Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2001 (18/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, jueves 18 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

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La deuda acogida a un fraccionamiento anterior a la vigencia de la presente Ordenanza, se MORDAZA por cancelada si hubiera cumplido o cumplan con el pago del 70% de dicha deuda, sin considerar el interes por fraccionamiento. Los contribuyentes que habiendo sido fiscalizados y debidamente acotados con los respectivos valores por la Oficina Zonal del SAT - La MORDAZA, se podran acoger al presente Beneficio siempre y cuando cumplan con cancelar sus adeudos hasta el 30 de noviembre de 2001, fecha en que vence el presente beneficio. En caso de acogerse a un fraccionamiento de pago, se les otorgara un MORDAZA de diez (10) cuotas mensuales, con un minimo de 20% de cuota inicial del monto total adeudado, cuya cuota mensual no podra ser inferior a S/. 100.00 (cien nuevos soles). Articulo Tercero.- De las multas Administrativas.El Beneficio de Regularizacion respecto a las multas administradas comprende: 1.- La extincion de las multas correspondientes al ano 1999, sin importar el estado de cobranza en que se encuentren. 2.- Un descuento del 70% sobre el valor del monto insoluto de las Resoluciones de Multas Administrativas correspondientes a los anos 2000 y 2001, sin importar el estado de cobranza en que se encuentren. El presente beneficio no exime al infractor de regularizar su situacion respecto a los hechos que motivaron la aplicacion de las multas o sanciones. Articulo Cuarto.- Beneficiarios.Son beneficiarios los contribuyentes y/o responsables, aun cuando tengan calidad de omisos y los infractores que se acojan a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Podran acogerse tambien aquellos deudores que hubieran perdido los beneficios otorgados por fraccionamientos anteriores. Asimismo, podran acogerse al presente beneficio, aquellos que voluntariamente reconozcan tener obligaciones pendientes con la Municipalidad, HAYAN SIDO DETECTADOS O NO. Articulo Quinto.- Requisitos.Los contribuyentes, responsables o infractores para acogerse al presente beneficio deberan subsanar la obligacion cuya accion u omision origino la imposicion de los intereses o las acciones dentro del plazo de la vigencia de la presente Ordenanza y, segun el caso, prestar las garantias correspondientes. Articulo Sexto.- Sistema Especial de Pago.La deuda referida en los Articulos 2º y 3º de la presente Ordenanza podra ser pagada de la siguiente forma: 1.- Al contado, en cuyo caso se tendra un descuento del 15% del total de la deuda por pronto pago, a excepcion del Impuesto Predial. 2.- En forma fraccionada de acuerdo a las condiciones establecidas en la R.J. Nº 002-2000-SAT-MML, que regula el procedimiento para acogerse al fraccionamiento. Articulo Septimo.- Plazo para acogerse.Los contribuyentes o responsables, asi como, los infractores podran acogerse a los beneficios de esta Ordenanza desde el 19 de octubre hasta el 30 de noviembre de 2001. Articulo Octavo.- Desistimiento.En caso de deudas que se encuentren reclamadas, reconsideradas o el acogimiento al presente beneficio implicara su desistimiento automatico. Tratandose de Recursos impugnativos de Apelacion, Revision o Demanda Contencioso Administrativa, Acciones de MORDAZA u otros procesos seguidos ante organos distintos a la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, se debera presentar MORDAZA del escrito de desistimiento segun los requisitos formas y condiciones de Ley. En cualquier caso, los contribuyentes, responsables o infractores podran solicitar en forma gratuita en la Direccion de Rentas un formato de DESISTIMIENTO. Los montos cancelados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza por los conceptos

senalados, no seran objeto de devolucion ni de compensacion. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias que MORDAZA necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Segunda.- Encargar a la Oficina de Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza. Tercera.- Encargar a la Direccion de Rentas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR LO TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA BONIFAZ MORDAZA MORDAZA 32824

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YAVARI
Aprueban inscripcion de dominio de plano perimetrico de la localidad de Islandia a favor de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 209-00-A-MDY Islandia, 11 de setiembre del 2000 VISTO: El expediente relativo a la aprobacion del Plano perimetrico de la localidad de Islandia, con un area de 315,589.00 m2, comprension del distrito de Yavari, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de Loreto; y, CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, concordante con la Resolucion Ministerial Nº 068-78-VC, Decreto Ley Nº 21808, compete a las Municipalidades de la Republica, regularizar la tenencia de los terrenos de propiedad fiscal ubicados en la MORDAZA MORDAZA de su jurisdiccion; Que, del informe evacuado por la Direccion de Infraestructura y Acondicionamiento de la Municipalidad Distrital de Yavari, se establece que la MORDAZA MORDAZA de la localidad de Islandia tiene una extension superficial de 315,589.00 m2, comprendidas las medidas perimetricas y colindantes siguientes: Por el Norte: Con la ribera derecha del rio Yavari, en una linea quebrada de seis (6) tramos: - Primer Tramo: Con una linea recta A-B de ciento treinta y ocho metros lineales (138.00 m.l.), formando un MORDAZA interno de con la recta con la recta I-A en el vertice A de 80°30'00". - MORDAZA Tramo: Con una linea recta B-C de veintisiete metros lineales (27.00 m.l.), formando un MORDAZA interno con la recta A-B en el vertice B de 131°00'00". - Tercer Tramo: Con una linea recta C-D de sesenta y cuatro metros lineales (64.00 m.l.), formando un MORDAZA interno con la recta B-C en el vertice C de 210°00'00". - MORDAZA Tramo: Con una linea recta D-E de ciento cincuenta y ocho metros lineales (158.00 m.l.) formando un MORDAZA interno con la recta C-D en el vertice D de 192°30'00". - MORDAZA Tramo: Con una linea recta E-F de treinta y seis metros lineales (36.00 m.l.) formando un MORDAZA interno con la recta D-E en el vertice E de 142°30'00". - MORDAZA Tramo: Con una linea recta F-G de ciento treinta metros lineales (130.00 m.l.) formando un MORDAZA interno con la recta E-F en el vertice F de 218°00'00". Por el Este: Con terrenos libres de propiedad del Estado en una linea de un (1) solo tramo, con una linea

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