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Pág. 202562 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de mayo de 2001 que de producirse el supuesto señalado en el Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, que determina la necesidad de efectuar procesos de adjudi- cación de menor cuantía, la Entidad hará las adquisi- ciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtención de una cotización que cumpla con los requisitos establecidos en las bases, con autorización expresa del titular del pliego o de la máxi- ma autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda; Que, de lo expuesto se puede apreciar que el proceso de Adjudicación Directa Pública Nº 002-2001-TR/OA para la contratación del suministro de combustible ha sido objeto de una segunda convocatoria, según Resolución del Secre- tario General Nº 048-2001-TR/SG, lo que origina la confi- guración de una situación de urgencia que requiere ser atendida a fin de garantizar la regularidad de los servicios que el ministerio brinda a la comunidad; Que, en el caso del proceso de Concurso Público Nº 002-2001-TR, para la contratación del servicio de segu- ridad, el acto de otorgamiento de buena pro ha sido objeto de impugnación, encontrándose pendiente de resolución ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, situación que, igualmente, origina la necesidad de adoptar medidas de urgencia mientras concluye el referido proceso; Que, los hechos descritos originan una situación de urgencia que es necesario declararla a fin de poder contar de manera inmediata con el suministro de com- bustible y servicio de seguridad que permitan mante- ner la continuidad de estos servicios esenciales para el funcionamiento del ministerio; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Inc. c) del Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley de Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la contratación del suministro de combustible para el parque automotor del Ministerio de Trabajo y Promo- ción Social, mientras finalice el proceso de Adjudicación Directa Pública Nº 002-2001-TR/OA. Artículo 2º.- Declarar en situación urgencia la contratación del servicio de seguridad del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, mientras finalice el proce- so de Concurso Público Nº 002-2001-TR. Artículo 3º.- Autorizar a la Oficina de Abasteci- mientos y Servicios Auxiliares de la Oficina de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, la contratación mediante proceso de adjudica- ción de menor cuantía, del suministro de combustible y servicio de seguridad para el ministerio; contrataciones que deberán restringirse a lo estrictamente necesario mientras dure la situación de urgencia. Artículo 4º.- La presente resolución ministerial, así como los informes técnicos correspondientes debe- rán remitirse a la Contraloría General de la República dentro de los diez días (10) calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME ZAVALA COSTA Ministro de Trabajo y Promoción Social 23221 M T C Aprueban Convenio de Administración de Fondos del Programa Lote Familiar que suscribirán el Ministerio y el PNUD RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 182-2001-MTC/15.01 Lima, 4 de mayo de 2001CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2000-MTC se estableció el Programa Lote Familiar - PROFAM con el objeto que sea puesto en funcionamiento y adminis- trado por la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; Que, por Decreto Supremo Nº 042-2000-MTC se transfirió al Ministerio de la Presidencia el Programa Lote Familiar - PROFAM, estableciéndose que el mis- mo se sujetará a las disposiciones contenidas en la Ley de Acceso a la Propiedad Formal y su Reglamento, y demás disposiciones que resulten aplicables; Que, conforme al Decreto Supremo Nº 011-2000- JUS se delegó en el Ministerio de la Presidencia las funciones y competencias de la COFOPRI estableci- das en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Promo- ción de Acceso a la Propiedad Formal, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, relativas al desa- rrollo de programas de adjudicación de lotes que resulten necesarias y compatibles con la ejecución del PROFAM; Que, a través del Decreto Supremo Nº 020-2000- PRES se transfirió a partir del 1 de enero de 2001, el Programa Lote Familiar - PROFAM al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción - Subsector Vivienda y Construcción; Que, para la mejor ejecución de los objetivos del PROFAM, resulta necesario se suscriba un Convenio con un organismo multilateral de cooperación técnica que administre los fondos del PROFAM; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862 y el Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Convenio de Administra- ción de Fondos del Programa Lote Familiar - PROFAM entre el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD. Artículo 2º.- Autorizar al Viceministro de Vivien- da y Construcción, arquitecto Raúl Flórez García Rada, para que en representación del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción suscriba el convenio a que se refiere el artículo anterior. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 23080 Disponen destinar fondos para la finan- ciación de actividades previstas en Acuerdo de Donación celebrado con el BIRF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 183-2001-MTC/15.09 Lima, 4 de mayo de 2001 VISTOS: El Oficio Nº 185-2001-EF/76.15 de la Dirección Na- cional del Presupuesto Público; los Memorándum Nºs. 166, 175 y 266-2001-MTC/15.09 y la Carta de fecha 1 de marzo del año en curso del Oficial de Desembolsos del Departamento de Préstamos para el Caribe y América Latina del BIRF - Banco Mundial; CONSIDERANDO: Que, con fechas 29 de mayo y 26 de junio de 1998, los Ministros de Relaciones Exteriores y de Economía y Finanzas, respectivamente, suscribieron la Carta de