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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (26/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

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Pág. 221917 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de abril de 2002 f. Un representante de la Junta de Usuarios de Casma, g. Un representante de la Junta de Usuarios de Santa, h. Un representante de la Junta de Usuarios de IRCHIM, i. Un representante de la Junta de Usuarios de Nepeña, j. Un representante del Colegio de Ingenieros de la pro- vincia del Santa, k. El Director Ejecutivo del Proyecto Especial Chine- cas. Artículo 5º.- La Comisión de Alto Nivel, deberá conformar un Órgano Consultivo constituido por un representante de cada una de las Instituciones que a continuación se detallan: a. Obispado de la ciudad de Chimbote, b. Asociación de Productores Agrarios de la provincia del Santa, c. Coordinadora de Asociaciones de Campesinos Agri- cultores y Productores Agropecuarios, d. La Cámara de Comercio de la provincia del Santa, e. Las empresas agrícolas del valle del Santa. Artículo 6º.- El Instituto Nacional de Desarrollo - INA- DE prestará sus instalaciones y apoyo logístico para las celebraciones de las sesiones de la Comisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia 7602 Designan Director Ejecutivo del Proyec- to Especial Chinecas del INADE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 159-2002-PRES Lima, 25 de abril de 2002 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecu- tivo del Proyecto Especial CHINECAS, del Instituto Nacio- nal de Desarrollo - INADE; Que, es necesario designar a la persona que asuma las funciones de dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Decreto Supremo Nº 011-2001-PRES y la Resolu- ción Ministerial Nº 038-2002-PRES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. HILADIO MOISÉS MÉNDEZ CASTILLEJO, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial CHINECAS, del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia 7603 PESQUERÍA Aceptan renuncia de Director de la Oficina de Planificación, Presupuesto y Evaluación de Gestión del IMARPE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 138-2002-PE Lima, 19 de abril del 2002 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 098-2001-PE de fe- cha 11 de julio del 2001 se designó al Lic. Guillermo Au-gusto Dávila Rosazza, en el cargo de Director de la Ofici- na de Planificación, Presupuesto y Evaluación de Gestión del Instituto del Mar del Perú - IMARPE; Que, en Consejo Directivo Nº 015-2002-CD/O de fecha 27 de marzo del 2002, se acordó aceptar la renuncia for- mulada por el Lic. Guillermo Augusto Dávila Rosazza al cargo de Director de la Oficina de Planificación, Presupues- to y Evaluación de Gestión del Instituto del Mar del Perú - IMARPE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594; Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el Lic. GUILLERMO AUGUSTO DÁVILA ROSAZZA, al cargo de Director de la Oficina de Planificación, Presupuesto y Evaluación de Gestión del Instituto del Mar del Perú - IMAR- PE, con efectividad a partir del 5 de marzo del 2002, dán- dosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Pesquería 7461 Declaran inadmisible revisión inter- puesta contra resolución relativa a la caducidad de permiso de pesca RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 139-2002-PE Lima, 22 de abril del 2002 Visto el escrito de registro Nº 08754002 del 1 de febre- ro del 2002, mediante el cual doña PAULA EMILIA PINGO VDA. DE PERICHE interpone Recurso de Revisión contra la Resolución Viceministerial Nº 065-2001-PE del 30 de octubre del 2001; CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución Viceministerial Nº 065- 2001-PE se declaró infundado el recurso de apelación in- terpuesto por la recurrente contra la Resolución Directoral Nº 193-2001-PE/DNEPP, debido a que ésta incumplió con pagar los derechos de pesca dentro del plazo establecido en la Resolución Ministerial Nº 087-2000-PE; Que a través del escrito del visto el recurrente inter- pone recurso de revisión contra la Resolución Viceminis- terial Nº 065-2001-PE; aduciendo que no sería justo que se declare caduco el permiso de pesca, por el hecho de haber pagado los derechos de pesca en forma extemporá- nea; Que de conformidad con lo establecido en el Artícu- lo 148º de la Constitución Política, concordante con el Artículo 8º inciso b) del Texto Único Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 002- 94-JUS, la Resolución Viceministerial Nº 065-2001-PE puso fin al procedimiento administrativo, agotándose la vía administrativa; por lo que, el recurso de revisión resulta inadmisible; Con la opinión favorable de la Oficina General de Ase- soría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Or- denado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 002-94- JUS, aplicable al presente procedimiento en virtud de lo establecido en la Primera Disposición Transitoria de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar inadmisible el recurso de revisión interpuesto por doña PAULA EMILIA PINGO VDA. DE PERICHE contra la Resolución Viceministerial Nº 065- 2001-PE del 30 de octubre del 2001, por los fundamentos