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Pág. 202574 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de mayo de 2001 ANEXO A LA RESOLUCIÓN SBS Nº 314-2001 Relación de inmuebles recibidos en dación de pago de obligaciones de deudores, sobre los cuales se autori- za al Banco Wiese Sudameris prórroga del plazo para su enajenación (venta), conforme a lo dispuesto en el Artículo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten- dencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y la Circular SBS Nº B-2075-2000. Valor de Fecha/ Tipo de DESCRIPCIÓN Adjudi- Provisión Prórroga Adjud. bien cación (S/.) (S/.) 15/5/00 Inmueble San José Nº 1084, 172.436,17 34.763,13 15/11/01 Chiclayo 17/5/00 Inmueble Bilbao Nº 135,Dpto. 114.695,35 23.122,58 17/11/01 401, Ate 26/5/00 Inmueble Caminos del Inca 412.551,47 83.170,38 26/11/01 Nº 257, tiendas Nºs. 248-248A, Surco 31/5/00 Inmueble Emiliano Niño Nº 557, 106.886,95 21.548,41 30/11/01 Chiclayo 9/5/00 Mueble Mercaderías varias 13.237,50 7.333,33 9/11/01 23219 Autorizan inscripción de persona na- tural en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 343-2001 Lima, 3 de mayo de 2001 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Ronald Percy Melchor Infantes para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Perso- nas Naturales del Libro II: de los Corredores de Segu- ros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos for- males para la inscripción de los Corredores de Segu- ros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrati- va; Que, la Comisión Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesión celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu- ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Ronald Percy Melchor Infantes con el Nº N-3526 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales Libro II: de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 23105Autorizan contratar servicios de con- sultor en materia de seguros mediante proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN SBS Nº 351-2001 Lima, 7 de mayo del 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal h) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las con- trataciones de servicios personalísimos están exone- radas de los procesos de selección de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa que les corres- pondan, procediendo su contratación mediante una Adjudicación de Menor Cuantía. Que, el Artículo 111º del Reglamento de la precitada norma, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, establece que son servicios personalísimos los contratos de locación de servicios celebrados con perso- nas naturales o jurídicas cuando para dicha contrata- ción se haya tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, particulares o especiales o por su determina- da calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, mediante Memorándum Nº 055-2001-SAAFP del 19.4.2001, la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones soli- cita la contratación de un consultor en materia de segu- ros para que revise el diseño conceptual de un modelo de simulación que permita evaluar el impacto de cambios en tasas, cambios en condiciones y coberturas sobre el costo del seguro previsional; realice sugerencias para mejorar el esquema actual bajo el que se desarrolla el concurso público de las empresas de seguros; y brinde alternativas para perfeccionar la comercialización de rentas vitalicias en el Sistema Privado de Pensiones; Que, mediante Informe Técnico adjunto al referido Memorándum, el área solicitante ha determinado que el señor Guillermo Martínez reúne las características requeridas para la realización del servicio a contratarse debido a su experiencia y formación profesional, lo que constituyen características inherentes a su persona que dan a sus servicios la calidad de servicios personalísi- mos. En tal sentido, se ha configurado la causal de exoneración prevista en el literal h) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Por tanto, de conformidad con lo dispuesto en el precitado cuerpo legal y su Reglamento, y contando con la opinión favorable de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y la Superintendencia Adjunta de las Administradoras Privadas del Fondos de Pensiones; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración de la contratación de los servicios personalísimos referidos en la parte considerativa de la presente Resolución del proceso de Adjudicación Directa Selectiva y, consecuen- temente, autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administración General a contratar el indicado servicio mediante un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo Segundo.- Disponer que la Superinten- dencia Adjunta de Administración General remita co- pia de la presente Resolución y del informe que sustenta esta exoneración a la Contraloría General de la Repú- blica dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación, conforme a lo dispuesto en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CORTAVARRÍA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 23078