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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (26/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 221918 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de abril de 2002 expuestos en la parte considerativa de la presente resolu- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Pesquería 7462 Designan miembros del Comité Espe- cial de Apelación de Sanciones del Sec- tor Pesquería RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 142-2002-PE Lima, 23 de abril de 2002 CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 403-2001-PE, se conformó el Comité Especial de Apelación de Sanciones, encargado de conducir y desarrollar el procedimiento ad- ministrativo en segunda instancia, en relación a los recur- sos de apelación que se interpongan contra las resolucio- nes sancionadoras del sector pesquería y cuyas funcio- nes están reguladas por las disposiciones contenidas en el Reglamento Interno del Comité de Apelación de Sancio- nes del Ministerio de Pesquería, aprobado por Resolución Ministerial Nº 137-2001-PE; Que, es necesario renovar la conformación del Comité Especial de Apelación de Sanciones; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el numeral 5 del Artículo 305º del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- La conformación del Comité Especial de Apelación de Sanciones, encargado de evaluar y resolver los procedimientos administrativos sancionadores deriva- dos por el Comité de Apelación de Sanciones por impedi- mento de sus integrantes, es la siguiente: - Dr. Richard Díaz González quien lo presidirá. - Dra. María Antonieta Gálvez Krüger, miembro titular. - Ing. Rosario Benavides Póveda, miembro titular. - Dra. Ana María Muñoz Martínez, miembro suplente. - Ing. Pedro Saavedra Tenemás, miembro suplente. - Dra. Silvia Dongo Arévalo, Secretaria Técnica del Co- mité de Apelación de Sanciones. Artículo 2º.- Déjese sin efecto la designación de los miembros del Comité Especial de Apelación de Sanciones efectuada por Resolución Ministerial Nº 403-2001-PE. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Pesquería 7463 Designan miembros del Comité de Apelación de Sanciones del Sector Pes- quería RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 145-2002-PE Lima, 23 de abril del 2002 CONSIDERANDO: Que el Artículo 148º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, dispone que el Ministerio de Pesquería establecerá la conformación y funcionamiento del Comité de Apelación de Sanciones;Que por Resolución Ministerial Nº 404-2001-PE, del 26 de noviembre del 2001, se conformó el Comité de Apela- ción de Sanciones, encargado de conducir y desarrollar el procedimiento administrativo en segunda instancia, con relación a los recursos de apelación que se interpongan contra las resoluciones derivadas de los procedimientos administrativos sancionadores del Sector Pesquería; Que, es necesario renovar la conformación del Comité de Apelación de Sanciones; De conformidad con el Decreto Legislativo No. 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- La conformación del Comité de Apelación de Sanciones, encargado de conducir y desarrollar los pro- cedimientos administrativos de apelación, en relación a los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los procedimientos administrativos sancionadores del Sec- tor Pesquería, es la siguiente: - Ing. Jorge Zuzunaga Zuzunaga, quien lo presidirá. - Dra. Kitty Trinidad Guerrero, miembro titular. - Ing. Ronaldo Gallo Gallo, miembro titular. - Dr. Juan Pacheco Romaní, miembro suplente. - Dr. Jorge Llanos Urbina, miembro suplente. - Dra. Silvia Dongo Arévalo, Secretaria Técnica del Co- mité de Apelación de Sanciones. Artículo 2º.- Déjese sin efecto la designación de los miembros del Comité de Apelación de Sanciones efectua- da por Resolución Ministerial Nº 404-2001-PE. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Pesquería 7464 Disponen levantar abandono de solici- tudes de permiso de pesca para la opera- ción de embarcaciones RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 029-2002-PE Lima, 15 de abril del 2002 Visto el expediente de Registros Nºs. 03053002 y 03054002 con escritos del 6 de marzo del 2001, presenta- dos por PESQUERA DANIELA MARIETA S.R.L. CONSIDERANDO: Que por Resolución Directoral Sectorial Nº 004-2001- CTAR-ANCASH/DRP-CH del 9 de febrero del 2001, se declaró en abandono, entre otras las solicitudes de permi- so de pesca presentadas por la recurrente para la opera- ción de las embarcaciones DAMA I y DAMA II con matrícu- las Nºs. CE-19891-CM y CE-19892-CM respectivamente, siendo los fundamentos de la Resolución recurrida el ha- berse paralizado los procedimientos por causas imputa- bles al administrado, esto es no haber cumplido mediante la inspección técnica con acreditar la existencia física y la operatividad de las embarcaciones incurriendo en causal de abandono; Que mediante los escritos del visto, la recurrente inter- pone recurso de apelación contra la Resolución Directoral Sectorial Nº 004-2001-CTAR-ANCASH/DRP-CH, funda- mentando el mismo en que no le fue posible en su oportu- nidad efectuar las inspecciones de operatividad, presen- tando un Certificado de Inspección de Condición de la embarcación DAMA I, y poniendo a disposición para la ins- pección en varadero a la embarcación DAMA II; Que a efectos de verificar la existencia, operatividad, características y capacidad de bodega de las embar- caciones, se dispuso que de oficio la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero practique la ins- pección técnica correspondiente, cuyos resultados cons- tan en el Informe Nº 491-2001-PE/DNEPP-Dap, por tanto