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Pág. 202614 NORMAS LEGALES Lima, viernes 11 de mayo de 2001 me Técn ico Nº 866-2000-MTC/15.18.04.1.MMF emitidos por la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA DE TRANSPORTES CROMOTEX S.A.C., mediante el expediente indicado en visto, ha soli- citado el otorgamiento de la concesión de la ruta: ARE- QUIPA - ESPINAR y viceversa, al amparo de lo estable- cido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Ómnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Técnico Nº 866-2000-MTC/ 15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Mi- nisterio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, apro- bado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y Decreto Ley Nº 25862, Ley Orgánica del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPOR- TES CROMOTEX S.A.C., la concesión de ruta: AREQUI- PA - ESPINAR y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Ómnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de esta Reso- lución, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :AREQUIPA - ESPINAR (CUSCO) y VICEVERSA. ORIGEN :AREQUIPA. DESTINO :ESPINAR (CUSCO). ITINERARIO :REPARTICIÓN - YURA - TINTAYA. ESCALA COMERCIAL :TINTAYA. FRECUENCIAS :DOS DIARIAS. HORARIOS :salida de Arequipa: 06.00 y 13.00 horas. salida de Espinar: 14.00 y 23.00 horas. FLOTA VEHICULAR :tres ómnibus. FLOTA OPERATIVA :dos ómnibus UH-4755 (2000) - UH-4753 (2000) FLOTA DE RESERVA :un ómnibus UH-3500 (1994) Las tarjetas de circulación serán expedidas en relación al año de fabricación de los vehículos antes indicados. Segundo.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) días calendario, si- guientes a la fecha de su notificación. Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el párrafo precedente, se aplicará lo dispuesto en el segun- do párrafo del Art. 16º del Decreto Supremo Nº 05-95- MTC. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 23127P C M FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 049-2001-PCM Fe de Erratas del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Organismo Supervisor de la Inver- sión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 049- 2001-PCM y publicado en nuestra edición del día 2 de mayo de 2001, en la página 202166. . En la columna PROCEDIMIENTO del Numeral D1. Organización de Proceso Arbitral, de la Unidad Orgánica D. Cuerpo Colegiado Permanente y Ad Hoc; DICE: - Copia del comprobante de pago de tasa por derecho de trámite, L DEBE DECIR: - Copia del comprobante de pago de tasa por derecho de trámite, La misma que no incluirá los honorarios del árbitro. 23333 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan magistrados provisionales de diversas salas de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0151-2001-P-CSJLI/PJ Lima, 10 de mayo del 2001 VISTO y CONSIDERANDO: Que, por Oficio Nº 263-P-SDP-CSJL, remitido por la Presidencia de la Sala Especializada de Derecho Público de la Corte Superior de Justicia de Lima, se comunica el delicado estado de salud, del doctor Máximo Alfonso Lagos Abrill; licencia que por el indicado motivo se viene trami- tando ante el Area de Licencias y Vacaciones, a ser tomada hasta el día once de los corrientes; Que, por resolución de fecha veinticinco de abril del actual, se dispuso conceder al doctor José Linares San Román, Vocal Provisional de la indicada Sala, licencia por motivo justificado, a ser toma- das del dieciséis al veinticuatro de mayo del año en curso; situación frente a la cual se estaría requiriendo la partici- pación de un Vocal, a efectos de atender debido a su complejidad y labor jurisdiccional, la actual carga proce- sal que viene soportando la Sala de Derecho Público; Que, por Oficio Nº 217-2001-SSLL-CSJLI, de fecha 10 de los corrientes, la Presidencia de la Segunda Sala Corporativa Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima, comunica el delicado estado de salud del doctor Pedro Adrián Infantes Mandujano, licencia que por el indicado motivo será tramitado a partir de la fecha; Que, así mismo por resolución de fecha nueve del actual, se concedió al doctor Infantes Mandujano, licencia sin goce de haber por espacio de sesenta días, a ser tomados del catorce de mayo al doce de julio del dos mil uno; motivo frente al cual, ante el pedido expreso del Presidente de la Sala Laboral de la referencia, a efectos de poder conformar los colegiados al interior de Sala, para el reparto equitati- vo de la carga procesal, solicita la designación de un Vocal, lo que permitirá el normal desarrollo del trabajo jurisdic- cional, en beneficio de los justiciables; Que, por Oficio Nº 175-2001-SFCSJL/PJ, de fecha 9 de mayo del año en curso, la Presidencia de la Sala de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima, invocando la excesiva carga procesal que viene soportando la indicada