción o contratación como medida temporal sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el Artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece