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Pág. 212951 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de noviembre de 2001 Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y apli- cará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuer- do a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Viceministro de Justicia 34859 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 347-2001-JUS Lima, 12 de noviembre de 2001 Vista la solicitud con Registro Nº 13424 de fecha 19 de junio de 2001 de la asociación Agencia de Justicia, Derecho y Desarrollo - ONG AJUSDER; CONSIDERANDO: Que la asociación Agencia de Justicia, Derecho y Desarro- llo - ONG AJUSDER, es una persona jurídica sin fines de lucro que tiene como objetivo ejercer la función conciliadora; Que la mencionada institución ha solicitado autoriza- ción para el funcionamiento de su Centro de Conciliación denominado AGENCIA DE JUSTICIA, DERECHO Y DE- SARROLLO, AJUSDER, con sede en la ciudad de Lima; Que conforme obra en el acta de inspección ocular de fecha 26 de octubre de 2001, se ha realizado la constatación respectiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos estableci- dos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001- JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1609-2001-DM- STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinente atender la solicitud de la asociación Agencia de Justicia, Derecho y Desarrollo - ONG AJUSDER; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Ministerio de Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificado por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98- JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la asociación Agencia de Justicia, Derecho y Desarrollo - ONG AJUSDER el funcio- namiento de su Centro de Conciliación denominado AGEN- CIA DE JUSTICIA, DERECHO Y DESARROLLO, AJUS- DER con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y apli- cará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuer- do a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Viceministro de Justicia 34860 PRES Autorizan a procurador interponer acciones legales por presunta respon- sabilidad contractual de empresas con- tratistas en perjuicio del INFES RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 387-2001-PRES Lima, 15 de noviembre del 2001Visto, el Oficio Nº 838-2001-GG-PRES-INFES, del Ge- rente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES y el Informe Nº 1061-AL- PRES-INFES; y, CONSIDERANDO: Que, el 6 de octubre de 1999, el INFES contrató con la empresa contratista HORCON S.A. la ejecución de obras de infraestructura para el C.E.I. Nº 203, ubicado en el distrito y provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes, mate- ria de la Adjudicación Directa Nº 076-1999/INFES/PRES- ODI-CEREN; Que, concluida la ejecución física de la obra, fue recibida por la Comisión de Recepción con fecha 12 de julio del 2000, aprobándose la liquidación final del contrato de obra por Resolución de Gerencia de Obras Nº 1289-2000-PRES- INFES del 9 de agosto del 2000, la que estableció un saldo negativo a cargo de la citada empresa contratista de S/. 18 864,81, derivado de la aplicación de la multa por atraso en la entrega de la obra; Que, la resolución antes indicada se notificó a la empresa contratista HORCON S.A. mediante Oficio Nº 7918-2000-GO-PRES-INFES, del 9 de agosto del 2000, habiendo sido recibida en la misma fecha según el cargo de recepción sin que se haya interpuesto recurso impug- nativo, por lo que legalmente quedó agotada la vía administrativa; Que, la responsabilidad de la empresa contratista HOR- CON S.A. está acreditada, según el informe de visto por el atraso en la entrega de la obra, cuya sanción se encuentra prevista en el numeral 6.2 de la Cláusula Sexta del Contra- to, que estipuló como monto de la multa a aplicarse en dicho caso el 56/10 000 del valor del contrato por cada día de atraso, de conformidad con lo que establecía el Artículo 103º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; Que, en consecuencia es necesario autorizar al Procu- rador Público encargado de los asuntos judiciales del Minis- terio de la Presidencia a interponer las acciones judiciales que correspondan contra la empresa contratista HORCON S.A.; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667, Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738; Con la visación del Viceministro de Infraestructura y la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Presidencia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representación del Estado, inter- ponga las acciones legales pertinentes contra la empresa contratista HORCON S.A. y las que hubiere lugar, por las razones y hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes administrativos del caso al Procurador Público mencionado, para los fines a los que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia 34828 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 388-2001-PRES Lima, 15 de noviembre del 2001 Visto el Oficio Nº 837-2001-GG-PRES-INFES del Geren- te General del Instituto Nacional de Infraestructura Edu- cativa y de Salud - INFES, por el que solicita se autorice al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, a interponer acciones judicia- les contra el Contratista A. Y F. INGENIEROS S.A.; CONSIDERANDO: Que, por Contrato de Construcción a Suma Alzada suscrito el 4 de agosto de 1999, el Instituto Nacional de